REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, catorce de julio de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: KH03-V-2002-000096
DEMANDANTE: UNIBANCA BANCO UNIVERSAL C.A., (Actualmente Banesco Banco Universal C.A.)
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: BORIS FADERPOWER, ANGELO CONSALES, XIOMARA SULVARAN, MARIA PADILLA, YACQUELINE QUIÑONEZ, inscritos en el IPSA bajo los Nº 47.652, 44.129, 2815, 58.354 y 119.431 respectivamente.
DEMANDADA: ELVIA JULIETA MALDER RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.355.848
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Visto el escrito de DESISTIMIENTO de la acción presentado en fecha 29 de Febrero de 2016, por la apoderada judicial de la parte actora, así como también el consentimiento efectuado por la parte demandada en fecha 12/07/2016, se ordena HOMOLOGAR el Desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide. Se da por terminado el juicio. Remítase al archivo judicial para su guara y cuido.
El Juez,
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
La Secretaria,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza
OERL/gc
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