REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de mayo de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO : KP02-V-2013-004019
Se inició la presente causa por ante este Tribunal en fecha 18-12-2013, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO instaurada por la ciudadana GISELA DOMINGUEZ CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.303.289, asistida por las abogadas en ejercicio MEISABEL LAVERSA y JULIA HERERRA y de este domicilio, inscritas en el IPSA bajo el N° 131.400 y 136.028, respectivamente, en contra de los ciudadanos OSCAR ALFONSO CAMPO AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V-14.404.440. Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que la misma se encuentra paralizada desde el día 11-02-2014, toda vez que luego de esa fecha la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de una año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la Instancia en el presente procedimiento de conformidad con el artículo 269 eiusdem. Se da por TERMINADO el presente juicio y se ordena su remisión al archivo judicial.
LA JUEZ TEMPORAL

ABG. BELEN BEATRIZ DAN
LA SECRETARIA

ABG. LILIANA SANTELIZ
Se remite constante de venticuatro (24) folios útiles

La Sec.
*jjtv*