REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO : KP02-S-2016-005587
SOLICITANTE: MARIA TERESA MENDOZA PERDOMO venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.519.340, debidamente asistida por la abogada en ejercicio, MARIO BRACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 102.059.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
Por recibido, désele entrada, y anótese en los libros respectivos.- Revisada como ha sido la anterior solicitud por TITULO SUPLETORIO, presentada por la Ciudadana MARIA TERESA MENDOZA PERDOMO venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.519.340, debidamente asistida por la abogada en ejercicio, MARIO BRACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 102.059, El Tribunal observa que la solicitante requiere sea decretado un Titulo Supletorio, y mediante los documentos consignados se evidencia que el lote de terreno es del FUNDO LOS RIFLES inscrito en el Registro Agrario”. Es de hacer notar que los particulares inmersos en la solicitud, de acuerdo a la materia del asunto, son meramente Agrarios, en virtud de la naturaleza de los mismos. Y siendo pues, que la Jurisdicción Agraria posee sus Tribunales competentes razón por la cual, se declina la competencia y se acuerda remitir la presente causa, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), a los fines de que sea distribuida al Tribunal de Primera Instancia en lo Agraria del Estado Lara.- Remítase désele salida una vez precluido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. BELEN BEATRIZ DAN
EL SECRETARIO SUPLENTE
ABG CARLOS ESPINOZA
Seguidamente se publico siendo las 11:25 A.M
EL SECRETARIO SUPLENTE
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