REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis (16) de marzo de dos mil dieciséis (2016)
205º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2016-000473
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana CLARA DAYANA ARRIECHE PALENCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-20.671.616, asistida por la Abg. DAYERGIS SIVADA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 199.829, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un lote de terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones.- En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de la ciudadana CLARA DAYANA ARRIECHE PALENCIA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
LA JUEZ PROVISORIA

ABG. DIOCELIS PEREZ BARRETO
EL SECRETARIO ACC

OSCA ABDON GOYO
DJPB/OAG/
KP02-S-2016-000473