REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: KP02-V-2016-002690

Revisadas como han sido las presentes actuaciones, referidas al juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS, intentado por el ciudadano CARLOS EDUARDO SEQUERA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V.-13.990.723, y de este domicilio, asistido por el Abg. JUAN JOSE MARIN TORREALBA inscrito en el inpreabogado Nº 151.053, y de este domicilio, mediante la cual demanda a la ciudadana FANNY JOSEFINA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 3.948.833.
Este Tribunal observa que en fecha 26 de Octubre de 2016, se le dio entrada a la presente demanda y hasta la fecha la parte interesada no ha cumplido con sus cargas establecidas en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil.
Es por lo que al no configurarse este requisito mal podría admitirse la pretensión del demandante. Es por ello que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente pretensión de DAÑOS Y PERJUICIOS. ASI SE DECIDE.

La Juez., La Secretaria.,


Abg. Eunice B. Camacho M. Abg. Bianca Escalona
EBCM/BE/a.c





La Suscrita Secretaria certifica la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel de su original. Fecha up supra. La Sec.