REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JIMÉNEZ Y ANDRÉS ELOY BLANCO DE LA
CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 14 de Junio de 2016
Años: 206º y 157º

SOLICITUD: 2. 358/16
Solicitante: YOHANA JOSEFINA GOYO, venezolana, mayor de edad, soltera , titular de la cédula de identidad N°: V-13.519.111, domiciliada en Quibor Municipio Jiménez, del estado Lara.
Asistida por: Abg. LEONARDO ANTONIO RODRIGUEZ., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº158.737.
Motivo: TITULO SUPLETORIO.
En fecha 25 de Febrero de 2016, compareció la ciudadana: YOHANA JOSEFINA GOYO, ya identificada, presento escrito solicitando se le expida título supletorio, que le garantice la plena propiedad y dominio sobre unas bienhechurías construidas a expensas propias y trabajo personal, ocupada de manera quieta, pacífica y notoria, sobre un lote de terreno EJIDO, ubicado en el sector San José, Parroquia Cabo José Dorante, Municipio Jiménez, del estado Lara, con un área de terreno de NOVECIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA CECIMETROS (904,70M2), comprendido de los siguientes linderos: NORTE: En dos líneas rectas, la primera en línea de nueve metros con un centímetro (9,1mts) con la vía principal, y la segunda en línea de dos metros con nueve centímetros (2,9mts) que es su frente; SUR: En dos líneas rectas, la primera en línea de veintisiete metros con tres centímetros (27,3mts) y la segunda línea de dos metros con cinco centímetros (2,5mts) con ocupaciones que son o fueron de la Familia Goyo Jiménez; ESTE: En dos líneas rectas, la primera en línea de treinta y ocho metros con cinco centímetros (38,5mts) y la segunda en línea de cinco metros con siete centímetros (5,7mts) con ocupaciones que son o fueron de Francisco Goyo y por el OESTE: En dos líneas rectas, la primera en línea de cuarenta metros con un centímetro (40,1mts) y la segunda en línea de siete metros con setenta y cinco centímetros (7,65mts) con ocupaciones que son o fueron de Teodoro Goyo. Las referidas bienhechurías constan de una vivienda, construida con paredes de bloques, techo de acerolit y zinc, sobre una estructura de vigas, piso de cemento pulido, compuesta por tres (03) habitaciones, una (01) sala recibo, una (01) cocina, dos (02) baños y un (01) porche; con un área de construcción de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (77,05MTS2), con una cerca perimetral de estantillos de madera en una parte y en la otra parte pared de bloque con tela de alfajol.
Consignó junto a la solicitud, copia fotostática de la cédula de identidad de la solicitante, original del levantamiento parcelario emitido por la Dirección de Catastro Municipal y original de la constancia de ocupación emitida por el Consejo Comunal, (Folios 01 al 04).
En fecha 02 de Marzo de 2016, se admitió en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, y conforme al artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil se ordenó oír la declaración de los testigos que presente la parte solicitante.(Folio 05).
El día 23 de Mayo de 2016, se escuchó la declaración de los testigos: JOSE ISIDORO MUJICA JIMENEZ y OLIVIA DEL CARMEN ANTEQUERA DE MUJICA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.228.610 y V- 12.593.429, respectivamente. (Folios 06 al 07)
Este Tribunal observa:
Vistos los recaudos acompañados a la solicitud y de la revisión del levantamiento parcelario, emitido por la Dirección de Catastro Municipal, del cual se desprende que el terreno pertenece a un lote de terreno EJIDO, ubicado en el sector San José, Parroquia Cabo José Dorante, Municipio Jiménez, del estado Lara, con un área de terreno de NOVECIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA CECIMETROS (904,70M2), comprendido de los siguientes linderos: NORTE: En dos líneas rectas, la primera en línea de nueve metros con un centímetro (9,1mts) con la vía principal, y la segunda en línea de dos metros con nueve centímetros (2,9mts) que es su frente; SUR: En dos líneas rectas, la primera en línea de veintisiete metros con tres centímetros (27,3mts) y la segunda línea de dos metros con cinco centímetros (2,5mts) con ocupaciones que son o fueron de la Familia Goyo Jiménez; ESTE: En dos líneas rectas, la primera en línea de treinta y ocho metros con cinco centímetros (38,5mts) y la segunda en línea de cinco metros con siete centímetros (5,7mts) con ocupaciones que son o fueron de Francisco Goyo y por el OESTE: En dos líneas rectas, la primera en línea de cuarenta metros con un centímetro (40,1mts) y la segunda en línea de siete metros con setenta y cinco centímetros (7,65mts) con ocupaciones que son o fueron de Teodoro Goyo. Las referidas bienhechurías constan de una vivienda, construida con paredes de bloques, techo de acerolit y zinc, sobre una estructura de vigas, piso de cemento pulido, compuesta por tres (03) habitaciones, una (01) sala recibo, una (01) cocina, dos (02) baños y un (01) porche; con un área de construcción de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (77,05MTS2), con una cerca perimetral de estantillos de madera en una parte y en la otra parte pared de bloque con tela de alfajol.
Así las cosas, de los documentos anexos a la solicitud y las declaraciones de los testigos, ya identificados, quienes dieron fe y fueron contestes en conocer al solicitante y los hechos narrados en la solicitud, en consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana: YOHANA JOSEFINA GOYO, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N°: V-13.519.111, de las bienhechurías construidas a expensas propias y trabajo personal ocupada de manera quieta, pacífica y notoria, sobre un lote de terreno EJIDO, ubicado en el sector San José, Parroquia Cabo José Dorante, Municipio Jiménez, del estado Lara. Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada. Cúmplase.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Lara, el 14 de Junio de 2016. Años: 206º y 157º. Cúmplase.
La Juez Titular,
Abog. Rosangela M. Sorondo.
La Secretaria,
Abog. Milangela M. Jiménez
RMSG/MJ/YG