REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de septiembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO : KH02-X-2016-000011

PARTE DEMANDANTE: RAFAEL JOSE OSORIO HENRIQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.264.056, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°173.774.

PARTE DEMANDADA: IRIANA DEL VALLE HEREDIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.335.146.

MOTIVO: INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES.

Por cuanto en fecha 08/08/2016 se declaró renunciado el derecho de retasa que había ejercido la parte demandada, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara firme el decreto intimatorio en el juicio de INTIMACION DE HONORARIOS, intentado por el abogado RAFAEL JOSE OSORIO HENRIQUEZ, contra la ciudadana IRINA DEL VALLE HEREDIA RODRIGUEZ, condenando a la demandada a pagar las siguientes cantidades: A) La suma de CIENTO TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES (Bs. 133.000,00), en que estimó sus honorarios el abogado, y cuya cantidad fue declarada con lugar en sentencia de fecha 16/06/2016. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Déjese copia.-

La Juez Suplente


Johanna Dayanara Mendoza Torres

La Secretaria


Rafaela Milagro Barreto



Se dejó copia de la sentencia N° 178 y quedó registrado en el Libro Diario bajo el N°20.-
La Sec.-




JDMT/Viviana