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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR
TRIBUNNAL MILITAR DECIMO CUARTO DE CONTROL
CAUSA: CJPM-TM14C-010-2016
CJPM-TM14C-010-2016
JUEZ MILITAR: CAPITAN JHONDER CHRISTI DUQUE
FISCAL MILITAR: CAPITAN LAURA ISABEL ESCALANTE JAIMES
DEFENSORA PÙBLICO MILITAR: ABOG. XIOMARA ISABEL VIVAS PINILLA
IMPUTADO: SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR SECRETARIO JUDICIAL: TENIENTE EDGARDO DE JESUS ADARMES COLMENARES
POR RECIBIDO.- DESELE ENTRADA.- Corresponde a este Tribunal Militar Décimo Cuarto de Control, con sede en Guasdualito, conocer del escrito Nº FM53-68-2015, presentado en fecha 05 de Mayo del presente año, por la CAPITÁN LAURA ISABEL ESCALANTE JAIMES, en su condición de Fiscal Militar Quincuagésima Tercera de Guasdualito, Estado Apure; de conformidad con lo previsto en el artículo 285 ordinal 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordinal 7º del articulo 111 y 320 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordada relación con lo previsto en el ordinal 1º del articulo 300 ibidem, aplicable a la jurisdicción militar por mandato expreso del articulo 592 del Código Orgánico de Justicia Militar, a fin de solicitar a este Tribunal Militar se Decrete el Sobreseimiento de la Causa seguida en contra del SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, titular de la cédula de identidad N° V.-16.959.150, plaza de la 9202 Escamoto “Cap. José López,” por encontrarse incurso en la presunta comisión del Delito Militar de INSUBORDINACIÒN, previsto en el artículo 512 inciso 1º y sancionado en el articulo 513 ordinal 3º del Código Orgánico de Justicia Militar. Este Tribunal Militar para decidir observa:
IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO
SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, titular de la cédula de identidad N° V.-16.959.150, plaza de la 9202 Escuadrón de Caballería Motorizada “Cap. José López,” con sede en el Sector Las Angosturas, El Amparo, Estado Apure.-
DESCRIPCIÓN DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
Los hechos objeto de esta investigación están enmarcados dentro del siguiente contexto según el contenido del Acta Policial S/Nº, de fecha 27 de julio del año 2.015, suscrita por la Sargento Primero Ana Rosa Palencia Márquez, titular de la cédula de identidad Nº V.- 20.829.005, plaza de la 9202 Escuadrón de Caballería Motorizada “Cap. José López,” el cual riela inserta en los folios veinte cuatro (24) al veintiséis (26) de la presente causa, son los siguientes: “El ciudadano CAPITAN LUIS MANUEL GONZALEZ SANCHEZ, Venezolano, portador de la cédula de identidad Nº V.- 13.874.094, Comandante de la 9202 Escuadrón de Caballería Motorizada “Cap. José López,” en esa misma fecha siendo aproximadamente las 07:25 horas, regresando del comedor de tropa en dirección hacia el comedor de la unidad, es abordado por el ciudadano SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, titular de la cédula de identidad N° V.-16.959.150, para preguntarle porqué en su boleta de permiso decía que salía por doce (12) días de permiso, si el necesitaba salir quince (15), y donde el Capitán le responde así mismo era y que tratara de aprovechar el tiempo ya que según la situación de contingencia y emergencia declarada en la población de Guasdualito por el Presidente de la República, era posible que lo llamara antes del tiempo por razones del servicio, situación a la cual reaccionó, manifestando de forma altanera y faltando el respeto que él no estaba de acuerdo, que eso no era así que el necesitaba sus días completos, que él solo había salido dos veces al año, aun cuando el tenia seis (06) días de haber llegado de un permiso especial para atender a su familia, a lo que le respondió el Capitán que si no estaba de acuerdo con los días de permiso que lo pasara por escrito y devolviera la boleta de permiso, inmediatamente le dio la orden de pararse firme y manifestó abiertamente no querer cumplir la orden, sin adoptar la posición fundamental y que ingresara al cuartel y se negó, que a él no le van hacer nada que se presentaría en la 92 Brigada. Inmediatamente el Capitán González Sánchez Luis notificó al ciudadano General de Brigada y ADI 311, informando lo ocurrido, sobre el acto de insubordinación ocurrido, recibiendo las instrucciones de tener los testigos y notificar a la fiscalía militar de los hechos ocurridos ya que como comandante no se puede perder la autoridad en ningún momento. Al llamar a los testigos y pedir los informes de la situación, el oficial de día, quien fue testigo de lo ocurrido, el SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, titular de la cédula de identidad N° V.-16.959.150, portador de la cédula de identidad Nº V.- 26.316.694, dijo que él no haría informe y que no vio nada, es de destacar que este tropa profesional y el sargento insubordinado son de la misma promoción. Como testigo de los hechos ocurridos también se encontraban el PRIMER TENIENTE SOSA SUAREZ JONATHAN, portador de la cédula de identidad Nº V.- 19.461.223 y la ALISTADA ROBLES LAYA ADELAIDA, portadora de la cédula de identidad Nº V.- 26.168.233, en tal sentido se presume un acto de insubordinación, y de sublevación contemplado en el Código de Justicia Militar, en vista de esta situación se le efectuó una llamada vía telefónica al ciudadano Primer Teniente Escalante Varela Rafael Antonio, Fiscal Militar Auxiliar de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta con competencia nacional, con sede en Guasdualito, Estado Apure, para que este en cuenta del caso.
En relación a estos hechos la Fiscalía Militar aperturó la presente investigación penal militar realizándose las siguientes diligencias de investigación:
1. Copia Simple de la Boleta de Permiso Operacional, S/Nº, de fecha 26 de julio de 2.015, del ciudadano SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.959.150, donde se evidencia la incongruencia y/o error de transcripción en los días de duración de permiso de quince (15) días en letras y entre comillas dice (14) en números que genero el conflicto entre el CAPITAN LUIS MANUEL GONZALEZ SANCHEZ, Comandante de la 9202 Escuadrón de Caballería Motorizada “Cap. José López,” y el Tropa Profesional anteriormente identificado. Folio Nº 03.
2. Informe S/Nº, de fecha 27 de julio de 2.015, suscrito por el PRIMER TENIENTE SOSA SUAREZ JONATHAN, titular de la cédula de identidad Nº 19.461.223, quien se encontraba de Jefe de Servicio del 9202 Escamoto, el día 2707:45JUL2015, quien vio cuando el Capitán González Sánchez llegó llamando al SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, quien se encontraba vestido de civil y esperaba una cola en un vehículo para ir a presentarse en la 92 Brigada y fue cuando el Capitán González, le dio la orden de pararse firme y de entrar al cuartel y observe que el sargento no quería parársele firme y cuando lo hizo se continuo y no obedeció la orden diciendo que se presentaría en la 92 Brigada al General Ovidio de Jesús Delgado Ramírez, ya que el quería salir todos sus días completos y el Capitán le estaba dando 12 días de permiso. Folio Nº 04.
3. Informe S/Nº, de fecha 27 de julio de 2.015, suscrito por la SARGENTO SEGUNDO PALENCIA MÁRQUEZ ANA ROSA, titular de la cédula de identidad Nº 20.829.005, quien se encontraba en su habitación el día 27 de julio de 2.015, con una efectivo tropa y escucho una discusión entre el Capitán Luis Manuel González y el SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, salió de la habitación y fue cuando observó que el sargento no quería atender el llamado del capitán cuando le decía que adoptara la posición fundamental y este no atendía el llamado, el sargento se dirigía a la prevención diciendo que se presentaría en la 92 Brigada al General Ovidio de Jesús Delgado Ramírez. Folio Nº 05.
4. Informe S/Nº, de fecha 27 de julio de 2.015, suscrito por la Alistada ADELAIDA ROBLES LAYA, titular de la cédula de identidad Nº 26.168.233, quien se encontraba el día 27 de julio de 2.015, efectuando mantenimiento en el Comando del Cap. González Sánchez y vio cuando el Capitán paso hablando con el SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, y de repente se inicio una discusión entre el Capitán y el Sargento, Salí del comando y observe que el sargento no quería parársele firme al capitán que el solo había salido dos veces , que los sargentos salían de permiso que él tenia muchos días sin salir, le alzo la voz al capitán y e capitán le dijo que se callara y no obedeció diciendo que se presentaría en la 92 Brigada al General Ovidio de Jesús Delgado Ramírez, que el quería salir todos sus días completos y el capitán le estaba dando 14 días de permiso. Folio Nº 06.
5. Informe S/Nº, de fecha 27 de julio de 2.015, suscrito por el SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, titular de la cédula de identidad Nº 16.959.150, quien manifestó que el capitán bajaba del comedor se le presentó e informó que porque solo catorce (14) días y tenia que regresar antes de los días el capitán le dijo que esa era la orden y que si no estaba de acuerdo se presentará en la brigada, le informo que no estaba de acuerdo y que le parecía injusto ya que en plena contingencia le había dado veinte (20) días de permiso al compañero regresando él y saliendo otro sargento de permiso y que también desde el mes de enero hasta la fecha de hoy había salido una sola vez de permiso no le parece justo y procedió a dirigirse hacia la unidad superior 92 Brigada de Caribe y ADI 311 cuando el capitán me paro firme yo me pare firme y le informe que me dirigía hacia la 92 Brigada de Caribe. Folio Nº 07.
6. Informe S/Nº, de fecha 27 de julio de 2.015, suscrito por el SARGENTO PRIMERO AILTON JUNIOR POLANCO SOLAT, titular de la cédula de identidad Nº 26.316.694, quien se encontraba el día 27 de julio de 2.015, haciendo los libros de oficial de día en el pasillo de la unidad, y el Capitán Luis Manuel González Sánchez con el SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, estaban teniendo una discusión por los días del permiso operacional, observe que estaban alterados los dos me retire del lugar hacia mi oficina, no estuve pendiente de nada mas de lo que haya sucedido. Folio Nº 08.
7. Copias Simples de la Cédula de Identidad y Carnet Militar del ciudadano SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.959.150, donde se evidencia su condición de militar. Folio Nº 09.
8. Copias Simples de la Cédula de Identidad de los ciudadanos CAPITÁN LUIS MANUEL GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Comandante del 9202 Escamoto, SARGENTO PRIMERO AILTON JUNIOR POLANCO SOLAT, Sargento Segundo Palencia Márquez Ana Rosa y Alistada ADELAIDA ROBLES LAYA, plazas del 9202 Escamoto “CAP. José López”, con sede en las Angostura. Folio Nº 10.
9. Copias Simples de la Cédula de Identidad del ciudadano PRIMER TENIENTE SOSA SUAREZ JONATHAN DAVID, plazas del 9202 Escamoto “CAP. José López”, con sede en las Angostura. Folio Nº 11.
10. Escrito de Presentación, Calificación de Flagrancia y Solicitud de Medidas Cautelares Nº 630, de fecha 28 de Julio de 2015, contra el ciudadano SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.959.150, plaza del 9202 Escamoto “CAP. José López”, con sede en las Angostura; por la presunta comisión del delito militar de INSUBORDINACIÒN, previsto en el artículo 512 inciso 1º y sancionado en el articulo 513 ordinal 3º del Código Orgánico de Justicia Militar. Folio Nº 13 y 14.
11. Oficio Nº 653de fecha 29 de julio de 2.015, donde el Ministerio Público Militar solicita al COMISARIO DEL (CICPC) JEFE DE LA SUB-DELEGACIÒN GUASDUALITO, ESTADO APURE, los posibles antecedentes policiales, registros y/o solicitudes por algún Órgano Jurisdiccional, por parte del ciudadano SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.959.150. Folio Nº 19.
12. Acta Policial S/Nº, de fecha 27 de julio de 2015, suscrita por la ciudadana SARGENTO SEGUNDO PALENCIA MÁRQUEZ ANA ROSA, titular de la cédula de identidad Nº 20.829.005, plaza del 9202 Escamoto “CAP. José López”, reemplazante del Primer Pelotón de Caballería, donde se describen las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurrieron los hechos. Folio Nº 24 al 26
13. Acta de Notificación de Derechos del Imputado S/Nº, de fecha 27 de julio de 2.015, del ciudadano SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.959.150. Folio Nº 27 al 28.
14. Boleta de Notificación S/Nº, de fecha 28 de julio de 2.015, emanada del Tribunal Militar Décimo Cuarto de Control de Guasdualito, informando a este Despacho Fiscal comparecer ante mencionado Órgano Jurisdiccional en fecha 2815:00JUL2015, fecha y hora fijada para la celebración de la Audiencia de Presentación de Imputado y Calificación de Flagrancia. Folio Nº 31.
15. Acta de Audiencia de Presentación de Imputado y Calificación de Flagrancia, de fecha 28 de julio de 2015, del ciudadano SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.959.150, donde se le pregunto si deseaba declarar al respecto, manifestando lo siguiente: “Ese día lo que paso fue que yo quería aclarar con mi capitán que en la boleta de permiso, había incongruencia con la fecha en letra y números, entonces mi capitán me dijo que si no quería así que pasara la novedad con mi general y eso fue lo que yo hice, le mande aun mensaje a mi general y me contesto que me presentara con mi Coronel Torres, estando ahí llego mi capitán me leyó mis derechos y me llevo para la unidad, es todo”. Folios Nº 34 al 42.
16. Acta de Entrevista del ciudadano PRIMER TENIENTE JONATHAN DAVID SOSA SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V.-17.328.051, rendida ante la Fiscalía Militar Quinta de Guasdualito. Folio Nº 44.
17. Acta de Entrevista de la ciudadana SARGENTO SEGUNDO ANA PALENCIA MÀRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.-20.829.005, rendida ante la Fiscalía Militar Quinta de Guasdualito. Folios Nº 45 a la 46.
18. Acta de Entrevista de la ciudadana ALISTADA ADELAIDA ROBLES LAYA, titular de la cédula de identidad Nº V.-26.168.233, rendida ante la Fiscalía Militar Quinta de Guasdualito. Folio Nº 47.
19. Orden de Investigación Penal Militar identificada con el Nº 2721, de fecha 03 de Septiembre de 2.015, suscrita por el ciudadano GENERAL DE BRIGADA OVIDIO DE JESUS DELGADO RAMIREZ, Comandante de la 92 Brigada de Caribes y ADI 311, la cual da lugar al inicio de la investigación. Folio Nº 48.
20. Acta de Entrevista del ciudadano CAPITAN LUIS MANUEL GONZALEZ SÀNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.874.094, rendida ante la Fiscalía Militar Quinta de Guasdualito, manifestando los hechos acaecidos. Folios Nº 49 a la 50.
RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDA LA DECISIÓN
Este Tribunal Militar concluye que existe causal suficiente, que hace procedente en el presente caso, aplicar lo dispuesto en el Título I, Capitulo IV, Articulo 300 del Código Orgánica Procesal Penal, el cual establece: “El Sobreseimiento procede cuando: numeral 1: “Que el hecho objeto del proceso no se realizo o no puede atribuírsele al imputado o imputada…”, tal y como sucede en el presente caso, pues si bien en cierto que el imputado en la presente causa desarrolló una conducta responsable cumpliendo con los pilares fundamentales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana como lo es la disciplina, no cabe dentro de los delitos tipificados en el Código Orgánico de Justicia Militar.
Cabe mencionar que el Ministerio Público Militar no logro obtener mas información que le permitiera emitir un acto conclusivo en contra del ciudadano SARGENTO PRIMERO BELEÑO GARCÌA EDWIN VLADIMIR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.959.150; se evidencia en las declaraciones del personal militar que fueron entrevistados ante ese Despacho Fiscal, que este Tropa Profesional en ningún momento se insubordinó, es decir, él mismo se paro firme cuando el comandante de la unidad le dio la orden e incluso le informó que se iba a presentar en la 92 Brigada de Caribe Ovidio de Jesús Delgado Ramírez, información ratificada en las declaraciones de la funcionario actuante y demás testigos que presenciaron los hechos. ASI DECIDE.-
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