REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, diecinueve de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: FP02-S-2016-0002345
NUMERO DE RESOLUCION: PJ0242016000134
Revisado como ha sido la presente solicitud por TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: JOSE MANUEL DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.046.721, el Tribunal observa: Que por cuanto de la presente solicitud se desprende que las bienhechurias se encuentran enclavadas dentro de un terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI) ubicadas en el Caserío San José de Bongo, Calle la Justicia, Parroquia Panapana, del Municipio Heres del Estado Bolívar, con una superficie aproximada a Ocho Hectáreas con Mil Setecientos Setenta y Seis Metros Cuadrados (8ha +1776 mts), y por cuanto es evidente que se trata de materia agraria que debe conocer los Juzgados de Primera Instancia en la materia, este Tribunal DECLINA LA COMPETENCIA, conforme a lo establecido en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con lo estipulado en el articulo 69 ejusdem, este tribunal dejará transcurrir cinco (5) días a los fines de que las partes ejerzan su derecho de regulación de competencia. Vencido como sea el lapso antes mencionado y definitiva como quede la presente decisión, se remitirá la solicitud en su forma original por medio de oficio, al Juzgado competente.- Así se decide.
LA JUEZA TEMPORAL
Abg.- Merlid E. Figueredo
La Secretaria Temporal
Abg.- Jennifer E. Anziani
Orlando.-
|