REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 11 de octubre de 2016
206º y 157º
Asunto: FP02-S-2016-000995
Resolución Nº: PJ0262016000152
Vista la solicitud que antecede, de fecha 5 de octubre del año en curso, recibida por este Juzgado en esa misma fecha, suscrita por los ciudadanos: MARCIAL ALEJANDRO RAMON CARABALLO MARCHAN y DEYIREE DANIELA AGREDA CARDENAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.653.444 y V-19.475.324, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por el ciudadano: ANGEL M. BIAGGI MARCO, abogado en ejercicios e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.178, mediante la cual desisten del presente procedimiento, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al DESISTIMIENTO de los solicitantes en el presente procedimiento de SEPARACION DE CUERPOS, ciudadanos: MARCIAL ALEJANDRO RAMON CARABALLO MARCHAN y DEYIREE DANIELA AGREDA CARDENAS, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
Devuélvanse los documentos originales acompañados con la solicitud, previa certificación en autos; expídanse las copias certificadas que soliciten las partes con inserción de la presente decisión, y por cuanto no hay más actuaciones que realizar en esta causa, se da por terminado el presente asunto y se ordena su remisión al Archivo Judicial de esta Ciudad.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los once (11) días del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016). Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
El Juez,
Dr. Noel Aguirre Rojas La Secretaria Acc.
Abg. Giovanna Bolívar
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las nueve de la mañana (09: 00 a.m.).
La Secretaria Acc.
Abg. Giovanna Bolivar
NA/GB/enmys barreto
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