REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Primero de Primera Instancia de Medicación, Sustanciación y Ejecución
Carora, dieciocho (18) de abril dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: KP12-J-2017- 000064
SOLICTANTE: David José Primera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.794.946.

ABOGADA ASISTENTE: Rosalba Herrera, Defensora Publica Auxiliar del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.


Motivo: Otros Asuntos (Declaración de Únicos y Universales Herederos)

Visto que en fecha 03 de abril de 2017, se admitió la presente solicitud, tal y como lo indica la norma del artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se ejerció el despacho saneador, ordenándose a la solicitante a que consignará la copia certificada del acta de matrimonio y darle continuidad al procedimiento, dentro de los cinco (05) días de despacho. Igualmente se ordenó oír la opinión de la adolescente. En fecha 06 de abril de 2017, se dejó expresa constancia de la comparecencia de la adolescente a manifestar su opinión. Habiéndose vencido el lapso concedido para que cumpliera con lo ordenado, se observa que no se ha dado cumplimiento a lo ordenado por este Juzgado. En consecuencia, se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud sin debida la subsanación. Es todo y en consecuencia se ordena el archivo del presente asunto.

LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION

Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
LA SECRETARIA

Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 170 -2.017 y se publicó siendo las 03:27 p.m.
LA SECRETARIA

Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA
KP12-J-2017- 000064