REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de noviembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO : KP02-S-2016-004744
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano, DOMINGO ANTONIO VARGAS ,Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.579.022 de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio IVAN DARIO FERNANDEZ PINEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°182.459, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante arriba señalado, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor del Ciudadano, DOMINGO ANTONIO VARGAS anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
El Juez
Abg. Belen Beatriz Dan Colmenarez
El Secretario
Abg. Carlos Espinoza.