REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de septiembre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2015-010497

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus GLADYS PILAR ANGULO DE MATTHERA, quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nº V-2.594.827 y falleciera ab-intestato, en fecha veintiuno (21) de octubre del 2015, a favor de los ciudadanos ROBERTO ALFREDO ANGULO, CARLOS ENRIQUE ANGULO y ALIRIO JOSE ANGULO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.246.891, V-3.319.441 y V-2.598.997, respectivamente. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste haberse hecho la respectiva certificación de todo lo actuado.

La Juez Provisoria,

Abg. DIOCELIS PEREZ BARRETO
El Secretario Temporal

LUIS FERNANDO RUIZ HERNANDEZ

DPB/LR/OG