Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 6 de julio de 2016
206º y 157º
ASUNTO: FP02-J-2015-001061
RESOLUCIÓN N° PJ082016000421
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Vista la audiencia única de mediación, de fecha 06/07/2016, en la presente demanda de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, interpuesta por el ciudadano HERMES PASTRANA SUAZA, Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA, bajo el Nº 93.430, actuando en su carácter de Apoderado judicial de la ciudadana MARGARITA NAVARRO GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.580.508, mediante la cual la parte demandante manifestó que DESISTEN del presente PROCEDIMIENTO, en consecuencia; este Tribunal, acuerda la solicitud por no ser contrario a derecho, al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, procediendo de conformidad con la voluntad expresa de las partes y ajustado a las previsiones de la norma contenida en el Artículo 265 del Código del Procedimiento Civil, el cual expresa: “ El demandante podrá limitarse a desistir del procedimiento; pero si el desistimiento se efectuare después del acto de la contestación de la demanda, no tendrá validez sin el consentimiento de la parte contraria”, en consecuencia le imparte su HOMOLOGACION al presente DESISTIMIENTO, dando en consecuencia, se da por consumado el acto procediendo para todos los efectos como si se tratase de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada, y así se declara. Se ordena devolver los documentos originales acompañados con el libelo de la solicitud, previa su certificación por secretaria. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.
ABG. LOLIMAR GARCIA HURTADO
Jueza Titular del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar
ABG. Yaqueline Rodríguez
La Secretaria
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
ABG. Yaqueline Rodríguez
La Secretaria
LGH/YR/yjan.
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