REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
 
Barquisimeto, diecinueve (19) de octubre de dos mil dieciséis
 
206º y 157º
 
 
 
ASUNTO: KP02-F-2015-001328
 
 
Visto el Desistimiento del Procedimiento suscrito por el ciudadano JOSE GREGORIO MORET DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-11.994.130, debidamente asistido por la abogada ANA DUDAMEL, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 160.624, este Tribunal le imparte su Homologación,   de conformidad con lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada entre las partes, se declara extinguida la instancia, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 266 eiusdem.- 
 
Asimismo, se acuerda la devolución del documento original solicitado previa certificación por Secretaría, una vez sean consignado los fotostatos respectivos.- 
 
        LA JUEZ PROVISORIA
 
 
DRA. DIOCELIS PEREZ BARRETO
 
                                                                                                   LA SECRETARIA,
 
 
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DPB/CNV/OG
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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