REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara


ASUNTO: KP02-L-2015-001062

PARTE DEMANDANTE: ANTONIO JOSÉ VARGAS VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.v-9.542.658.


PARTE DEMANDADA: INDUSTRIAS OCCIDENTE S.A.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: KAREN CAMARGO, Abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.229.

MOTIVO: INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL

Hoy 04 de febrero de 2016 siendo las diez de la mañana (10:00 a.m), día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil encargado de efectuar el anuncio respectivo, compareció únicamente la apoderada judicial de la parte demandada antes identificada. Se hace constar que la parte actora no asistió por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.



La Juez Temporal

Abg. Ana Mercedes Sánchez.
Secretaria

Abg. Fronda Castillo




Parte Demandada