REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Año 206° y 157°


N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2016-000374
PARTE ACTORA: LORENZO RAFAEL BURGOS RIOS., mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V. 12.938.060.
PARTE DEMANDADA: INSDUSTRIA VENEZOLANA DE COLCHONES, C.A. INVECOL, C.A. y SERVI-STAR, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROSBELD ALVAREZ., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 92.463.
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO


Hoy 25 de Julio de 2016 siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, según la información suministrada por el Alguacil, se deja expresa constancia de que la parte demandante no compareció a la Audiencia Preliminar, asimismo se deja constancia que la parte demandada su apoderado judicial abogado ROSBELD ALVAREZ. Ahora bien de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 205° y 156°.

LA JUEZ
ABG. COLMENARES MARBETH LORENA
LA SECRETARIA

LA PARTE DEMANDADA
EL ALGUACIL