REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de mayo de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO : KP02-V-2004-001372
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, el Tribunal observa que en fecha 15/12/2015 el demandado JOSE GREGORIO LUCENA VALERA, presentó copia de finiquito donde se señala que pagó el saldo adeudado a la parte actora (f. 424 a 428), y siendo que en fecha 07/03/2016 quedó notificado el BANCO BICENTENARIO DEL PUEBLO, DE LA CLASE OBRERA, MUYER Y COMUNAS BANCO UNIVERSAL C.A., y habiendo transcurrido el lapso perentorio de diez días de despacho, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el presente juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA, seguido por el BANCO BICENTENARIO DEL PUEBLO, DE LA CLASE OBRERA, MUJER Y COMUNAS, BANCO UNIVERSAL C.A. contra el ciudadano JOSE GREGORIO LUCENA VALERA, en consecuencia se da por terminado el juicio. Se suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 02/09/20104 y notificada en la misma fecha con oficio N° 1835. Déjese copia.-
La Juez Suplente
Johanna Dayanara Mendoza Torres
La Secretaria
Rafaela Milagro Barreto
Seguidamente se dejó copia de la sentencia N° 109 y quedó asentado en el Libro Diario bajo el N° 6.-
La Sec.-
JDMT/maria elisa