REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara.
Carora, 22 de junio de dos mil dieciséis
206º y 157º


ASUNTO: KP12-J-2016-000112

Solicitante: Enmanuel José Carrillo Jiménez, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-18.430.436

Motivo: CURATELA

Por escrito presentado en fecha 03 de mayo de 2016, el ciudadano Enmanuel José Carrillo Jiménez, antes identificado, solicitó el nombramiento de un Curador Ad-Hoc, para su hijo el niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), en virtud de que en un futuro próximo contraería nuevas nupcias, con la ciudadana Yasnelin Carolina Infante Escobar, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.304.280. Señaló que el nombramiento recaería sobre la ciudadana Hipólita Del Carmen Jiménez de Carrillo (Curadora propuesta), venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.871.032, en su condición de abuela paterna. En ese mismo consignó copia fotostática de la cédula de identidad del solicitante, copia certificada de la partida de nacimiento del niño, de la futura contrayente, de la curadora propuesta y de los testigos propuestos, Declaración Jurada de Soltería del solicitante. Admitida la solicitud en fecha 09 de mayo de 2016, conjuntamente con los documentos que la acompañan, se ordenó oír la opinión del niño, de la curadora propuesta ciudadana Hipólita Del Carmen Jiménez de Carrillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.871.032 y de los testigos ciudadanos Raivy José Mosquera López y Sujeini Del Carmen Salas Riera, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-26.941.901 y V-25.341.397, respectivamente.
En fecha 17 de mayo de 2016, se dejó expresa constancia de la no comparecencia de los testigos ciudadanos Raivy José Mosquera López y Sujeini Del Carmen Salas Riera, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-26.941.901 y V-25.341.397, respectivamente.
En fecha 23 de mayo de 2016, se dejó expresa constancia de la no comparecencia del niño a manifestar su opinión. Igualmente se dejó expresa constancia de la no comparecencia de la curadora propuesta ciudadana Hipólita Del Carmen Jiménez de Carrillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.871.032.
En fecha 24 de mayo de 2016, se recibió diligencia presentada por el solicitante debidamente asistido por la abogada Keyla Tineo, en su carácter de Defensora Pública del Área de Protección, mediante la cual solicitó se fijara nueva oportunidad para la declaracion de los testigos, curadora y niño.
En fecha 30 de mayo de 2016, se fijó nueva oportunidad para oír la declaracion de los testigos ciudadanos Raivy José Mosquera López y Sujeini Del Carmen Salas Riera, titulares de la cédula de identidad Nº V-26.941.901 y V-25.341.397, respectivamente. Igualmente, se fijó nueva oportunidad para oír la opinión del niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.) y la opinión de la curadora propuesta ciudadana Hipólita Del Carmen Jiménez de Carrillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.871.032.
En fecha 07 de junio de 2016, se dejó expresa constancia de la no comparecencia del testigo ciudadano Raivy José Mosquera López, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.941.901, declarándose desierto el acto. En esa misma fecha se dejó expresa constancia de la comparecencia de la testigo ciudadana Sujeini Del Carmen Salas Riera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.341.397, quien rindió su declaración.
En fecha 13 de junio de 2016, se dejó expresa constancia de la comparecencia del niño a manifestar su opinión. Igualmente se dejó expresa constancia de la comparecencia de la curadora propuesta ciudadana Hipólita Del Carmen Jiménez de Carrillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.871.032, quien acepto y juró cumplir con las funciones inherentes al cargo. En esa misma fecha, se recibió diligencia presentada por el solicitante debidamente asistido por la Defensora Pública del Área de Protección, mediante la cual solicitó se fijara nueva oportunidad para la sustitución del testigo Raivy José Mosquera López, ya identificado por la ciudadana Dannys Arelys Carrillo Montes, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°14.004.909.
En fecha 15 de junio de 2016, se fijó nueva oportunidad para oír la declaración de la testigo ciudadana Dannys Arelys Carrillo Montes, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-14.004.909, escuchándose su declaración en fecha 20 de junio de 2016.

Examinados los recaudos acompañados a la solicitud, escuchada la declaración de las testigos los testigos ciudadanos Raivy José Mosquera López y Dannys Arelys Carrillo Montes, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-26.941.901 y V-14.004.9069, respectivamente, es decir, cumplidos los requisitos exigidos por la ley y vista la aceptación por parte de la ciudadana Hipólita Del Carmen Jiménez de Carrillo, ya identificada, de ser Curadora del niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, designa al cargo de CURADOR AD-HOC, a la ciudadana Hipólita Del Carmen Jiménez de Carrillo, ya identificada.

Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados y para el archivo.

Regístrese y publíquese

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 22 de junio de 2016. Años: 206° y 157°.

LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN, SUSTANCIACIÒN Y EJECUCION

Abg. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS


LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 246- 2.016 y se publicó siendo las 10:20 a.m.

LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA

KP12-J-2016-000112