REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 07 de Agosto de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: FH02-X-2017-000016
ASUNTO PRINCIPAL: FP02-V-2017-000220
El 25 de julio de 2017, la parte demandante Rosario Aracelis Belisario de Veleda solicitó se decretara el embargo preventivo de las acciones pertenecientes a la compañía transporte de carga Orinoco en el juicio de divorcio que tiene contra Eliodoro Veleda Fernández, debidamente identificados en autos, de conformidad con el artículo 191.3 del código civil se decreta el embargo preventivo sobre una (01) acción que representa el siete como catorce por ciento (7,14%) del capital social de la compañía que es propiedad del accionado Elidoro Veleda Fernández en la sociedad mercantil “transporte de carga Orinoco” domiciliada en la Avenida Libertador, edificio Sari de Ciudad Bolívar y registrada en fecha 13 de junio de 1983, libro Nº 197, asiento Nº 17, folios 59 al 66. Líbrese despacho y oficios.

El Juez,

Abg. Manuel Alfredo Cortés.
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.
MAC/SCH/josmedith
Resolución Nº PJ0192017000237