REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve (29) de septiembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º
ASUNTO: KP02-S-2016-001451
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana SULIMAR PASTORA MONTERO DE VILLALOBOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.269.424, de este domicilio y debidamente asistida por la abogada FLORISELDA PERDOMO, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 207.860, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de Terreno Ejido, cuya ubicación, medidas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones.- En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la ciudadana SULIMAR PASTORA MONTERO DE VILLALOBOS, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
LA JUEZ PROVISORIA,
ABG. DIOCELIS PÉREZ BARRETO
EL SECRETARIO TEMPORAL
LUIS FERNANDO RUIZ HERNANDEZ
DPB/LR/OG
Se devuelve al interesado.-