REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco (25) de octubre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

ASUNTO: KN04-V-1996-000085
Visto el escrito de fecha 19 de octubre de 2.016, presentado por el abogado CARLOS VILLADIEGO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 21.732, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana BETTY BLANCO DE RANGEL, titular de la cédula de identidad N° 266.676, parte demandada, mediante la cual solicita el levantamiento de la media de prohibición de salida del país de la referida ciudadana decretada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 17 de octubre de 1979, y participada con oficio N° 2566 de fecha 24 de octubre del año en comento, este Tribunal a los fines de proveer observa:
Por cuanto de la revisión de las actas del presente asunto, se observa que ha sido satisfecha la pretensión accionada en el presente juicio, y que consta en autos que el día 10 de abril de 1980, tuvo lugar el acto de remate del bien hipotecado adjudicándose al ciudadano Juan Antonio Oropeza, y se suspendieron las medidas decretadas. En consecuencia, se ordena la SUSPENSIÓN DE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAÍS de la ciudadana BETTY BLANCO DE RANGEL, titular de la cédula de identidad N° 266.676, y librar oficio al Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (SAIME) a los fines de participarle la referida suspensión. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIA


Abg. DIOCELIS PÉREZ BARRETO LA SECRETARIA.


Abg. CECILIA NOHEMI VARGAS


DPB-CNV-LR