REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara
Barquisimeto, tres (03) de agosto de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: KP02-V-2017-000074
Demandante: CARMEN JOSEFINA RIVERO FREITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nºs V-15.668.681.
Demandado: ANDERSON JHOVANNY ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-15.003.213.
Beneficiarios: (IDENTIDAD OMITIDA)
FECHA DE NACIMIENTO: 26/10/1999 y 07/10/2007 respectivamente.
Fecha de entrada del asunto: 12/01/2017.
Motivo: Obligación De Manutención, Desistido de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
DERECHO PROTEGIDO: DEBIDO PROCESO

De los hechos

En fecha 01 de agosto de 2017, oportunidad fijada para que tenga la Audiencia Preliminar en Fase de Mediación, entre los ciudadanos CARMEN JOSEFINA RIVERO FREITEZ y ANDERSON JHOVANNY ROMERO, ya identificados, previo anuncio por el alguacil de este Circuito Judicial, se deja expresa constancia que no comparecieron las partes, personalmente al acto, por lo que la ciudadana Juez Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Andreina Margarita Marrelli Palencia, procediendo conforme lo dispuesto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de forma inmediata dicto la Sentencia en forma Oral y profiriendo el fallo declarando el desistimiento de la parte actora al procedimiento.
Dispositiva
En virtud de la inasistencia de la parte actora a la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, este tribunal conforme lo establecido en el artículo 472 de la ley especial que rige la materia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistida la demanda de Obligación De Manutención, incoada por la ciudadana CARMEN JOSEFINA RIVERO FREITEZ en contra del ciudadano ANDERSON JHOVANNY ROMERO, se declara Extinguida la Instancia, pudiendo la parte demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes.
En consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos, dejando en su defecto copia certificada de los mismos remítase al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, para su conservación y archivo definitivo, dése por terminado en el sistema Juris.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, a los tres (03) días del mes de agosto de 2017. Años 207º y 158º
LA JUEZ TERCERA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION,



ABG. ANDREINA MARGARITA MARRELLI PALENCIA
El Secretario,

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1656-2017 y se publicó siendo las 12:59 a.m.

El Secretario,
AMMP/Anais Soto
ASUNTO: KP02-V-2017-000074