REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CRESPO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Duaca, 20 de Octubre del 2016
Años: 206° y 157°
ASUNTO: 1.823-2016
Visto el Convenimiento suscrito por ante La Defensoría Municipal para la Protección Integral del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Crespo, Estado Lara, en fecha 21-09-2016, entre los ciudadanos: CAMACHO PERALTA ELISA DEYANIRA y GIMENEZ CALDERA ANTHONY JAVIER, titulares de las Cédula de Identidad Números V-24.679.288 y V-25.442.448, respectivamente, plenamente identificados en autos demandante y demandado en el presente juicio, con el fin de llegar a un acuerdo con respecto a la Obligación de Manutención, expusieron lo siguiente:
PRIMERO: El padre se compromete a suministrar la cantidad de Diez Mil Bolívares (Bs. 10.000,00) mensual, se lo entregará a la madre (Maternidad Protegida)
En consecuencia, este Tribunal del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se admite y HOMOLOGA el Convenimiento suscrito por los ciudadanos CAMACHO PERALTA ELISA DEYANIRA y GIMENEZ CALDERA ANTHONY JAVIER, en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una sentencia definitivamente firme, déjese copia certificada de la decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Duaca a los Veinte (20) días del mes de Octubre del Dos Mil Dieciséis. Años: 206° y 157°.
El Juez.
Abg. Luís Rafael Alejos Pineda.-
El Secretario
Abg. Richard A. Valera Quevedo.
Homologación: Obligación de Manutención.
LRAP/anglenis
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