Quíbor, 17 de Mayo 2016
206º y 157º
EXP. Nº 1748.-

PARTE SOLICITANTE: MARITZA YASMIN AGUILAR MENDOZA, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° 16.240.232, domiciliada en la calle 21 con avenida 15, Barrio Libertador Municipio Jiménez, Estado Lara
PARTE OBLIGADA: ERNESTO JAVIER MORENO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.125.612, domiciliado en la calle 3 con avenida 3 Urbanización el Estadium, Municipio Jiménez del Estado Lara.
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION
BENEFICIARIOS: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

UNICO
Antes de pasar a decidir la presente causa es necesario realizar las siguientes consideraciones y revisadas como fueron las actas que conforman el expediente signado con el Nro.1748 se observó:
Primero: Que en la partida de Nacimiento inserta al folio 04, se lee que los beneficiarios ya han alcanzado la mayoridad, lo que conlleva a la extinción de la obligación alimentaria.
Segundo: Se evidencia entonces que la Pensión alimentaria acordada, en virtud de la obligación impretermitible que tiene todo padre de coadyuvar en la educación integral de sus hijos feneció, en relación a los jóvenes al cumplir la mayoridad según quedó demostrado con Partida de Nacimiento constante en actas, y por cuanto no se puede establecer extensión de la obligación toda vez que la misma no ha sido solicitada por la interesada, no queda mas a esta operadora de Justicia que acordar dejar sin efecto las pensiones ordenadas y en consecuencia declarar Extinguido el presente Juicio. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: LA EXTINCION DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA POR MAYORIDAD De los BENEFICIARIOS intentado por MARITZA YASMIN AGUILAR MENDOZA, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° 16.240.232, domiciliada en la calle 21 con avenida 15, Barrio Libertador Municipio Jiménez, Estado Lara En contra del ciudadano ERNESTO JAVIER MORENO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.125.612, domiciliado en la calle 3 con avenida 3 Urbanización el Estadium, Municipio Jiménez del Estado Lara. MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION
No hay condenatoria en costas. Expídase copia certificada de la presente sentencia para que sea agregada al Libro respectivo, conforme a lo contemplado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada, Sellada y refrendada en la sala del despacho del JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDA DE LOS MUNICIPIOS JIMENEZ Y ANDRES ELOY BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en la Ciudad de Quíbor, al día diecisiete (17) días del mes de Mayo del año 2016, Años 205° y 157° de La Independencia y de la Federación, en su orden.
LA JUEZA TITULAR PRIMERA

DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE
LA SECRETARIA

ABG. BEATRIZ CORDERO

Fue publicada en la sede del Despacho del Tribunal del Municipio Jiménez en Quíbor, en la misma fecha, siendo las 02:28pm
LA SECRETARIA

ABG. BEATRIZ CORDERO