REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, cinco de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2016-005122
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: LISBETH COROMOTO PEÑA SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.262.699, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado CARLOS JOSE SIVIRA GONZALEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 245.337, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes, la ciudadana: LISBETH COROMOTO PEÑA SEQUERA, antes identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de TERRENO PROPIO, según consta en documento protocolizado ante la Oficina de Registro Subalterno de Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 16 de Noviembre de 2006, bajo el Nº 26, protocolo primero, tomo 28, a nombre de la Ciudadana LISBETH COROMOTO PEÑA SEQUERA, cuya ubicación, medidas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones.- En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y PROPIEDAD, a favor de la ciudadana: LISBETH COROMOTO PEÑA SEQUERA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
LA JUEZ PROVISORIA

ABG. DIOCELIS PEREZ BARRETO
LA SECRETARIA

ABG. CECILIA NOHEMI VARGAS
DPB/CNV/LFR