REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete (07) de julio de dos mil dieciséis (2016).-
206º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2015-002368

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus MARIA DE JESUS RAMIREZ GALICIA, quien en vida fuese titular de la cédula de identidad No. 4.731.818 y falleciera ab-intestato en fecha 17 de enero del 2015, a favor de los ciudadanos MARIA EMILIA ACOSTA RAMIREZ y PEDRO RAMON SUÁREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 17.478.379 y 5.238.039 respectivamente, el último en su carácter de concubino, según sentencia de reconocimiento de unión concubinaria dictada en fecha 16 de mayo de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste haberse hecho la respectiva certificación de todo lo actuado. (mm)
La Juez Provisoria,

Abg. DIOCELIS PEREZ BARRETO
La Secretaria,

Abg. CECILIA NOHEMI VARGAS