REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, veintisiete (27) de abril de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: KP12-J-2017-000057

Solicitante: Beatriz Coromoto Morles Rojas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.553.034.

Abogada asistente: Rosalba Herrera, en su condición de Defensora Pública Auxiliar del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Beneficiaria: (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.).

Motivo: Rectificación de Acta de Registro Civil.

El día 22 de marzo de 2017, la ciudadana Beatriz Coromoto Morles Rojas, ya identificada, actuando en su carácter de representante legal de su hija la niña (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), debidamente asistida por la abogada Rosalba Herrera, en su condición de Defensora Pública Auxiliar del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, solicitó la rectificación del acta de defunción del de Cujus Yonathan Jacinto Pérez Rivero, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-22.378.566, en el sentido que en dicha acta de defunción se corrija el estado civil del referido de cujus, por cuanto el organismo encargado de asentar el acta de defunción, incurrió en el error de colocar Estado Civil: Soltero, siendo lo correcto Estado Civil: Casado. En dicho acto consignó copia certificada de la partida de nacimiento de la niña, copia fotostática de la cédula de identidad del causante Yonathan Jacinto Pérez Rivero, de la solicitante, copias certificadas del acta de matrimonio y acta de defunción. Asimismo, de la revisión del presente asunto, se constata que las partes deben agotar la vía administrativa conforme a las normas de los artículos 148 y 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil. En consecuencia, se declara la INADMISION, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud ante esta instancia judicial. Es todo y en consecuencia se ordena el archivo del presente asunto.

LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION


Abg. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS

LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 183-2.017 y se publicó siendo las 10:44 a.m.

LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA

KP12-J-2017-000057