REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR OCTAVO DE CONTROL CON SEDE EN PUERTO AYACUCHO

Corresponde a este Despacho Judicial efectuar el análisis de la Solicitud impetrada por la Fiscalía Militar Cuadragésimo con Competencia Nacional, mediante Oficio No. 389-2016, de fecha 08 de agosto de 2016, emanado de ese Despacho Fiscal, en el cual peticiona ante este Tribunal Militar Octavo en Funciones de Control, se DECRETE EL SOBRESEIMIENTO de la Investigación Penal Militar FM14-002-2014, fundamentada en la causal prevista en el artículo 300 cardinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, relacionados a los hechos donde se encuentra involucrado TENIENTE CORONEL LUIGER NEIL UGAS MEDINA, Titular de la Cedula Identidad N° V-9.743.844, por el presunto cometimiento de los delitos militares Traición a la Patria” tipificado y sancionado en el artículo 464 Numeral 26 concatenado con el artículo 470, “Ultraje a la Fuerza Armada Nacional” tipificado y sancionado en el artículo 505, delito de “Negligencia” tipificado y sancionado en el artículo 538 y el Delito “De la Cobardía y otros Delitos Contra el Decoro Militar” establecido en el artículo 561 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, este Órgano Jurisdiccional para decidir, realiza las siguientes consideraciones: