REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, quince de julio de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2016-004014
PARTE SOLICITANTE: MARIA FERNANDA PEÑA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.759.057.
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: JULIO ALEXANDER SANTELIZ ANDRADES, Inpreabogado Nº 117.699
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (Declinación de Competencia, en razón del grado de jurisdicción)
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana María Fernanda Peña Castillo, antes identificada, este Tribunal observa que conforme lo dispone la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18-03-2009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02-04-2009, el conocimiento del presente asunto corresponde a los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutores de Medidas, en forma exclusiva y excluyente, razón por la cual este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud en razón del grado de jurisdicción.
En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de Ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos Civiles para su distribución a uno de los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de esta Circunscripción Judicial.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los quince (15) día del mes de julio del año dos mil dieciséis (2016). Años: 206° y 157°.
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
La Secretaria,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza
OERL/ygf.-