REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIAS EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN CARORA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO LARA- CARORA
206º y 158º
ASUNTO: KP12-V-2017-000088.-
DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS
De conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, procede esta Juzgadora a señalar las partes y sus Apoderados, a cuyo efecto establece:
Parte Demandante: ciudadana NUVIA DEL CARMEN DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.924.348, de este domicilio.
Abogada Asistente de la Parte Demandante: ciudadana ALBA COROMOTO VASQUEZ FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.413.421, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 257.268.
Motivo: ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA
Tipo De Sentencia: AUTO RESOLUTORIO (TERMINADO)
I
De una revisión exhaustiva a las actas procesales que conforman el presente expediente, se puede evidenciar que el presente Juicio se encuentra definitivamente concluido por cuando se ha declarado firme la Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva dictada en fecha 24/03/2017; en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Carora, DECLARA TERMINADO EL PROCESO, y se ordena su remisión al archivo inactivo en su oportunidad. Así se decide
La Juez Provisoria
Abg. Mayra Urbaneja Zabaleta
La Secretaria
Abg. Karla Segueri Álvarez
En esta misma fecha se registró, bajo el N° 13/2017, de los Autos Resolutorios dictados por este Tribunal, y se publicó siendo las Diez y Quince horas de la mañana, (10:15 a.m.), y se expidió una copia para el copiador. Conste
La Secretaria
Abg. Karla Segueri Álvarez