REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2016-004117
En mi condición de Juez Temporal, designado por la comisión Judicial el Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio N° CJ-14-1518, de fecha 05/06/2014, en virtud del reposo medico concedido a la profesional del derecho, abogada MARYLIN MARTIN MENDOZA, me aboco al conocimiento de la presente causa. Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano, ASNORDO JOSE NAVAS LEAL, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.848.700 de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio MARCIAL ATACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°158.850, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante arriba señalado, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor del Ciudadano, ASNORDO JOSE NAVAS LEAL, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-

El Juez Temporal,

Abg. Belén Beatriz Dan C. La Secretaria Suplente

Abg. Carlos Espinoza