REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR OCTAVO DE CONTROL CON SEDE EN PUERTO AYACUCHO
Corresponde a este Despacho Judicial efectuar el análisis del contenido de la solicitud de sobreseimiento de conformidad con el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, impetrada por la Fiscalía Militar Décima Cuarta, en la causa seguida en contra del Oficio No. 16-577, de fecha 13 de Octubre de 2016, procedente de la Fiscalía Militar Cuadragésima con Competencia Nacional, remitiendo expediente No. FM14-081-2005, conformado por una pieza constante de cuarenta y nueve (49) Folios Útiles, donde solicita el Sobreseimiento de conformidad con el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra del SOLDADO NEPTALI ALEXANDER RODRIGUEZ PEÑUELA, titular de la cédula de identidad No.16.271.019, quien se encuentra presuntamente incurso en el cometimiento del Delito Militar de DESERCIÓN tipificado y sancionado en los artículos 523, 527 y 528 todos del Código Orgánico Justicia Militar, este Órgano Jurisdiccional para decidir, realiza las siguientes consideraciones: