REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara
Carora, veintiuno (21) de septiembre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: KP12-V-2016-000108

Demandante: Virgilio Ramón Sánchez Colmenares, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.697.984.

Abogado: Keyla Eyesenia Tineo Peña, en su condición de Defensora Publica Auxiliar del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Demandado: Carla Antonieta Riera Cuicas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad titular de la cédula de identidad V-20.941.717.

Motivo: Ofrecimiento de Obligación de Manutención.

En fecha 30 de mayo de 2.016, el ciudadano Virgilio Ramón Sánchez Colmenares, ya identificado, en representación de su hijo el niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), debidamente asistido por la Defensora Pública Segunda del Área de Protección abogada Keyla Eyesenia Tineo Peña, solicitó se citara a la madre de su hijo, la ciudadana Carla Antonieta Riera Cuicas, ya identificada, a los fines de ofrecer la Obligación de Manutención para su hijo, en la cantidad de diez mil bolívares (10.000,o. Bs.). Igualmente, solicitó se fijara un Régimen de Convivencia Familiar. En ese mismo acto consignó copia certificada de la partida de nacimiento de su hijo, copia fotostática de su cédula de identidad.
En fecha 31 de mayo de 2.016, se admitió la demanda, ordenándose la notificación de la demandada y oír la opinión de la niña.
En fecha 13 de junio de 2016, se dejó constancia de la no comparecencia del niño para expresar su opinión.
En fecha 01 de agosto de 2016, el alguacil adscrito a este juzgado consignó boleta de notificación librada a la demandada, debidamente firmada y recibida por su persona.
En fecha 02 de agosto de 2016, la suscrita secretaria certificó boleta de notificación de conformidad con la norma del artículo 458 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 03 de agosto de 2016, se fijó la Audiencia Preliminar en su fase de Mediación para el día martes 20 de septiembre de 2016, a las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), entre los ciudadanos Virgilio Ramón Sánchez Colmenares y Carla Antonieta Riera Cuicas, ya identificados, de conformidad con la norma del artículo 467 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 20 de septiembre de 2016, día y hora fijada para llevarse a cabo la audiencia Preliminar en su fase de Mediación entre los ciudadanos Virgilio Ramón Sánchez Colmenares y Carla Antonieta Riera Cuicas, ya identificados, se dejó expresa constancia de la no comparecencia de las partes tanto demandante como demandada, es por ello que de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró desistido el procedimiento, tal como consta expresamente mediante acta levantada en la misma fecha, así se decide.

DECISIÒN

Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Desistida la demanda de Ofrecimiento de Obligación de Manutención, presentada por el ciudadano Virgilio Ramón Sánchez Colmenares, ya identificado contra la ciudadana Carla Antonieta Riera Cuicas, ya identificada y terminado el proceso, con fundamento a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados y para el archivo. Asimismo, se ordena el archivo del presente asunto y su respectiva remisión al archivo judicial.

Regístrese y publíquese

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 21 de septiembre de 2016. Años. 206º y 157º.


LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION

ABG. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS


LA SECRETARIA


ABG. YACKELIN VILLEGAS NAVA


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 382 - 2.016 y se publicó siendo las 03:06 p.m.


LA SECRETARIA


ABG. YACKELIN VILLEGAS NAVA


KP12-V-2016-000108