REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de junio de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: KH02-X-2016-000007
Vista la diligencia presentada en fecha 30/05/2016, por el Abogado ZALG S. ABI HASSAN, por cuanto la demandada no realizo oposición dentro del lapso, este Tribunal declara firme el decreto intimatorio en el juicio de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES seguido por el ciudadano ZALG SALVADOR ABI HASSAN, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.585, contra Firma Mercantil DISTRIBUIDORA URES, C.A. inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 09/10/2004, bajo el N° 28, Tomo 39-A, representada por la ciudadana EDDY COROMOTO ADAN venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.302.311, de este domicilio. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia se le concede al demandado un lapso de Cinco (05) días de despacho para que dé Cumplimiento Voluntario, de conformidad con lo previsto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia.
La Juez Suplente,
Johanna Dayanara Mendoza Torres
La Secretaria,
Rafaela Milagro Barreto
Seguidamente se publicó siendo las 03:05 p.m. y se dejó copia de la sentencia Nº 119 y quedó asentado en el Libro Diario bajo el Nº 91.-
La Sec.
JDMT/dmg