REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de febrero de dos mil dieciséis
205º y 157º

ASUNTO : KP02-S-2016-000944

Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano ANTONIO JOSE TREMONT GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 3.860.414, asistida por el Abg. Eudy Campos Vizcaya, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 92025, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante ANTONIO JOSE TREMONT GUTIERREZ, antes identificado, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio en un lote de Terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (INTI), cuya ubicación, medidas, características y linderos consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. Y siendo que según la Gaceta 411.953 dictada en fecha 28 de mayo del 2014, por el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Justicia y Paz y para la Agricultura y Tierras, se autorizan los actos jurídicos de conformidad con el artículo 1 literal ¨C¨ concerniente a la solicitud, tramitación y registro de Títulos Supletorio de propiedad, respecto de bienhechuría fomentada sobre tierras con vocación agrícola. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del ciudadano ANTONIO JOSE TREMONT GUTIERREZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS. (mm)
El Juez Provisorio,

Dr. ROGER JOSE ADAN CORDERO

La Secretaria,

Abg. CECILIA NOHEMI VARGAS