REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de abril de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO : KP02-V-2014-002287
DEMANDANTE: BANCO MERCANTIL, C.A. (BANCO UNIVERSAL).
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE: María Isabel Bermúdez Arends, Inscrita en el IPSA, Bajo El Nº 90.493.
DEMANDADO: ORLANDO JOSE VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.194.587.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Visto el escrito de DESISTIMIENTO, presentado en fecha 26 de abril de 2012, presentado por la Abogada MARIA ISABEL BERMUDEZ inscrita en el IPSA bajo los N° 90.493, se acuerda por ser procedente, en consecuencia se ordena HOMOLOGAR el Desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide. Se da por terminado el juicio. Remítase al archivo judicial para su guarda y custodia.
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. BELEN BEATRIZ DAN
EL SECRETARIO SUPLENTE
ABG. CARLOS ESPINOZA
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