REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR CUARTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR
CONSEJO DE GUERRA DE SAN CRISTÓBAL
San Cristóbal, 07 de marzo de 2016
205°, 157°, 17°

Por recibido el Oficio FM 53 Nro. 081, de fecha 07 de marzo del 2016, procedente de la Fiscalía Militar Quincuagésima Tercera con sede en Barinas, Estado Barinas, mediante el cual, solicita diferimiento de la audiencia oral y pública fijada para el jueves 10 de marzo de 2016, en contra de los ciudadanos TENIENTE JOSÉ FRANCISCO VILLEGAS GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° V-19.324.714, en grado de autor; y HODALIS YESENIA ARIAS CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-15.041.574, en grado de encubridora, por la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto en el artículo 570, numeral 1, del Código Orgánico de Justicia Militar; este Consejo de Guerra actuando como Tribunal de Juicio, acuerda darle entrada al presente oficio y siendo la oportunidad legal de pronunciarse en relación a la solicitud, estos Juzgadores observan que la ciudadana Capitán LAURA ISABEL ESCALANTE JAIMES, Fiscal Militar Quincuagésima Tercera de Guasdualito, fundamenta su escrito en: “ … la suscrita, el día 10 del presente mes y año, tiene previsto un Acto de Imputación con Defensa Privada…asimismo, el día 11MAR16, me corresponde presentar ante el Tribunal Militar Décimo Cuarto de Control de Guasdualito, dos Actos Conclusivos (Acusaciones)…” situación está, que hace imposible su comparecencia a este Tribunal Militar de Juicio; por lo que estos juzgadores al analizar el contenido de la solicitud presentada por la referida Oficial Subalterna se puede evidenciar, que si bien es cierto, un acto de imputación se puede diferir de oficio y los actos conclusivos señalados en la solicitud están fijados para el día viernes 11 de marzo y no para la fecha en la que se fijó la audiencia del juicio oral y público, es decir, para el día 10 de marzo de 2016; no es menos cierto que, el acto de imputación se trata de una causa signada con el Nro. FM53-40-2015, y la misma se refiere a la presunta pérdida, extravío o descontrol de material de guerra constante de ochenta y siete (87) granadas de alto explosivo para morteros Calibre 60mm, además de haber cinco (05) ciudadanos involucrados; aunado a que el día viernes 11 de marzo de 2016, es la fecha en la cual se vence el lapso procesal para presentar los dos (02) actos conclusivos en los Expedientes FM53-03-2016 y FM53-04-2016, ante el Tribunal Militar Décimo Cuarto de Control de Guasdualito, ambos causas relevantes por procedimiento de flagrancia.
Ahora bien, la celebración de la audiencia oral y publica en contra de los ciudadanos TENIENTE JOSÉ FRANCISCO VILLEGAS GUTIERREZ, y HODALIS YESENIA ARIAS CASTILLO, se fijó para el día jueves 10 de marzo de 2016 a las 09:00 am, en la ciudad de San Cristóbal, Sede de este Recinto Judicial, sin embargo, como bien se ha analizado el escrito de solicitud, al ratificar la fecha de la audiencia, implicaría a la Fiscal Militar el traslado de Guasdualito a San Cristóbal y viceversa, en un tiempo muy corto, pudiendo no cumplir con ambos actos procesales por la distancia existente entre ambos lugares, en virtud de lo antes expuesto, estos juzgadores acuerdan declarar CON LUGAR la solicitud de Diferimiento, instando a la Fiscalía Militar presentarse para la posterior fecha que se fije para llevar a cabo la Audiencia Oral y Pública en contra de los ciudadanos TENIENTE JOSÉ FRANCISCO VILLEGAS GUTIERREZ, y HODALIS YESENIA ARIAS CASTILLO, ya que este Órgano Judicial es garante de los principios procesales tales como la celeridad y economía procesal, además de cumplir con la finalidad del proceso, que no es otra que, la sana y correcta administración de justicia, resaltando que los mismos se encuentran privados y es menester cumplir a cabalidad con lo establecido en la Ley. Notifíquesele a las partes. Hágase como se ordena.-

EL JUEZ MILITAR PRESIDENTE,


GERARDO A. ESCALANTE MONSALVE
CORONEL

EL JUEZ PROFESIONAL, EL JUEZ PROFESIONAL,

HUMBERTO JOSE ZAMBRANO RONALD J. GARCÍA GARELLIS TENIENTE CORONEL TENIENTE CORONEL

LA SECRETARIA JUDICIAL,


YURI XIOMARA MORA DE VARELA
PRIMER TENIENTE

En la misma fecha y conforme a lo ordenado precedentemente, se le dio entrada al mencionado oficio y se notificó a las partes.

LA SECRETARIA JUDICIAL,


YURI XIOMARA MORA DE VARELA
PRIMER TENIENTE