REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR
CONSEJO DE GUERRA DE MARACAY
Maracay, 15 de Febrero de 2016.
205° y 156°
CAUSA N° CJPM-CGM-007-15.
CAPÍTULO I
MENCIÓN DE LOS JUECES INTEGRANTES DEL CONSEJO DE GUERRA DE MARACAY QUE DICTAN LA SENTENCIA. IDENTIFICACIÓN DE LOS ACUSADOS Y DE SUS DEFENSORES.
Los Jueces Militares Profesionales que integran el Consejo de Guerra de Maracay, Coronel José Vicente Carvajal Peña, en su condición de Juez Militar Presidente; Teniente Coronel Sami Rasper Rassi Hamami, en su condición de Juez Militar Profesional y Teniente Coronel Benjamín Emiro Flores Díaz, en su condición de Juez Militar Profesional; procedieron a dictar sentencia definitiva y publicarla en esta misma fecha, después que el día 11 de Agosto de 2015, se efectuara por parte del Juez Militar Presidente de este Tribunal Militar, la exposición a las partes y público presentes en la Sala de Audiencias de éste órgano jurisdiccional militar, los fundamentos de hecho y de derecho que motivaron la presente decisión, de manera sintética, así como la lectura de la parte dispositiva del fallo en cuestión, todo de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por mandato expreso del artículo 20 del Código Orgánico de Justicia Militar.
El acusado en el juicio oral y público desarrollado en la presente causa fue el ciudadano Teniente de Fragata DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.210.001, de profesión militar en servicio activo, plaza de la 8va Brigada de Comandos de Mar Generalísimo “FRANCISCO DE MIRANDA”. Residenciado en el Barrio Primero de Mayo calle número 02, casa número 44, san Félix estado Bolívar, por la presunta comisión del DELITO MILITAR DE SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENENCIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1°, en concordada relación con el artículo 435 en grado de autor conforme lo establecido en el artículo 389 numeral 1° y 390 numeral 1 de la norma castrense; imputación esta que fuera formulada en su contra por parte de la Fiscalía Militar Auxiliar Undécima de Maracay, con Competencia Nacional.
La Defensa del acusado Teniente de Fragata DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, correspondió ejercerla durante el desarrollo del Juicio Oral y Público a los abogados SAMUEL BERNANRDO MENDOZA SUAREZ, Y ABOGADO HECTOR DARIO PACHECO PEÑA, Defensores Privados, con domicilio procesal en: Urbanización el Castaño, circunvalación uno Quinta mis Chirupos, Valencia estado Carabobo.
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En tal sentido, presentada como fue la formal acusación por parte del TENIENTE PINTO SANCHEZ JUAN CARLOS, Fiscal Militar Auxiliar Undécimo, con Competencia Nacional, con sede en Maracay, estado Aragua, en fecha 23 de febrero de 2015, ante el Tribunal Militar Sexto de Control con sede en Valencia, a cargo de la Juez Militar Capitán Luz Mariela Santafé Acevedo; mediante la cual el precitado Representante del Ministerio Público Militar imputó al ciudadano Teniente de Fragata DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.210.001, por la presunta comisión de los delitos militares de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1°, Delitos Militares de DESTRUCCION DE FORTALEZAS, NAVES, AERONAVES, CUARTELES, ARSENALES U OTRAS DEPENDENCIAS MILITARES O NAVALES, previsto y sancionado en el artículo 552, y por el Delito Militar de DESOBEDIENCIA AGRAVADA Y ESPECIFICA, prevista y sancionada en el artículo 519 en concatenada relación con el articulo 521 todos de la norma castrense. Así las cosas, en fecha 11 de marzo de 2015, se celebró la correspondiente audiencia preliminar en la presente causa, ante el referido Tribunal Militar Sexto de Control con sede en Valencia, en la cual el Representante del Ministerio Público Militar, manifestó que el acusado era responsable penalmente de los delitos militares por los cuales fue acusado formalmente, de acuerdo a lo establecido en el respectivo escrito acusatorio. Al término de dicha audiencia preliminar, el referido Tribunal Militar en funciones de Control, admitió parcialmente la acusación interpuesta por el Representante Fiscal, en contra del mencionado acusado; asimismo fueron admitidas parcialmente las pruebas promovidas por las partes intervinientes en la presente causa. Por último, la mencionada Juez Militar actuando en funciones de Control consideró procedente ordenar la apertura del correspondiente Juicio Oral y Público.
Posteriormente en fecha 24 de marzo de 2015, se recibieron ante el Consejo de Guerra de Maracay, actuando en funciones de Tribunal Militar de Juicio y procedente del antes mencionado Tribunal Militar de Control, la documentación de las actuaciones contentivas del proceso penal, seguido en contra del acusado Teniente de Fragata DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.210.001, constituyéndose y abocándose al conocimiento de la presente causa, conociendo subsecuentemente el Juicio Oral y Público realizado en la presente causa, dándose inicio al mismo en fecha 24 de abril de 2015 y culminado en fecha 11 de agosto de 2015, cumpliéndose para ello un total de nueve (9) sesiones de audiencia, con motivo de la acusación formulada por el Primer Teniente Froilán Barrios, en su condición de Fiscal Militar Décimo Primero con Competencia Nacional y con sede en Maracay, estado Aragua, por la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1, en el grado de responsabilidad penal previsto en el artículo 435, todas estas normas previstas en el Código Orgánico de Justicia Militar, habiéndose dictado la correspondiente decisión al término de la audiencia del juicio oral y público; es por ello que este Consejo de Guerra pasa de seguidas a dictar la Sentencia definitiva en extenso, en los siguientes términos:
CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS
OBJETO DEL JUICIO
Siendo el día y hora fijados para que tuviera lugar el inicio de la audiencia oral y pública, es decir, el día 24 de abril de 2015, a las 10:00 horas de la mañana, antes de procederse al formal inicio de la audiencia de Juicio Oral y Público, y una vez verificada la presencia de las partes a través de la Secretaría Judicial del Consejo de Guerra de Maracay, el Juez Militar Presidente le informó y explicó claramente al acusado antes identificado, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, podía optar por solicitar expresamente la aplicación del procedimiento especial por admisión de los hechos, explicándole a continuación, en términos sencillos en qué consistía dicho procedimiento especial, se ordenó dar lectura al precepto constitucional previsto en el artículo 49.5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, concediéndole seguidamente el derecho de palabra al acusado Teniente de Fragata DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, para que expresara si estaba o no de acuerdo con solicitar la aplicación del procedimiento especial de admisión de los hechos, tipificado en el artículo 375 de la norma adjetiva penal antes mencionada , manifestando dicho acusado lo siguiente: negativo.
Posteriormente fue declarado abierto el debate oral y público, se advirtió al acusado y a las partes presentes sobre la importancia y el significado del acto llevado a efecto, el cual estaba relacionado con la causa signada por la nomenclatura de este Tribunal Militar con el Nº CJPM-CGM-007-15, proveniente del Tribunal Militar Sexto de Control con sede en Valencia, estado Carabobo y que a su vez se refiere a la investigación penal militar iniciada por el Ministerio Público Militar, según acta de inicio de investigación penal militar de fecha 20 de agosto de 2014, signada con el número FM11-017-204, según la nomenclatura llevada por la referida Fiscalía Militar.
El presente proceso penal se inició con ocasión a hechos ocurridos presuntamente en fecha El día lunes 18 de agosto de 2014, aproximadamente a las 16:00 horas, fecha y hora en la cual presuntamente fue violentado el sistema de seguridad (corte de cadena y aldaba) de la puerta de acceso al Bunker N° 7 (Depósito de Explosivos) de la Octava Brigada de Comandos de Mar, acantonada en la Base Naval de Turiamo, Municipio Costa de Oro del Estado Aragua, según oficio 0021 de fecha 20 de agosto de 2014, suscrito por el ciudadano Contralmirante Víctor Plascencia Vera, donde presuntamente se sustrajeron dieciséis (16) granadas Defensivas Alto Explosivo, del Bunker número 07, cabe destacar que el ciudadano TF DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.210.001, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos de la 8va Brigada de Comando de Mar Generalísimo “FRANCISCO DE MIRANDA”, se encontraba asignado dentro del Grupo de Reacción, para los días jueves 14 al lunes 18 de Agosto de 2014, asignándosele mediante rol de guardia para el desempeño del servicio de GUARDIA DE BUNKER N° 7.
De la acusación interpuesta por el Representante del Ministerio Público Militar en fecha 17 de noviembre de 2014, la cual se presentó como acto conclusivo, luego de adelantar la fase preparatoria o investigativa del presente proceso penal, se desprende que los hechos imputados al ciudadano Teniente de Fragata DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, son narrados por el Fiscal Militar en su escrito formal de acusación, de acuerdo a los siguientes términos:
“…Buenos días, este ministerio publico militar ratifica en todas y cada una de sus partes el escrito acusatorio, consignado en su oportunidad legal, de igual manera paso a narrar, una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho punible. En fecha 20 de Agosto de 2014, el ciudadano Contralmirante VICTOR PLASENCIA VERA, Comandante de la 8va Brigada de Comandos de Mar, “Generalísimo Francisco de Miranda”, ubicada en el Municipio Costa de Oro, Bahía de Turiamo, Estado Aragua, informo mediante comunicación al Fiscal Militar Superior de Maracay los hechos ocurridos el día lunes 18 de agosto de 2014, aproximadamente a las 16:00 horas, fecha y hora en la cual presuntamente fue violentado el sistema de seguridad (corte de cadena y aldaba) de la puerta de acceso al Bunker N° 7 (Depósito de Explosivos) de esa Brigada, donde presuntamente se sustrajeron dieciséis (16) granadas Defensivas Alto Explosivo, destacando que el ciudadano TF DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, se encontraba asignado dentro del Grupo de Reacción, para los días jueves 14 al lunes 18 de Agosto de 2014, asignándosele mediante rol de guardia para el desempeño del servicio de GUARDIA DE BUNKER N° 7, en el cual debía cumplir con los deberes inherentes al cargo, debiendo cumplir de ese modo con la directiva y el reglamento, siendo responsable de la custodia, fiscalización, vigilancia, control y seguridad tanto del Bunker como del material de guerra, que se encontraba resguardo en dicho lugar. Es por ello, que es importante señalar que el material de guerra almacenado en el Bunker N° 7 es utilizado para la realización de operaciones militares, prácticas y ejercicios, de acuerdo a las funciones propias que desempeña la Brigada de Comandos del Mar. Así mismo, en fecha jueves 14 de agosto, el ciudadano TF DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, recibe mediante Orden del Día N°232, el servicio de Guardia de OFICIAL JEFE DE GUARDIA, encargado de supervisar y velar por el cumplimiento efectivo de todos y cada uno de los servicios desempeñados para la fecha, incluido el de Guardia de Bunker, por lo que se presume que durante el desempeño de ambos servicios, el referido Oficial Subalterno no realizó ninguna acción, a los fines de evitar la magnitud del daño ocasionado, como lo es, la sustracción dieciséis (16) granadas Defensivas Alto Explosivo, propiciando la comisión de un hecho punible de naturaleza militar, debido a la contravención a lo establecido en Leyes y reglamentos, además de las órdenes verbales de sus superiores en lo concerniente a las funciones de servicio, ocasionando un menoscabo y detrimento del Patrimonio Público afecto a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, siendo indolente en el cumplimiento de sus deberes durante el desempeño del servicio de guardia, por todo lo antes descrito En consideración a los hechos y fundamentos precedentemente expuestos y las normas legales ya citadas, solicito formalmente primero: la admisión de la presente acusación con todas las pruebas ofrecidas por ser licitas, pertinentes y necesarias. Segundo: el ENJUICIAMIENTO del TENIENTE DE FRAGATA DICKSON RONALD HERRERA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad no. v-17.210.001, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos de la 8va Brigada de Comandos de Mar, “Generalísimo Francisco de Miranda”, ubicada en el municipio costa de oro, bahía de turiamo, Estado Aragua, quien se encuentra presuntamente incurso por los delitos militares de DESTRUCCION DE FORTALEZAS, NAVES, AERONAVES, CUARTELES, ARSENALES U OTRAS DEPENDENCIAS MILITARES O NAVALES, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 552 Y SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA; previsto y sancionado en el artículo 570 numerales 1° en calidad de autor, como lo prevé el artículo 389 numeral 1° y el articulo 390 numeral 1°, desobediencia, establecido en el artículo 519, con agravante en el artículo 521 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. por cuanto esta representación fiscal militar considera que son responsables penalmente en la comisión de los delitos militares plenamente explicados y de admitir los hechos el imputado en esta fase, solcito la aplicación de la pena correspondiente con las penas accesorias correspondientes al delito imputado, por otra parte le informo que el imputado se encuentra recluido en el centro nacional de procesados militares con sede en Ramo Verde los Teques Estado miranda a orden de ese honorable tribunal militar. FINALMENTE SOLICITO, LA ADMISIÓN Y PERTINENCIA DE LOS MEDIOS DE PRUEBA AQUÍ SEÑALADOS, LA FIJACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR prevista en el Artículo 309 Código Orgánico Procesal Penal y si es el caso de darse el Auto de apertura a Juicio solicito de conformidad al artículo 327 del mismo Código Orgánico Procesal Penal, la realización del debate oral posteriormente la aplicación de la pena correspondiente. Es todo Ciudadana Juez” (lectura integra de la acusación)…”.
Consecutivamente, el Juez Militar Presidente les cedió el derecho de palabra a los ciudadanos Abogados SAMUEL BERNANRDO MENDOZA SUAREZ, Y ABOGADO H ECTOR DARIO PACHECO PEÑA, Defensores Privados, quienes expusieron los alegatos de su defensa basado en los siguientes términos:
“…El ciudadano Abogado Privado Defensor privado Abogado SAMUEL BERNANRDO MENDOZA SUAREZ que expusiera su defensa, expresando lo siguiente: “…Buenos días a todos en este tribunal. Nosotros conocemos y nos preocupa la responsabilidad suya señora juez. Para esta defensa se torna algo complicado recibir tanta información y que esto no haya sido procesado y completado, sabemos que la responsabilidad es magna, queremos hacer constancia que la investigación hecha por el ministerio público no se concreta con la ley. Nos trae una gran duda que de las doce solicitudes que realizamos solo hay cuatro en el expediente y unas fueron porque nosotros insistimos y realizamos la declaración con el almirante Plasencia, el cual dijo que el TF. Pertenecía a su equipo de oficiales que tiene una conducta intachable, las otras solicitudes que realizamos nunca de completaron, cuando se diseñó el bunker, este se hizo como un galpón sin ningún tipo de seguridad. Nació con el fin de fungir como un galpón y después se destinó como bunker, hablar de destrucción es hablar de la eliminación total del mismo podría pensar la fuerza armada nacional bolivariana que el TF. Dickson eliminó el bunker cosa que no es cierto. La comisión del delito nunca podemos atribuirle la responsabilidad del delito al TF. No existen evidencias como por ejemplo virutas de hierro en su ropa, o herramientas etc. Los delincuentes que ya hasta la fecha se le han encontrado materiales si están involucrados. En un operativo en Aragua aprehendieron a un individuo que poseía unas granadas, ciudadana juez aprovecho la ocasión para consignar en este acto periódico, al momento de pasar revista no existe un manual, un procedimiento administrativo de como pasar la misma, quedamos en la responsabilidad de un electricista naval ojo que no lo exime de sus funciones, pero que si queda a su criterio pasar revista al material bélico. Deberían colocar un especialista en armas para tomar decisiones pre- cautelativas, se manifestó al alto mando de que era necesario colocar una seguridad electrónica, era imperativo colocar sistema electrónico de alerta temprana, cámaras de seguridad y por ende colocar seguridad militar, en ningún momento los comandantes de esa unidad acataron a dichas recomendaciones que eran beneficio de la población venezolana, ya que estas granadas están en manos de delincuentes que pudieran poner en peligro hasta una caravana presidencial. El TF. Dickson consigno un documento pidiendo, suplicando ayuda para colocar seguridad, una persona que no goza de ningún media, humilde es su manifestación verbal le preocupa su futuro, sus hijos que son su responsabilidad y que civiles que si tiene armas le dan media cautelar. No sabemos en qué momento picaron los cadenas, hubo una sustracción es evidente, pero la acción nunca se la podían atribuir al TF Dickson, el ministerio publico conoce la situación, no pueden atribuirle la culpa al TF, es absurdo que ante la duda haya busquen un implicado, que ante la duda, exista la falta de profesionalismo, crean un ramillete de situaciones que perjudique a un profesional como lo es el TF Dickson, todas estas incongruencias hacen pensar a esta defensa técnica que se ha fracturado el debido proceso, buscar un culpable sin terminar la investigación como se había planteado; hablar de desobediencia es muy difícil, es posible que la vía militar (hipotética), es muy difícil determinar el grado de cumplimiento de la orden, si mi defendido el TF Dickson, fue catalogado como excelente oficial en su última calificación porque ahora colocarlo como desobediente, cuando usted ciudadana juez le hizo la pregunta de cuáles eran las funciones del grupo de reacción, él lo explico precisamente, ni estando de guardia se percata de la anomalía del bunker, inmediatamente notifica a su superior y se hace lo debido, nos preocupa inmensamente porque la guardia de los siguientes días no están aquí, porque el ministerio público no se avoco a traer a los demás que estaba de guardia, porque los anteriores comandantes hicieron caso omiso de colocar la seguridad necesaria, que le fue propuesto por los inspectores, porque si el alto mando sabia la deficiencia de seguridad en el bunker, va a caer la responsabilidad sobre el TF Dickson, porque cae la responsabilidad sobre el TF si es una responsabilidad de todos en esa base naval, con mucho respeto ciudadana juez, el ministerio publico conoce la situación esto no ha debido llegar al tribunal militar, queremos que se revise la condición del TF Dickson y se busque en esa duda que existe, que mi defendido sea beneficiado con el sobreseimiento de la causa, que así lo contempla la ley, es todo…...” (Sic). En este este estado se le sede el derecho de palabra al Defensor privado ABOGADO HECTOR DARIO PACHECO PEÑA, que expusiera su defensa, expresando lo siguiente: “…buenos días a todos los presentes, insisto aquí hay una excepción del articulo 28 ordinal 4, letra I, la acción promovida por el ministerio público, carece de los requisitos esenciales, la norma jurídica implica una acción que en penal tiene un verbo rector, la acción procede una causa eficiente que en este caso no ha sido demostrada en este hecho, el delito de destrucción implica la eliminación total del bunker, en este hecho particular la destrucción de las medidas de seguridad, se desconoce las circunstancias, el ministerio publico acusa con la misma ligereza del acto de presentación, si usted lee la acusación, simplemente se determina que el TF Dickson era la guardia del día 14, y que debía prestar seguridad, aquí deben haber otros imputados, aquí hay una persona que señaló, que había picado los medios de seguridad y no fue imputado, existe una incongruencia, no puede ser que yo sea el oficial de guardia y me impliquen como autor, la verdad procesal, implica lo investigativo, en el orden de esa verdad procesal, el ministerio público no se dedicó a verificar, en que momento mi defendido tuvo participación; hay varios imputados que no todos tienen el mismo grado de responsabilidad, desde el día 14 al 17, no hay información exacta de cuando seguetearon los candados, los medios de seguridad, se presume que hay una persona que cortó los candados, pero no sabemos de forma precisa quien lo hizo, el ministerio público no precisa los hechos ni los responsables, nosotros consignamos grandes diligencias y solicitamos la entrevista del almirante anterior, si revisamos las mejoras en cuanto a seguridad que el TF Dickson, quiso que se realizaran, con esto quiero demostrar e ilustrar al tribunal, que mi defendido nunca tuvo miedo a presentarse, siempre con la frente en alto, y tratando de esclarecer la verdad, el ministerio público no ha demostrado que Dickson es responsable y eso trae la nulidad del proceso; artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal, el proceso está viciado por cuanto no se pueden demostrar los hechos al ciudadano TF Dickson, circunstancia esta que vulnera el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el TF siempre ha demostrado que ha actuado de buena fe, ciudadana juez en este escrito no se reiteró la privativa de libertad y en su exposición no lo hace de forma verbal, ratificamos la solicitud realizada en que se citen en calidad de testigo a los ciudadanos CA Plasencia, Almirante Rengifo, comandante de la ZODI Vargas, al CN Gentile segundo comandante de COMBRICOMAR, se oficie a la Inspectoría de la Armada, oficie a la Dirección Electrónica, a Armas y Explosivos, se oficie a las instituciones bancarias, para demostrarle al ministerio público que no cuenta con recursos, al TN Materan como responsable, cite al personal de guardia, como conclusión en virtud de los errores grotescos que tiene el escrito acusatorio, se estudie la posibilidad de que se sobresea la causa. Es todo…”
Seguidamente el Juez Presidente del Consejo de Guerra dirigió su atención al acusado Teniente de Fragata DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, a quien le impuso nuevamente del contenido del numeral 5 artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, norma ésta que le exime de declarar en causa propia o en contra de sus familiares, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, y en caso de consentirlo a no hacerlo bajo juramento, asimismo, le instruyó del contenido del artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal, informándole que su declaración era un medio para su defensa y que podría declarar en el momento que lo deseara, siempre y cuando lo que expusiera guardara relación con los hechos objeto del presente proceso penal, asimismo le explicó al acusado los hechos que se le atribuyen y que son objeto del Juicio Oral y Público, advirtiéndole que podía abstenerse de declarar sin que su silencio le perjudicara y que el debate continuaría aunque no declarara; asimismo, el Juez Militar Presidente le explicó al acusado que igualmente tenía la posibilidad de admitir los hechos cuya comisión se le había imputado, reconociendo para ello su responsabilidad en la comisión de los mismos y debiendo solicitar consecuentemente la imposición inmediata de la pena, que tal solicitud conllevaría a que este Tribunal Militar pudiera rebajar inmediatamente de una tercera parte a la mitad, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal. Así, el Juez Militar Presidente se dirigió al acusado de autos y le preguntó de manera específica: “Ciudadano Teniente de Fragata DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, desea usted declarar en el presente Juicio Oral y Público?”, manifestando el Ciudadano Teniente de Fragata DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, lo siguiente: “No señor Magistrado, me apego al artículo 49 numeral 5”.
CAPITULO III
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Así, una vez cumplida la fase de debate, en la cual se establece la posibilidad de recibir la declaración del acusados, sin que este haya solicitado la aplicación del procedimiento especial de admisión de los hechos, previsto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, se declaró formalmente abierta la recepción de las pruebas promovidas por las partes para ser evacuadas en la audiencia del Juicio Oral y Público.
Con ocasión a la admisión de la acusación interpuesta por la representación del Ministerio Público Militar y de los órganos de prueba ofrecidos por la misma, una vez ejercido el control respecto de la pertinencia y legalidad de las mismas, durante la celebración del acto de la audiencia preliminar, por parte del Tribunal Militar Sexto de Control con sede en Valencia, estado Carabobo; correspondió a este Consejo de Guerra desarrollar el Juicio Oral y Público y evacuar los órganos de prueba admitidos, con absoluta observancia de todos los derechos constitucionales, establecidos en la Carta Fundamental y garantías procesales dispuestas en el Código Orgánico Procesal Penal, debiendo entonces este Tribunal Militar proceder al análisis de dichos medios de prueba, según la libre convicción, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencias, previa verificación acerca de la licitud de los mismos, de acuerdo a su incorporación al juicio oral y público, según lo disponen los artículos, 22, 181, 182 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal.
DE LA EVACUACIÓN DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS
POR LAS PARTES
PRUEBA DE EXPERTOS
Durante el desarrollo del Debate Oral y Público se evacuaron los siguientes órganos de prueba en calidad de expertos, los cuales merecieron a este órgano jurisdiccional militar la valoración que a los mismos se atribuye:
1.- INSPECTOR NELSON RUIZ C.I: 14.230162, inspector agregado del CICPC, cedula de identidad N° 14.230.162, experto éste promovido por la representación del Ministerio Público, quien previamente juramentado, manifestó no tener impedimento para rendir declaración, al ser interrogada acerca de su actuación en la presente causa, expuso lo siguiente:
“Ok, para hacer memoria recuerdo que yo cumplía funciones en la sub delegación de Maracay del CICPC, específicamente no se la fecha, yo creo que fue el año pasado, que fui notificado por mis superiores, acerca de que había una irregularidad en la base naval de turiamo, en este caso se conformó una comisión, integrada por dos inspectores más, en este caso por la Inspector Jefe EVANGELIS MARTÍNEZ y el Inspector agregado LUIS ANGULO, uno perteneciente al laboratorio criminalística y la otra perteneciente a la Sub Delegación de Maracay, que ella fungía como técnico, quiero dejar claro a esta sala que una comisión del CICPC, está integrada por varios funcionarios y son varias sus funciones, cada funcionario cumple una función en cualquier hecho punible, mi función específicamente en este caso, no se denotó mucho, porque yo cumplía función de investigador y se trataba de un caso de un componente militar, no había una averiguación penal, comúnmente como nosotros la llevamos en nuestro despacho, simplemente se le solicitó, el componente militar le solicitó a nuestro despacho, que se le fueran realizado unas experticias, las experticias pertinentes en el lugar del hecho, mi presencia con ellos, fue netamente de acompañar a la comisión y ayudar a los funcionarios a realizar las respectivas experticias en el lugar”. Se le concede el derecho de palabra a la representación del ministerio público, para que interrogue al testigo, si a bien pudiese ejercer tal derecho. gracias ciudadanos magistrados, muy buenas tardes, ciudadano Nelson Ruiz, solicito muy respetuosamente a los representantes de esta digna magistratura, que se le ponga de vista y manifiesto, la inspección técnica número 2694, la cual se encuentra en el folio 102 de la pieza número 1. Pregunta ¿gracias ciudadano magistrado, ciudadano Inspector NELSON RUIZ, nos podría indicar, por quien estaba conformada, dicha comisión que se trasladó hasta la Octava a la Brigada de Comandos de Mar. Respuesta “como lo mencione anteriormente, esa comisión estuvo integrada, por la Inspector Jefe EVANGELIS MARTÍNEZ y el Inspector agregado LUIS ANGULO”. Pregunta ¿gracias, en que parte se realizó dicha inspección? Respuesta “específicamente, nosotros como lo dije, lo vuelvo a mencionar, fuimos atendidos en un principio, no recuerdo el nombre del almirante, jefe de la unidad, quien nos manifestó primero el motivo de lo que había ocurrido allí, y fuimos llevados, según lo que dice la inspección criminalística, creo que al bunker número (7)”. Pregunta ¿gracias, durante esa inspección, se encontró alguna evidencia de tipo, de interés criminalística? Respuesta “si, desde un principio, el primer lugar del hecho, fue como decir la puerta o el portón, no sé cómo le llaman, que la primera evidencia era, que la cadena estaba allí y la cadena había sido víctima de un corte y en el lugar, en la inspección, lo que manifiesta la inspectora en jefe, ella colecta un trozo de eslabón, en la zona”. Pregunta ¿gracias, en dicha inspección se tomaron las muestras de interés criminalística, con su debida cadena de custodia? Respuesta “Positivo” Pregunta ¿en esa misma inspección, se realizaron algunas tomas fotográficas del lugar? Respuesta “sí, eso se evidencia en la inspección técnica, está consignado su fijación fotográfica”. Pregunta ¿se acuerda para qué fecha, realizaron esa inspección? Respuesta “la fecha la logré observar ahorita, si no me equivoco fue realizada el 19 de agosto del año pasado”. Pregunta ¿gracias, de que organismo, tuvieron ustedes conocimiento de la presunta sustracción de estas 16 granadas, en la octava Brigada de Comando de Mar? Respuesta “para esa oportunidad, yo me desempeñaba como jefe para la brigada contra la propiedad, tenemos claro de que como se trataba de un Componente Militar, nuestra competencia no era para hacer la respectiva inspección, simplemente fuimos llamados por nuestro cddno. Jefe de región, quien nos manifestó que nos llegáramos por nosotros poseer algún instrumento o mecanismo de experticia, para que hiciéramos ciertas pesquisas, siendo la necesidad del caso”. Pregunta ¿gracias, en relación al tipo de experticia o pesquisas que se realizaron que se utilizó en esa inspección nos podría indicar los mismos tiene conocimiento de ello? Respuesta “me podría repetir la pregunta. Pregunta ¿si cómo no, que si en la inspección realizada que medios utilizaron ustedes para realizar dicha inspección, que medios utilizaron para los mismos o si tuvieron que utilizar algún tipo de químico? Respuesta “ok, nuestra experticia se basó netamente en la fijación fotográfica, ya que la primera evidencia a pesquisar, fue el corte de una cadena y el tipo de experticia que se le hace a principio o a priori, es una fijación fotográfica, posteriormente esa cadena es llevada a nuestros laboratorios, donde se le hace las respectivas experticias, aunado a este, después de estar internamente en el bunker, se le aplicó un polvo que es para tratar de activar cualquier rastro y eso lo hizo el funcionario Luis Angulo, que era el encargado del laboratorio criminalístico, ese fue todo el tipo de evidencia que sé que se”. Pregunta ¿gracias, estos eslabones que usted acaba de mencionar que se encontraron como evidencia criminalística, en que parte se encontraron, cerca del bunker número (7), dentro del mismo o fuera de él? Respuesta “tengo entendido, que eso se colectó, en esa época, estaba muy enmontado, creo que fue afuera del bunker”. Gracias, no tengo más preguntas ciudadanos magistrados. Se le concede la palabra a la representación de la defensa técnica, para que interrogue al declarante, si a bien pudiese ejercer tal derecho. Si ciudadano juez, solicito su permiso, su venia, para desplazarme en la sala, por favor, buenos días Inspector NELSON RUIZ GONZALEZ, bueno la defensa técnica hemos preparado algunas preguntas por favor, para que nos la responda, pregunta ¿que tiempo tiene usted adscrito en el CICPC? Respuesta “19 años”. Pregunta ¿cuál es su especialidad y cuánto tiempo tiene en la especialidad? Respuesta “quiero hacer una salvedad allí, nosotros los funcionarios del CICPC no tenemos una especialidad como tal, simplemente que es a necesidad del despacho donde trabajemos, yo puedo trabajar en homicidios, puedo trabajar en robos, puedo trabajar en delincuencia organizada, actualmente cumplo una función en otro organismo”. Pregunta ¿qué funciones cumplía usted, cuando fue llamado por la autoridad militar, para que asistiera como órgano de investigación criminal, dentro de la jurisdicción? Respuesta “ok, yo me desempeñaba como jefe de la brigada contra la propiedad, robo y hurto”. Pregunta ¿el CICPC, es el órgano por excelencia jurisdiccional de investigación criminal, si la Fuerza Armada, en este caso la unidad Naval, lo llamó a usted, o llamó al CICPC, para que apoyara en una investigación, donde habían objetos de alto interés criminalístico, usted acaba de decir, que fueron por cumplir, pero que no es parte de su responsabilidad. Respuesta “no, no es que sea parte de mi responsabilidad, simplemente de que no estaba aperturada una averiguación penal de nuestro despacho, donde tenemos que proseguir con las verdaderas investigaciones, simplemente se estaba a solicitud de un Componente Militar, se estaban realizando las respectivas experticias, es donde entra mi función, porque como soy investigador, el investigador se basa en la entrevista, en el proceso del juicio, como se está desenvolviendo actualmente”. Pregunta ¿sin embargo, para preservar la verdad, en el lugar de los acontecimientos, se acudió al CICPC, como órgano por excelencia de la investigación, cuando ustedes colectaron las evidencias de interés criminalístico, cuando ustedes hicieron la fijación fotográfica, les indicó en algún momento a la comisión, que esas evidencias de interés criminalístico, tenían alguna relación o indicaban sobre la acción, la parte conductual de alguna persona que lo cometió? Respuesta “No, en un principio, nosotros nos basamos netamente como lo he narrado en este juicio, en las experticias, nosotros netamente nos fuimos a hacer nuestro trabajo de experticias”. Pregunta ¿es decir, ustedes hicieron la experticia, para evidenciar que picaron una cadena y arrancaron un candado? Respuesta “efectivamente”. Muchas gracias inspector, no tengo más preguntas ciudadano juez. Pregunta ¿ustedes encontraron, si nos vamos a la experticia, si nos vamos al manual único de procedimientos, que establece el Ministerio Público, que tipo de experticia de campo se hizo en la misma? Respuesta “ Bueno, ya lo he mencionado varias veces, si, el tipo de experticia que se hace netamente, o sea nosotros, primeramente estamos llegando a un Componente Militar, nosotros tenemos que ser objeto de que alguna persona, nos indique en lugar a pesquisar, en este caso, la primera persona con que nos entrevistamos, fue el general no me recuerdo el nombre, que nos indica que el bunker número (7) fue objeto, después de la supervisión, fue objeto de una irregularidad, donde presuntamente, habían sustraído unas granadas, una vez obtenida esta información, la comisión se traslada al lugar del hecho y la primera tipo de experticia, el primer método que nosotros tenemos es la inspección criminalística, que se hace de lo macro a lo micro, ósea tomando en cuenta de la forma en que llegamos, hacia lo más, al objeto más detallado, que eran las cajas donde se encontraban las granadas”. Pregunta ¿qué tipo de circunstancias o especificaciones tenía el sitio o el cuadrante donde hicieron la experticia? Respuesta “No tenemos que ser más específicos allí”. Pregunta ¿ok, explico, usted sabe, el cuadrante donde ustedes hicieron la inspección, que tipo de vegetación, de ambiente, de circunstancia, luz, tipo, la iluminación, y todas esas consideraciones que ustedes determinaron, en esa inspección técnica preliminar? Respuesta “ok, estamos en presencia aquí, de un bunker, la vegetación, la naturaleza, está en la parte externa del bunker, el bunker solamente, lo que logro recordar, tenía su puerta metálica y dentro lo que había era puro materiales o cualquier tipo de municiones pertenecientes a un componente militar, nosotros específicamente nos fuimos a la irregularidad que había en algunas cajas, donde no existían o no estaban presentes las granadas que debían haber estado allí”. Pregunta ¿usted señalo, que usted hacia la inspección, la hicieron de lo macro a lo micro, no hicieron inspección en ese macro, al ambiente que circunscribía al bunker, sino que simplemente se limitaron dentro del bunker? Respuesta “no, con todo su respeto abogado, no podemos hacer una inspección macro en un lugar que es una montaña, ósea nos vamos a lo especifico, tomamos siempre lo que está en la parte de afuera del bunker y de allí nos vamos a lo objetivo”. Pregunta ¿le reitero no, le estoy preguntando la parte externa, no la montaña, usted me dice al principio que ud consiguió un eslabón, eso lo consiguió dentro del bunker o en la parte inmediatamente externa del bunker? Respuesta “no, yo lo mencione anteriormente, que eso se consiguió en la parte de afuera del bunker, en la zona enmontada”. Pregunta ¿Y cual era ambiente, en esa parte donde se consiguieron, ahí, que tipo, es ambiente montañoso, es playa o es?. Respuesta “no, enmontado, es monte”. Es todo, ciudadano juez presidente.
Es así que apreciada como ha sido el presente informe oral, se denota que los dichos de este experto son de naturaleza técnica, en razón a su profesión, arte u oficio y que la información aportada, fue producto de la práctica de una experticia de levantamiento del sitio del suceso, ordenada por parte de la Representación del Ministerio Público Militar, en aras de la búsqueda de la verdad como fin último del proceso. Es por ello que al ser valorada dicha declaración de experto, se considera que de la misma dimanan elementos probatorios que conducen a estos juzgadores a ESTIMARLA COMO PRUEBA, todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que aporta a estos juzgadores, el estado en el cual se encontraban los explosivos, las municiones y las granadas, es decir, su organización y las medidas de seguridad implementadas en el bunker N°7, cuya sustracción del ámbito de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana es objeto de la presente causa, determinándose a través de la misma, el nivel de seguridad que tenían las instalaciones destinadas al resguardo del material de guerra perteneciente a la Octava Brigada de Comandos de Mar, habiéndose determinado el daño ocasionado a las instalaciones y al apresto operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
2.- SARGENTO AYUDANTE FREDDY ADOLFO PATIÑO ALARCÓN, Cédula de Identidad N° V-10.164.161. Experto éste promovido por la representación del Ministerio Público, quien previamente juramentado, manifestó no tener impedimento para rendir declaración, al ser interrogada acerca de su actuación en la presente causa, expuso lo siguiente:
“Solamente lo que me solicitaron para el estudio”. A continuación usted podrá ser objeto de preguntas, por cada una de las partes intervinientes en la presente causa, escuche bien la pregunta que se le formule, si no entiende la misma pida aclaratoria y dirija su respuesta a los miembros de este tribunal militar; Se le concede el derecho de palabra a la Representante del Ministerio Público, a los fines de que interrogue al experto, si buen pudiese ejercer tal derecho”. “Si ciudadanos Magistrados, muchas gracias, muy buenos días, Sargento Ayudante Patiño, por favor yo le voy a realizar una serie de preguntas, cada una de ellas a la respuesta que usted emita por favor diríjase a los ciudadanos Magistrados gracias, la primera de ellas es; Pregunta ¿cuánto tiempo usted lleva en el Daex?. Respuesta “10 años”. Pregunta “¿qué funciones cumple específicamente?”. Respuesta “En actuales momentos jefe de adiestramiento, doy clases de explosivos y mecánica de armas”. Pregunta “¿cuándo usted, en fecha 8 del mes octubre del año 2014 realizó una inspección a un bunker, alojado en la 8va brigada comando de mar?”. Respuesta “Si, fue para compaginar unos materiales para el estudio”. Pregunta “¿en dicha inspección realizada por su persona, cual fue lo que consiguió en dicha inspección, cual fue el resultado o las conclusiones de las mismas?”. Respuesta “Bueno que es un material de explosivo, era correspondiente al material que pertenecía al bunker”. Pregunta “¿puede ser más específico, es decir, que tipo de material de explosivo?”. Respuesta “Me dieron dos, lo que se conoce como panela del C-4, había una correspondiente al lote y lote, forma y todas las características que pertenecían al bunker y la otra las características ya que el empaque no tenía lote”. Pregunta “¿usted nos puede indicar, cuál fue el tipo de sistema que encontró en dicho bunker número 7?”. Respuesta “Como sistema?”. Pregunta “¿es decir, a la inspección que usted realizo al bunker número 7, en fecha 8 de octubre del año 2014, usted nos puede indicar, que sistema de seguridad pudo observar dentro del mismo?”. Respuesta “Las medidas de seguridad pasivas, que corresponden a las paredes y a las puertas, pared gruesa, techo grueso, ventilación, puerta correspondiente a lo establecido en directiva, no había seguridad o sea seguridad activa, que es presencia o supervisión constante del bunker, no habían sistemas de alarmas a distancia, para saber si el bunker era forzado, etc, etc.”. Pregunta “¿en qué tiempo realizo esa experticia?”. Respuesta “Un día completo”. Pregunta “¿en virtud, de que órgano usted se trasladó para hacer esa experticia en el bunker número 7, que organismo le solicito?”. Respuesta “La fiscalía en aquel momento”. Pregunta “¿diga usted, que métodos o técnicas empleo para realizar la experticia?”. Respuesta “Comparación física y confrontación”. Pregunta “¿en ese mecanismo que usted utilizo, en comparación física, encontró alguna divergencia, habían algunos faltantes?”. Respuesta “La comparación no, no había faltantes, porque está todo justificado en el en explosivo”. Pregunta “¿en qué lugar realizo esa inspección específicamente?”. Respuesta “En Turiamo”. Pregunta “Eso es todo, ciudadano Juez”. “Se le concede el derecho de palabra a la representación de la defensa técnica, a los fines de que interrogue al experto, si a bien pudiese ejercer tal derecho”. “Muchas gracias ciudadano Juez, Sargento Ayudante Freddy Adolfo Patiño Alarcón buenos días, usted acaba de mencionar que tiene trabajando en el DAEX, dirección de armas y explosivos 10 años y que es experto en adiestramiento, durante la inspección que usted realizo bajo la convocatoria del Ministerio Público Militar, Pregunta ¿qué manual utilizo usted para hacer la inspección comparativa del bunker en cuestión?. Respuesta “Como, un manual?”. Pregunta “¿existe un manual, para hacer una inspección relativa a la custodia de armamento, municiones, explosivos del DAEX?”. Respuesta “Existen manuales para verificar el mantenimiento de material, la parte física del material, el resguardo, pero no entiendo la pregunta de qué manual de inspección”. Pregunta “Repito la pregunta, ¿para hacer una inspección, para estar cualificado para hacer una inspección, debe haber unos pasos, unos procedimientos a seguir, un manual que especifique cual es el proceso, para verificar, para que tenga certeza la inspección, no puede quedar para el DAEX una inspección a criterio propio del técnico, sino que debe de haber una experiencia debido al entrenamiento, bajo un manual o un procedimiento operativo vigente o administrativo vigente, usted utilizo algún manual que acaba de describir en este digno tribunal?”. Respuesta “Los planes de inspección son planes anuales, plan de inspecciones imprevista y a solicitud, se refiere a esos manuales?”. Pregunta “¿no, no me refiero a esos manuales, manual de procedimiento para hacer inspecciones?”. Respuesta “A nosotros nos solicitan la inspección, se verifican los inventarios que correspondan a la asignación, se verifica el material si hay algún faltante, se aclaran los puntos ese es el procedimiento que se realiza comúnmente cuando se hacen las inspecciones”. Pregunta “entendemos, que para esta defensa técnica, no existe un manual para inspección, o sea la segunda pregunta la voy hacer en este momento, ¿cuándo usted hace la inspección que se refiere, esas medidas de seguridad que usted hablo, se adecuan esas medidas de seguridad actuales para el momento de los hechos, a la exigen las directivas, relativo al uso y custodia de armas y explosivos elaboradas por el DAEX?”. Respuesta “Si se adecuan, en el momento de la inspección no estaban adecuadas faltaría la supervisión activa de efectivos militares, cerca o en la puerta al bunker y alarmas propiamente dicha”. Pregunta “¿entendemos que si habían medidas de seguridad activas y pasivas?”. Respuesta “No, habían solamente medidas pasivas, activas no habían ninguna”. Pregunta “¿podría indicarle a este digno tribunal cuáles son esas medidas que no habían?”. Respuesta “Las medidas activas, no había supervisión constante, no había vigilancia en el bunker, no había alarma”. Pregunta “Muchas gracias Sargento Ayudante Freddy Adolfo Patiño Alarcón tenemos otra pregunta, ¿en sus 10 años, como experto en el DAEX, anteriormente al evento que ocurrió en la base naval, cuantas veces usted fue convocado para pasar revista a los bunker referidos?”. Respuesta “Ninguna”. Pregunta “¿durante su inspección, determinó usted, alguna anormalidad en los bunker de la 8va brigada de comando de mar?”. Respuesta “Las medidas activas, porque las pasivas corresponden a la paredes, candado y puerta, las activas eran las que no estaban la presencia de un individuo, alarma, etc, etc.”. Pregunta “¿cómo llego usted al bunker caminando, en bicicleta, en vehículo, lo llevaron, como llego usted al bunker?”. Respuesta “Fui trasladado del puesto de comando al bunker, en vehículo automotor”. Pregunta “Buenos días, ciudadano experto, ciudadano Sargento Ayudante una pregunta, ¿la división de armas y explosivos adscrita al ministerio del poder popular para la defensa, es la controladora de este sistema de bunker, si o no?”. Respuesta “Maneja todo lo referente a armas y explosivos a la Fuerza Armada Nacional y a nivel civil”. Pregunta “¿usted al hacer la verificación, como usted dice la comparación, lo hizo a cuenta del mar ar 001 bravo?”. Respuesta “Son manuales internos de cada componente, nosotros nos basamos en las directrices del DAEX”. “Es todo”. JUEZ PRESIDENTE…
Posteriormente fue interrogado por los integrantes del Tribunal Militar, en los siguientes términos: Pregunta ¿sargento ayudante Freddy Adolfo Patiño Alarcón, ciudadano experto cuantas experticias realizó usted, en el presente caso?”. Respuesta “Dos”. Seguidamente el JUEZ PRESIDENTE, le pregunta al Representante del Ministerio Público “¿en base al interrogatorio que hizo el cddno. Fiscal Militar, el ciudadano fiscal militar señaló que, una experticia que usted hizo el 8 de octubre del 2014, cddno. Fiscal Militar, en relación a ello por favor y en base al señalamiento que usted hizo de esa experticia, se le pregunta la ubicación del referido medio probatorio en este expediente?”. Respuesta “En la pieza número 5, en los folios 367 y el folio 373”. “Bueno, este Tribunal Militar le va a poner de vista y manifiesto la experticia señalada por el Fiscal Militar, en su interrogatorio realizado al experto, se le va a exhibir primero a las partes y luego al experto, a los fines de que el manifieste o no el contenido de las mismas, ciudadano experto se le va a poner de vista y manifiesto un medio de prueba documental, de lectura al mismo para su consumo interno, que puede ser objeto de preguntas, respecto a su contenido”. Pregunta “¿experto ratifique el contenido y firma, de la experticia que se le acaba de poner de manifiesto?”. Respuesta “Si”. Pregunta “¿es su firma quien la suscribe?”. Respuesta “Si”. “Bueno este tribunal militar no tiene más preguntas que realizarle experto, la justicia militar le agradece ciudadano Sargento Ayudante Freddy Adolfo Patiño Alarcón, por haber asistido al llamado que se le hiciera, para que pudiera declarar en esta sala de audiencias, puede retirarse de la misma y de las instalaciones de este tribunal militar.
Posteriormente, el Sargento Ayudante Freddy Adolfo Patiño Alarcón, fue convocado nuevamente por el Consejo de Guerra, en razón a que este tribunal militar consideró necesario ahondar respecto, del informe oral que rindió previamente el precitado profesional, en la sesión de audiencia celebrada en fecha 8 de junio del presente año, en razón a que en aras del esclarecimiento la verdad, es necesario, y quedaron ciertos aspectos que necesitan ser aclarados y el precitado profesional militar es el idóneo para expresarlo en su informe oral. Por lo que este tribunal militar pasa directamente de oficio a exhibirle la prueba documental, denominada experticia de fecha 8 de octubre de 2014, suscrita por el sargento ayudante Patiño Alarcón Freddy Adolfo, técnico inspector en explosivos, acreditado por la Dirección de Armas y Explosivos, la cual se encuentra contenida de acuerdo a lo señalado en el auto de apertura a juicio, en el folio 190 al folio 193 de la pieza número 5, de la documentación de las actuaciones, en razón a ello, se le cede nuevamente el derecho a las partes, para que pregunten, en relación al contenido de esa experticia, que es la pertinencia y necesidad, por la cual, el experto está aquí presente en esta sala de audiencia, así como fue promovida por la representación del ministerio público, dicha prueba, se le cede el derecho de palabra al representante del ministerio público, para que interrogue al experto, si a bien pudiese ejercer tal el derecho.
Si, cddnos. Magistrados, voy a ejercer el derecho, muy buenos días cddnos magistrados, buenos días representantes de la defensa privada, buenos días cddno. Experto, sargento ayudante Patiño.
primera pregunta es “¿si usted reconoce como suya, la firma que aparece, en la inspección realizada en fecha 8 de octubre del año 2014, ubicado en la pieza número 5, en el folio 190 al 193?”
Respuesta: “si, la reconozco”.
Pregunta: “¿nos puede indicar de quien es esa firma?
Respuesta: “la firma es mía”.
Pregunta “¿esa experticia en virtud de que, fue realizada y por orden de quien”?
Respuesta: “la experticia se solicitó por parte de la fiscalía, en cuestión de que había una sustracción de los materiales de los bunker del comando naval, allá en turiamo”.
Pregunta: “¿nos puede indicar en esta sala, donde fue realizada esa experticia y que objetos encontró o en virtud de, es decir, cuáles fueron los objetos que se encontraron sustraídos de la misma?
Respuesta: “la experticia es, en si una auditoria, para ver si hacía falta material o no, y en la auditoria con confrontación de los inventarios internos y confrontación con el físico, hacían falta una cantidad de granadas, que se especifican en la experticia en si, 8 granadas defensivas y 8 ofensivas.
Pregunta “¿cuántos años lleva usted como inspector de explosivos “?
Respuesta: “soy explosivista, desde hace aproximadamente 15 años, e inspector en explosivos, soy desde el 2010, hasta la fecha.
Pregunta: “¿cuantas inspecciones realizó usted, relacionados con este caso”?
Respuesta: “la primera una experticia de auditoria, para ver que material faltaba, y la segunda una experticia de comprobación de un material, a ver si pertenecía al bunker”. “Gracias, eso es todo, ciudadano juez.
Se le concede el derecho de palabra a la representación de la defensa técnica, a lo fines de que interrogue al experto, si a bien pudiese ejercer tal derecho.
Buenos días ciudadanos jueces, con su venia, solicito permiso para desplazarme, buenos días ciudadano secretario, cddno teniente representante del ministerio público militar, compañero de la defensa, teniente de fragata Dickson, publico presente, esta es la segunda vez que usted viene a este tribunal, sargento ayudante Patiño Alarcón Freddy Adolfo, nosotros queremos que usted por favor, explique a este digno tribunal, Pregunta ¿en qué consistió la segunda parte de la inspección técnica, que usted hizo en el sitio del suceso”?
Respuesta: bueno, la segunda parte, fue una experticia de comprobación de un material, fiscalía me dio un material y me pidió comprobar, si ese material pertenecía al bunker.
Pregunta: en la oportunidad próxima pasada, que usted intervino en este tribunal, usted manifestó en esta sala de audiencia, que había hecho una inspección del bunker en su infraestructura. Pregunta ¿eso está contemplado en la primera o en la segunda parte de la inspección, que usted hizo como experto”?
Respuesta: en la primera.
Pregunta: “¿en esa primera parte de la inspección, estaba contemplado determinar las condiciones de uso, de esa infraestructura como bunker”?
Respuesta: se me pidió para ver, si era posible la violación del bunker, de las medidas de seguridad, de los protocolos de seguridad.
Pregunta: “¿usted como experto, que consideró en ese momento?
Respuesta: que faltaban ciertas medidas de seguridad activas, para completar las medidas de seguridad, establecidas por protocolo.
Pregunta: “¿usted podría aclarar a este digno tribunal, cuáles son esas medidas faltantes activas, en ese bunker que guardaba o guarda material de guerra, susceptible a la seguridad nacional”?
Respuesta: bajo el momento de la experticia, hacía falta un control físico de personal militar en el sitio, faltaban alarmas sonoras y visuales del sitio y faltaba controles de escritura o controles de inventario de manera clara y precisa, a quien se le entregaba y de quien se recibía material.
Pregunta: durante la inspección que usted realizo como experto, que tiene 4 años como experto, usted se percató el tiempo que tiene esa instalación, denominada bunker, sin esas medidas precautelativas de seguridad faltantes “?
Respuesta: le aclaro, no tengo 4 años de experto, en sistema de explosivos son varias jerarquías que se alcanzan en explosivos, la primera Bril, es búsqueda y reconocimiento de explosivo, la segunda es técnica en explosivos, así se va ascendiendo a inspector, supervisor e instructor.
Juez Presidente: Pero conteste la otra parte de la pregunta, que si percato durante esa inspección, si habían, que tiempo o no, había dichas medidas de seguridad anteriormente”?
Respuesta: ok, se le pregunto al personal que si había un servicio fijo de guardia, me dijeron que no, pregunte si había control de revista en el sitio, me dijeron que no, o sea, que si habían controles escritos, de que si alguien pasaba revista, si anotaban diariamente por hora y me dijeron que no, se verifico físicamente que no había alarma visual ni sonora en el sitio.
Pregunta: ok, probablemente esta parte de la defensa no se ha expresado bien, ni ha hecho bien la pregunta, pido disculpa y ruego la indulgencia para volver hacer la pregunta, por favor, nosotros queremos saber, este tribunal necesita, es imperativo saber, si usted tiene conocimiento, en cuanto al tiempo que tiene el bunker, sin las medidas activas y pasivas de seguridad”? si fueron 3 meses, 4 meses, 1 año, 2 años, dos comandos pasaron por allí y no tomaron en cuenta ese punto tan importante, o no fue tomada en consideración.
Respuesta: no, yo pregunte si en ese momento, en el tiempo corto presente, que si habían esas medidas de seguridad.
Pregunta: ¿en la inspección de infraestructura que usted realizo al bunker número 7, habían hallazgos que le indicaran a usted técnicamente, que habían medidas precautelativas, como cámaras, sistemas de alerta temprana, que fueron despojados, que fueron desconectados con el tiempo, no encontró ud un hallazgo que puedo haber determinado en su conclusión, aquí había una cámara, aquí había un sistema de alerta temprana, por aquí paso un centinela permanente “?
Fiscal Militar: objeción ciudadano juez.
Juez Presidente: indique el fundamento de su objeción, ciudadano fiscal militar.
Fiscal Militar: ciudadano juez, mi objeción se fundamenta principalmente, en que el experto ya mencionó en preguntas anteriores, la pregunta realizada por la defensa privada, en cuanto a los sistemas de seguridad.
Juez Presidente: cddno. Defensor exprese los fundamentos en los cuales basa su pregunta.
Defensa Técnica: ciudadano juez, simplemente queremos ser enfáticos y reiterar las condiciones de esa inspección, en base a lo que acabamos de leer en el expediente, en derecho presumimos nosotros que lo que abunda no redunda, simplemente estamos aclarando y retrotrayendo las imágenes de la inspección que hizo el experto, para que quede claro en este tribunal.
Juez Presidente: bueno, este tribunal militar una vez deliberado sobre la objeción propuesta por la representación del ministerio público, acuerda declararla sin lugar, considera necesario este tribunal militar, que el experto responda dicha pregunta, sobre si encontró algún tipo de hallazgo, ya enfocado ya, entiende este tribunal, en la parte física, no tanto que indagaciones, que investigaciones hizo, sino que si a través de su observación, pudo detectar algún tipo de hallazgo, que denotara presencias anteriores de sistemas de seguridad activos, tales como cámaras, por ejemplo.
Respuesta: si había unos dispositivos, que al parecer había alarmas y dispositivos electrónicos, para la apertura de la puerta.
Pregunta: muchas gracias, la otra pregunta que tengo “¿cuándo usted fue notificado según su testimonio, por petición del comando, a la fiscalía, para que hiciera la inspección, que día exactamente usted hizo la inspección y a qué hora?
Respuesta: la inspección se hizo el 8 de octubre, desde la mañana aproximadamente 16 horas de la tarde.
Pregunta: ¿el 8 de octubre”?
Respuesta: si
Pregunta: buenos días, ciudadanos magistrados, ciudadano secretario, ciudadano fiscal y buenos días a todos los presentes y yo simplemente voy hacer unas 3 preguntas, la primera usted hace unas conclusiones en su experticia y yo quisiera saber cuál es el fundamento del manual, directiva o procedimiento, bajo la cual usted sustenta esas conclusiones”
Respuesta: las conclusiones se hacen de lo que se ve, no hay, los manuales son las directivas que se manejan a nivel macro, sobre la seguridad del armamento y de los explosivos, y los controles.
Pregunta: usted comparando, confrontando esos manuales, esas directivas, esos procedimientos, llegó a esas conclusiones.
Respuesta: en el momento de inspeccionarse, se solicitaron los libros, los libros deben estar de manera clara y precisa, quien saca el material, quien lo entrega. etc,etc, solamente estaba pasado en los libros el recibo, el número del recibo con el cual sacaron el material, pero no había un control preciso, se revisaron las estructuras físicas de seguridad y también faltaba eso, por eso se llegó a esa conclusión.
Ok, y la última pregunta es: desde el mes de agosto, que se presume ocurrieron los hechos que hoy se juzgan, hasta el mes de octubre, no hubo movilización de elementos explosivos dentro del bunker 7, de acuerdo la auditoria que usted realizó.
Respuesta: según los recibos no había en ningún momento de entrega de material.
Posteriormente fue interrogado por los integrantes del Tribunal Militar, en los siguientes términos: Pregunta ¿ciudadano experto puede indicar a este tribunal militar cuales eran los modelos, cuál era la nomenclatura, que identifican los modelos de cada una de las granadas, que usted hace referencia como defensivas y ofensivas.
Respuesta: los modelos son M26A2, según manuales esa se utilizan para la defensa, era la que hacía falta según inventario, hacía falta en físico en el almacén, no habían recibos de salida ni de entrega de ese material, y la M-75 defensiva que no tiene, ósea, la diferencia entre una y otra es que una posee material que sale expedido al momento de la explosión y la otra no, entonces la ofensiva es la que tiene esquirlas como se le conoce popularmente y la otra tiene puro explosivo.
Pregunta: ¿usted hace referencia a que presuntamente habían unos dispositivos que usted presume que servían para cámaras y alarmas, tiene usted conocimiento cuanto tiempo llevaban y en razón si los mismos presentaban algún tipo de operatividad y en caso negativo de que no estaban operativos, desde cuando están inoperativos?.
Respuesta: bueno, por las condiciones físicas, se veía que tenían tiempo que no estaban operativos, porque el cajetín estaba en estado de deterioro y oxido.
Pregunta: ¿y usted pudo apreciar, las condiciones externas que presentaban dichas instalaciones, como estaba, donde se encontraba ubicado, que y como era, si habían construcciones a sus alrededores o no?
Respuesta: las condiciones, están en un sitio boscoso, resguardado por la naturaleza, para evitar visión aérea está en un sitio aislado.
Pregunta: ¿y pudo apreciar algún tipo de medida de seguridad pasiva en esas instalaciones, puertas, ventanas, algún tipo de seguridad, que no fuera la activa?.
Respuesta: si se encontraba con puertas, como de láminas, más o menos 15 a 20 milímetros de espesor, con sistemas de candados externos y las paredes recubiertas de hormigón.
Pregunta: ¿algún tipo de iluminación externa?
Respuesta: no se pudo observar iluminación.
Pregunta: ¿y la forma de accesar a dicha instalación, como era?
Respuesta: como era un sitio aislado, me traslade en vehículo interno del comando hasta el sitio y se puede accesar vía de carretera.
Es así que apreciado como ha sido el presente informe oral, se denota que los dichos de este experto son de naturaleza técnica, en razón a su profesión, arte u oficio y que la información aportada, fue producto de la práctica de una experticia de comprobación de la existencia del material de guerra dotado a la Octava Brigada de Comandos de Mar por parte de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, ordenada por parte de la Representación del Ministerio Público Militar, en aras de la búsqueda de la verdad como fin último del proceso. Es por ello que al ser valorada dicha declaración de experto, se considera que de la misma dimanan elementos probatorios que conducen a estos juzgadores a ESTIMARLA COMO PRUEBA, todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que aporta a estos juzgadores, el estado en el cual se encontraban los explosivos, las municiones y las granadas, es decir, su organización y las medidas de seguridad implementadas en el bunker N°7, cuya sustracción del ámbito de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana es objeto de la presente causa, determinándose a través de la misma, el nivel de seguridad que tenían las instalaciones destinadas al resguardo del material de guerra perteneciente a la Octava Brigada de Comandos de Mar, habiéndose demostrado el daño ocasionado a las instalaciones y al apresto operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
3.- INSPECTOR LUIS ANGULO BELTRAN CEDULA DE IDENTIDAD V-13.357.517, experto éste promovido por la representación del Ministerio Público, quien previamente juramentado, manifestó no tener impedimento para rendir declaración, al ser interrogado acerca de su actuación en la presente causa, expuso lo siguiente:
Tengo que leer mi acta policial, para saber cuál fue la actuación ahí.
Se le concede el derecho a palabra a la representación del ministerio público militar, para que interrogue al experto, si a bien pudiese ejercer el derecho.
Pregunta: “¿nos podría indicar si usted realizó la experticia realizada en fecha 19 de agosto del 2014”?
Respuesta: tengo que ver la experticia, para ver si es mí firma y ver el contenido.
Pregunta: si como no; solicito que se ponga a la vista y manifiesto la experticia que fue realizada en fecha 19 de agosto del año 2014, la cual se encuentra en el folio 102 y reverso, de la pieza primera.
Juez presidente: bueno de acuerdo a lo señalado en el auto de apertura de juicio, el medio de prueba que usted ha referido cddno fiscal, se refiere a una inspección técnica N° 2694 y no es una experticia, es bueno aclarar eso entre las partes.
Fiscal militar: es correcto ciudadano juez.
Pregunta: “¿nos podría indicar si reconoce la firma, que aparece en esa inspección técnica realizada en fecha 19 de agosto del año 2014, que se encuentra específicamente, en los folios antes mencionados?”
Respuesta: la firma que aparece presente en la rúbrica, no es de mi persona, es de la inspectora Evangelis, que en ese momento cuando se constituye una comisión por parte del laboratorio, vamos varios expertos, donde la inspectora jefe Evangelis en ese entonces, era por la parte inspección técnico policial, mi persona por la parte de laboratorio y el inspector Nelson Ruiz por la parte de investigaciones, por eso es que simplemente aparece en el primer folio, por ella misma nada más.
Pregunta: ok muchas gracias, la siguiente pregunta “¿nos podría ilustrar, a los que se encuentran en esta sala, de que se trató esa inspección técnica realizada en fecha 19 de agosto del año 2014?”
Respuesta: la inspección técnica que se realizó para ese momento, es dejar constancia tacita de cómo se encuentra el sitio del suceso, del cual se nos fue notificado, que había un hecho punible, para el momento.
Pregunta “¿en qué lugar realizo dicha inspección?”
Respuesta: en un bunker signado con el número #7, en el apostadero naval que queda en turiamo.
Pregunta “¿nos podría indicar cuántos años lleva como funcionario del CICPC”?
Respuesta: 15 años de servicio.
Pregunta ¿ en esa área específicamente”?
Respuesta: eh, dure dos años en investigaciones, un año en caracas y tengo 12 años laborando en el departamento criminalistico de Aragua, en todas sus áreas.
Pregunta “¿diga usted cual fue el procedimiento empleado para dicha inspección técnica, realizada en el bunker número 7 “?
Respuesta: esa parte le correspondió a la inspectora jefe Evangelis, quien fue que realizo la experticia, de lo que es la inspección técnica policial para el bunker, ella es quien tiene que contestar esa pregunta.
Pregunta “¿en qué tiempo se realizó dicha inspección”?
Respuesta: la fecha fue el 19 de agosto del 2014, el año pasado.
Pregunta “¿cuánto tiempo, si duraron ese día nada más, o tuvieron que emplear 72 horas, 48 horas, para la inspección”?
Respuesta: cuando se nos fue notificado, acudimos al sitio el mismo día y duramos un día, allá en turiamo, regresamos a eso de golpe de 5 o 6 de la tarde, cuando se nos fue notificado en la mañana del hecho.
Pregunta “¿cuál fue el organismo que les solicitó para que realizaran esa inspección en el bunker número 7, que se encuentra ubicado en el Octava Brigada“?
Respuesta: por lo menos a mi persona, se me fue notificado por el comisario José Siliani, que es mi jefe inmediato, el cual tenía que acudir a la sub delegación de Maracay, para formar parte de una comisión que iba subiendo para turiamo.
Juez presidente: se le concede el derecho de palabra a la representación de la defensa técnica, con los fines de que interrogue al experto, si a bien pudiera ejercer tal derecho.
Pregunta “¿inspector Luis Fernando Angulo Beltrán, ud indicó hace breves momentos a este digno tribunal, que tiene 15 años de servicio y que tiempo tiene usted trabajando como experto en esa división “?
Respuesta: en la división del departamento criminalistico tengo 12 años exactamente.
Pregunta: “¿qué significa el área biológica en criminalística, esa área a la que usted pertenece”?
Respuesta: el área biológica se encarga de búsqueda de fluidos orgánicos, esa misma área se sub- divide, en área física comparativa, área química, área física- química y área de activaciones especiales, que es la búsqueda y localización de huellas dactilares latentes.
Pregunta: muy bien, interesante. “¿durante el desarrollo de la inspección técnica, de la comisión a la cual usted perteneció y ejecutó la inspección, esa comisión para el momento de realizar ese trabajo, tan especifico, tan especial, encontraron ustedes alguna evidencia de interés criminalistico, biológico, fluidos, apéndice pilosos, huellas dactilares, que relacionen el área del suceso con el hoy acusado”?
Respuesta: sí se consiguió algo que lo relacionara, no lo puedo determinar, porque no lo vi a él tomando la cuestión en la mano, si se consiguieron fueron evidencias el cual se consiguieron en el bunker, la experticia mía como tal, fue una experticia de acoplamiento físico, la cual no la vi y me la están reflejando para yo defenderla, estoy defendiendo, ósea diciendo lo que es la inspección técnica policial, pero aquí debería reposar una experticia mía, física comparativa donde se consiguen unos candados y se le consiguen con signos físicos de violencia, del cual se determinó que pudo haber sido mediante una hoja de segueta y se determinó que en el bunker en una de sus orejas, en donde acoplaban esos candados, existían signos físicos de violencia que eran evidentes.
Pregunta: ¿ósea que para los efectos de la respuesta, no hay una evidencia biológica que relacione para el momento al teniente de fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez.
Respuesta: a nivel biológico no se consiguió, si la pregunta es biológica, pues biológica no se consiguió, pero las evidencias físicas pueden ser biológicas o pueden ser cualquier evidencia, pero evidencias físicas, si se consiguieron.
Pregunta: sí, la pregunta era relativo al departamento biológico que usted representa.
Respuesta: en el departamento que yo representó, no solo se trabaja con evidencias biológicas como tal, porque le estoy diciendo que tiene muchas sub-áreas, yo soy licenciado en criminalística, yo trabajo en todas las áreas y me puedo desempeñar en todas las áreas, donde el código orgánico procesal penal, no me limita a mi actuaciones periciales, como experto.
Pregunta: ¿durante la inspección, usted podría narrar a este digno tribunal cual fue el procedimiento en la inspección.
Respuesta: respecto como le dije al fiscal, que eso debería relatarlo es la inspectora en jefe Evangelis, porque esa fue la parte que le correspondió a ella, yo me refleje fue a la parte física comparativa y acoplamiento físico en el sitio y activaciones especiales, para la búsqueda de huellas latentes de un homicidio.
Pregunta: muchas gracias. El ministerio publico militar le preguntó qué tiempo duro la comisión en la inspección, no el tiempo de llegada y el tiempo de irse de la base naval de turiamo, sino el tiempo que tomó la inspección como tal, empezaron a trabajar en la inspección a tal hora y terminaron a tal hora, que tiempo duro la inspección.
Respuesta: la hora exacta en que llegamos la desconozco, la hora exacta que llegamos, porque no me recuerdo la hora exacta, yo sé que trabajamos todo el día en el sitio, mientras que la inspectora Evangelis hacia su parte técnico-policial, yo estaba realizando las experticias de lo que es acoplamiento al sitio y activaciones y el inspector Nelson Ruiz hacia su trabajo de investigación, decirle una hora exacta, no sabría especificar qué hora exacta, por lo menos, yo en el trabajo que realicé me tardé 5 o 6 horas, en el mío que yo realice en la inspección técnico-policial, no sabría decirle.
Continuación del interrogatorio por parte del otro abogado defensor privado.
Yo simplemente les voy hacer dos preguntas. La primera es: la experticia, usted realizó una experticia físico-comparativa, nos explicó en qué consistió y que resultado arrojaron esas experticias y la pregunta es, usted consignó esa experticia a este proceso.
Respuesta: la experticia si fue consignada, en su debido momento que me la solicitaron bajé, cuando bajamos de turiamo por supuesto se tipio, se procesó y se emitió a la subdelegación Maracay, que es quien lo estaba solicitando, debería estar reflejado, aquí en estas actas, la experticia como tal arrojo positivo, que el sitio presentaba signos físicos de violencia, en qué sentido, se veían cortes abruptos, que se dejan encuadrados, en los realizados por una hoja de segueta.
Posteriormente fue interrogado por los integrantes del Tribunal Militar, en los siguientes términos: Pregunta: ¿ciudadano experto, usted manifestó en forma oral que se pudo hallar unas evidencias de interés criminalistico, puede referirse en que consistían las mismas.
Respuesta: se consiguieron unos candados, se consiguieron unas cadenas con unos candados también con signos físicos de violencia y se consiguieron segmentos de metales, que cuando se le hizo el acoplamiento, nos percatamos en el momento del acoplamiento al momento de la experticia, que los mismos formaban parte original, de lo que era la oreja donde calzaban los candados.
Pregunta: esa evidencia que usted consiguió, supuestamente de acuerdo a la experticia de acoplamiento que usted realizó, donde debían de encontrarse ubicadas.
Respuesta: por lo menos en la experticia que yo realizo, yo debo fijar fotográficamente, donde originalmente deberían haber estado, porque, en el acoplamiento se denota cuando se secciona esa parte metálica, que presumimos para aquel entonces no se consiguió la hoja, para hacer el acoplamiento, se hizo un acoplamiento tanto del candado con la cadena, con los signos físicos de violencia que tenía la puerta del bunker y las mismas acoplaban, hacían una sola pieza.
Pregunta: señor experto con ocasión a esa inspección en la cual usted intervino, junto con los otros funcionarios policiales, se tomaron fotografías, como parte de inspección.
Respuesta: siempre en cualquier inspección ocular, hay que tomar, aparte de dejar tácitamente escrito, como se ve el sitio, como uno lo visualiza en el momento, hay que tomar fotografías, para dejar constancia de cómo uno ve el sitio, en toda experticia debería haber fotos.
tribunal militar: a continuación, se le va a poner de vista el manifiesto, unos medios probatorios, señalados como incorporados, señalados en el auto de apertura a juicio oral y público, identificados en primer lugar como montaje fotográfico de fecha 19 de agosto del 2014, inspección técnica policial número 2964, fotografía N°2 tomada el 19 de agosto de 2014, por favor ciudadano alguacil, ponga de vista y manifiesto dicho folio al experto, exhiba el mismo primero a las partes y luego el experto, por favor, folio 104.
Pregunta: puede afirmar respecto a dicho medio probatorio, en qué consistió el mismo, y en qué consistió dicha fotografía?
Respuesta: esa fotografía se toma, porque es la fotografía de la entrada principal del bunker, la que da acceso donde se cometió un hecho punible, y la misma, se ve, se refleja por lo menos el sistema de cierre, cierre por acoplamiento por material metálico, donde se visualiza, lo que pasa es que la foto no se ve muy clara, donde se visualiza en una de sus orejas, donde hay violencia física, donde le pasaron una segueta para poder remover, lo que era el candado que se encontraba para ese momento ahí presente.
Tribunal militar: de igual manera, se le va a poner de vista y manifiesto el contenido del medio probatorio señalado en el folio con el número 105 de la pieza número 1 del expediente, la cual se refiere al montaje fotográfico de fecha 19 de agosto, inspección técnica policial 2694, fotografía número 3 tomada al bunker número 7.
Respuesta: la siguiente foto se dio una numeración de 1 que se ve, el segmento faltante o la solución de continuidad por la discontinuidad del metal, donde originalmente estaba otra pieza metálica, que conformaban una oreja o conformaban una especie un anclaje, donde presuntamente estaba un candado, que posteriormente se consiguió más adelante.
Tribunal militar: se le va a poner de vista y manifiesto igualmente al experto, el medio probatorio, contenido en el folio 107 de la pieza 1 del expediente, denominado montaje fotográfico de fecha 19 de agosto 2014, inspección técnica policial número 2694, fotografía 5, tomada en el bunker número 7.
Pregunta: refiera, informe sobre el contenido de dicho medio probatorio, ciudadano experto, por favor.
Respuesta: la siguiente foto, muestra el cemento metálico faltante a la pieza original, que por supuesto, posteriormente en la experticia que yo hago a estas mismas fotos, se hacen acoplamiento y montajes una encima de otra, para que se visualice mejor, los cortes que se realizaron a dichas piezas.
Tribunal militar: y por último se le va a poner de vista y manifiesto el fotograma, contenido en el folio 112 de la pieza número 1.
Pregunta: ciudadano experto, informe sobre el contenido de dicho medio probatorio, por favor.
Respuesta: aquí se nota, en un monte, un segmento de eslabón, un segmento metálico, mejor conocido como eslabón, donde se deja fijar fotográficamente el sitio exacto donde se consiguió, que fue adyacente donde se encontraba el bunker.
Es así que apreciada como ha sido el presente informe oral se denota que los dichos de este experto son de naturaleza técnica, en razón a su profesión, arte u oficio y que la información aportada, fue producto de la práctica de una experticia de levantamiento del sitio del suceso como parte de un equipo de investigadores del CICPC , ordenada por parte de la Representación del Ministerio Público Militar, en aras de la búsqueda de la verdad como fin último del proceso. Es por ello que al ser valorada dicha declaración de experto, se considera que de la misma dimanan elementos probatorios que conducen a estos juzgadores a ESTIMARLA COMO PRUEBA, todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que aporta a estos juzgadores, el estado en el cual se encontraban los explosivos, las municiones y las granadas, es decir, su organización y las medidas de seguridad implementadas en el bunker N°7, cuya sustracción del ámbito de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana es objeto de la presente causa, determinándose a través de la misma, el nivel de seguridad que tenían las instalaciones destinadas al resguardo del material de guerra perteneciente a la Octava Brigada de Comandos de Mar, habiéndose determinado el daño ocasionado a las instalaciones y al apresto operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
4.- INSPECTORA JEFE EVANGELIS MARIA MARTINEZ SAAVEDRA CEDULA DE IDENTIDAD V-12.567.215, experto éste promovido por la representación del Ministerio Público, quien previamente juramentado, manifestó no tener impedimento para rendir declaración, al ser interrogado acerca de su actuación en la presente causa, expuso lo siguiente:
” En estos momentos no recuerdo, sé que he hecho una experticia, pero no se cual.
Se le concede el derecho de palabra a la representación del ministerio público de que interrogue al experto, si desea ejercer tal derecho.
Pregunta:…” si ciudadanos magistrados, voy a ejercer el derecho de palabra, muy buenas tardes ciudadana inspectora Evangelis, nos podría indicar cuantos años de ejercicio lleva en sus funciones, como inspectora del CICPC. Respuesta: en el CICPC tengo 13 años, en el área técnica tengo 6 años. Pregunta:” gracias, como tuvo usted conocimiento de la sustracción de las 16 granadas, hecho ocurrido en la Octava Brigada de Mar, en turiamo, específicamente. JUEZ PRESIDENTE: disculpe ciudadano fiscal, esa pregunta que usted acaba de formular es totalmente sugestiva, en razón, a que lleva implícito, una afirmación que la experto ningún momento ha dado o se ha referido a ella, esa pregunta puede hacerse, no obstante, la experto tiene referirse a ella, para que esta pueda responder sobre la misma, por favor reformule su pregunta.
Fiscal Militar: gracias ciudadano magistrado, voy a solicitar muy respetuosamente a esta digna magistratura, que se le ponga de vista y manifiesto la inspección técnica número 2694, suscrita por la comisionada EVANGELIS MARTINEZ, la cual se encuentra en el folio 102 en la pieza número 1. Pregunta: reconoce usted ciudadana inspectora, la firma que aparece en dicha inspección. Respuesta:” si la reconozco, es mía. Pregunta: ” nos podría indicar si la misma le pertenece. Respuesta:” si, es mía. Pregunta:…” en qué lugar realizo dicha inspección. Respuesta:” específicamente en el bunker número 7 del Apostadero Naval TN Tomas Vegas, específicamente en la Octava Brigada de Comandos de Mar Generalísimo Francisco de Miranda, ubicada en el municipio costa de oro del estado Aragua. Pregunta:”encontraron alguna evidencia de interés criminalística en dicha inspección. Respuesta:” Sí. Pregunta:” nos podría indicar cuáles fueron las evidencias de interés criminalístico, que encontraron en la inspección realizada. Respuesta:” una cadena de metal de dos metros con treinta centímetros, dos candados anti cizalla de metal, unidos por medio de su perno con inscripción donde se lee sisa 26510-94, un eslabón y un segmento de metal, que forma parte de una cadena. Pregunta:” en compañía de que personas realizó dicha inspección y en qué lugar. . Respuesta:” del inspector agregado NELSON RUIZ y LUIS ANGULO. Pregunta:” en las evidencias de interés criminalística, posteriormente tomaron o se le realizaron una cadena de custodia de los mismos, de las evidencias colectadas. Respuesta:” si, al momento de ser colectada, se le realizó el vaciado la cadena de custodia a la planilla como tal. Fiscal Militar:” voy a solicitar muy respetuosamente a este digno tribunal, que se ponga de vista y manifiesto a la ciudadana inspectora el montaje fotográfico de fecha 19 de agosto del 2014, la cual se encuentre específicamente en el folio 103 de la pieza número 1. JUEZ PRESIDENTE: ya la defensa pudo apreciar el montaje fotográfico, las inspecciones, entonces la experto por favor, para ahorrar tiempo, va a solicitar otro montaje fotográfico. Fiscal Militar:…” si ciudadano magistrado, el montaje fotográfico de la misma fecha 19 de agosto del 2014, el cual se encuentra en el folio 104 de la pieza número 1, el montaje fotográfico del fecha 19 de agosto del año 2014 realizado en el bunker número 7 el cual se encuentra ubicado en el folio 105 de la pieza número 1, así mismo folio 107 pieza número 1, folio 109 pieza número 1 y folio 112 pieza número 1, esos son todos, ciudadanos magistrados. Pregunta:”nos podría indicar la inspectora, quien realizó dichos montajes fotográficos. Respuesta:…” yo. Pregunta:…” nos podría manifestar en cada uno de esos montajes fotográficos, en qué lugar se tomaron las mismos, si fueron dentro del bunker o fuera de los mismos. Bunker número siete (7) rectifico. Respuesta:…” bien, como se puede apreciar la imagen, la 103 y 104 fue afuera del bunker, la 105 fue afuera, la 107 fue afuera, la 109 fue adentro del bunker, la 112 fue afuera. Pregunta:…”en dichos montajes fotográficos se encontraron algunas pruebas de interés criminalístico, tanto fuera del bunker, como adentro del bunker. Respuesta:” sí. Pregunta:…” nos podría indicar que evidencias de interés criminalístico, fueron encontradas en las mismas. Respuesta:…” como bien lo, la 105 se realizó una toma fotográfica, por las condiciones no se podía llevar, era una parte de la armella que estaba ajustada, condicionada a la puerta y no se podía trasladar al departamento, para hacer la experticia por eso se tomó y se realizó la toma fotográfica y se midió para posterior realizar la experticia en el laboratorio, la 107 es uno de los segmentos que fue colectado que se encontró en el bunker, afuera del bunker, la 109 por la magnitud no podíamos trasladar la caja contentiva de las granadas que tenía ahí, y se tomó la fotografía y se dejó constancia del estado en que se encuentra, era un completo desorden, en ese momento, pero lo que pasa es que no se tomó esa foto, para que tenga conocimiento, una de las personas que estaba ahí, un militar no se el rango, abrimos otra caja y nos enseñó la forma específicamente como ellas iban ordenadas, por eso digo que estaban en desorden, cada una tiene su puesto, la 111 también se abrió y se encontraba también en total desorden, las granadas que se encontraban ahí, igualmente se dejó constancia, se tomó fotografía porque no se podía hacer el traslado al laboratorio y la 112 uno de los eslabones y un segmento que se encontró en la parte de afuera del bunker. Pregunta:…” debido a su experiencia en la misma y su trayectoria, usted nos podría indicar si pudieron determinar u observar, que dentro del bunker había alguna violación del mismo, de seguridad. Respuesta:…” si, evidentemente en la inspección, cuando yo la realizo, se encontraba como dispositivo de seguridad, que es en la fotografía 105, que estaba cercenada la armella, que ajustaba con la cadena y el candado, presumimos que estaba en la parte de afuera de allí. Pregunta:…” a que distancia aproximadamente, se encontraron los otros dos rastros de los eslabones cercenados, del bunker número siete (7). Respuesta:…” aproximadamente como a unos 6 metros, de la puerta principal de ahí como unos 9 metros. Pregunta:”Asimismo, cual fuel el organismo que insto a que el CICPC se trasladara a la Octava Brigada de Comando de Mar. Respuesta:…” puede repetir la pregunta. Pregunta:…” si, cual fue el organismo que solicito el apoyo para que pudieran trasladarse a la octava Brigada de Comandos de Mar, para que realizaran dicha inspección técnica. Respuesta:…” realmente no tengo conocimiento, yo solo recibí ordenes de mi jefe, para que me trasladara al sitio, hacia turiamo, lo que se presumía era que habían abierto uno de los bunker y que habían sustraído varias armas de fuego, más nada. Pregunta:…” cuál fue el día si se recuerda, en que ustedes se trasladaron para la Octava Brigada de Comandos de Mar, para realizar dicha inspección. Respuesta:…” el día exacto no lo recuerdo, según las inspección fuel el día 19 de agosto del 2014. Pregunta:…” cuantos días duro esa inspección y esos montajes fotográficos. Respuesta:…” un día. Respuesta:…” gracias esas son todas las preguntas. JUEZ PRESIDENTE: se le concede el derecho de palabra a la representación de la defensa técnica de que interrogue al experto, si a bien pudiere ejercer tal derecho.
Pregunta: buenos días ciudadano juez, buenos días ciudadana secretaria, fiscal del Ministerio Publico Militar, buenos días ciudadana inspectora jefe EVANGELIS MARTINEZ en su condición de experto, vamos a realizar una serie de preguntas relativas a presunto hecho que ocurrió, ¿tiene usted conocimiento de porque la Fuerza Armada Nacional acude a un órgano de investigación criminal para intervenir en el lugar del suceso.
Respuesta: presumo, porque no reúne el equipo técnico como tal, ellos se dieron cuenta que era necesario realizar cierta experticias, realizar ciertas diligencias, que ellos no tienen competencia, que es la parte criminalística. Pregunta: ¿ si se presume como usted bien lo dijo, que la Fuerza Armada Nacional carece de cualidad para realizar este tipo de investigación, y se apoya en el cuerpo de investigación criminal nacional y consideraron que la puerta y otros elementos de interés criminalistico, eran muy grandes para ser trasladados para su laboratorio para las debidas experticias, porque no se llevó la puerta, porque ustedes no se llevaron la puerta, si era algo de suma importancia en interés criminalistico, porque no era responsabilidad del comando que ustedes se llevaran la puerta, sino era responsabilidad del cuerpo, del órgano, que tiene la condición legal para hacer la investigación. JUEZ PRESIDENTE: ciudadano fiscal solicita el derecho de palabra.
FISCAL MILITAR TENIENTE FROILAN PAEZ: si, ciudadano juez, solicito de manera respetuosa a la defensa técnica que sea más explícito en la pregunta porque realmente. JUEZ PRESIDENTE: disculpe ciudadano fiscal usted está ejerciendo alguna objeción. FISCAL MILITAR TENIENTE FROILAN PAEZ: si una objeción. JUEZ PRESIDENTE: explique los fundamentos en los que basa su objeción. FISCAL MILITAR TENIENTE FROILAN PAEZ: en virtud de que aquí solo se está valorando a la experta EVANGELINE MARTINEZ, ella solo puede dar respuesta técnica de la experticia que realizó, mas no otras acciones que está manifestando la defensa. JUEZ PRESIDENTE: la defensa técnica explique los fundamentos en los que basa su pregunta. DEFENSA TECNICA PRIVADA: si, ciudadano juez es evidente que la inspector jefe EVANGELIS MARTINEZ manifestó en esta digna sala de audiencia de juicio, que la puerta constituía un elemento de interés criminalistico y determinaron que por comodidad o por situación circunstancial de la unidad naval, que no podían llevarse la puerta, sin embargo se limitaron exclusivamente a un recurso fotográfico que no va a evidenciar, con las pruebas que necesita de interés criminalistico, una prueba contundente, simplemente la unidad naval o la Fuerza Armada no tenía la capacidad para hacer una investigación de esta índole, con decir que necesitaban llevarse la puerta, el comandante de la unidad ha debido tomar otras acciones para colocar otra puerta, simplemente JUEZ PRESIDENTE: bueno, una vez deliberado por la objeción propuesta por la representación del ministerio público, este tribunal militar estima declarar la misma con lugar, en razón a que el defensor ha realizado una serie de alegatos, que implican de la experto un juicio de valor, que no le corresponde a ella, exponer sobre los mismos, porque por ejemplo, que la fuerza armada no tiene cualidad para realizar ese tipo de actuaciones, claro que si tiene, a través de sus órganos especializados en ellos, guardia nacional, organismos de inteligencia, organismos de policía militar, pueden hacerlo los que tengan competencia, no obstante, la fuerza armada, en este caso, la superioridad de esa unidad, hizo uso del órgano auxiliar, del CICPC, que como todo fiscal militar investiga sobre un hecho punible de naturaleza penal militar puede utilizar en sus ejercicio ese órgano auxiliar en este caso, el CICPC, por qué se llevaron o no la puerta, eso es cuestión que corresponderá ya exponerlo a ella, pero no es una cuestión, el experto debe limitarse a lo que se refiere la inspección técnica esa pregunta, del por qué no se llevaron la puerta, puede hacerla, pero esa serie de premisas o de alegatos que hizo anteriormente, no corresponde a la pregunta concrétese por favor y reformule su pregunta y concrétese a lo que expone la experto, en su inspección técnica.
Pregunta: si señor juez, ciudadana inspectora como hizo usted la inspección, nos puede narrar a este tribunal cual fue el procedimiento, la parte mecánica de la inspección de la colección de las evidencias criminalísticas, que usted nombro anteriormente. Respuesta: bueno, para realizar la inspección, por supuesto primero utilizamos el método de la observación, realice un recorrido por todo el bunker, en busca de alguna evidencia de interés criminalística, las cuales ya mencione anteriormente, las que se encontraron, primero se entró al bunker, luego salimos del bunker, a hacer una búsqueda más minuciosa, en la inspección, hago acotación que a su alrededor hay vegetación, se presumía de que si habían dejado algún rastro o de algún indicio que guardara relación, encontramos segmentos de esa cadena, con respecto a la otra pregunta yo sé que no, yo sé que obviaron la pregunta del doctor, con respecto del porque no me lleve la puerta yo se la voy a responder, yo no tengo ningún tipo de problema, para eso nosotros nos llevamos al experto LUIS ANGULO, que es el de activaciones especiales, cuando se forma una comisión de este tipo, va un investigador, va uno de inspecciones y va un experto de laboratorio, porque no nos trajimos la puerta, para eso nosotros somos expertos, para eso nosotros realizamos algunas experticias en el momento, le voy a poner un ejemplo, si aquí lanzan una granada si estamos hablando de este caso y se lleva la mitad de la pared yo no voy a venir a llevarme toda la estructura completa para el laboratorio, para eso yo traigo mis expertos en siniestro y ellos realizan la experticia, aquí no es necesario que yo me lleve la puerta para allá, para eso se llevó a LUIS ANGULO y el hizo la experticia necesaria que ya anteriormente había dicho, que es una experticia de acoplamiento, que se realizó allí por eso no nos llevamos la puerta. Respuesta: ciudadano juez, si la experta respondió mi pregunta, que estaba objetada por la fiscalía, yo también tengo derecho hacer una acotación. JUEZ PRESIDENTE: Cddno. Defensor, yo le informe a usted que la pregunta, por qué no se llevaron la puerta, podía realizársela, pero le expliqué que los argumentos utilizados anteriormente, no eran propios, válidos para esa pregunta, eso es, lo que el defensor no puede hacer acotaciones al experto, sino interrogarla, esa es la función de Ud. ahorita, interrogar al experto en base a su declaración, a su informe. DEFENSA TECNICA PRIVADA: Estoy de acuerdo con usted, yo plenamente soy defensor de obediencia en esta sala de juicio y de confiar en ustedes de su magistratura, para llegar a la verdad verdadera, pero ya que la experta a dicho eso, yo no estoy hablando de explosiones, estoy hablando de una evidencia criminalística que han tenido la posibilidad de reactivarla en sus laboratorios, yo estoy de acuerdo que en una explosión no nos vamos a llevar toda la infraestructura, sin embargo bueno evidentemente estoy de acuerdo con su posición y que en búsqueda de esos subterfugios para llegar a la verdad, la exposición de la experta es pertinente, sin embargo también considero que debemos tener derecho a que nos explique el por qué no se llevaron la puerta, ya la respondió, pero no cabe el ejemplo de la explosión, porque evidentemente en una explosión tendríamos que todos los productos de la deflagración de la explosión, habría que llevárselo, sin embargo, ellos están respondiendo y nosotros estamos aclarando, si la fuerza armada, nunca he dudado que no tenga la capacidad y la cualidad legal de hacer una investigación, de hecho lo hacen, cada vez que se cae un avión, por ejemplo hacen una investigación aeronáutica, pero en este caso estamos buscando la verdad, porque estamos decidiendo sobre la libertad de un hombre y de varios hombres, creo que la oportunidad de las partes se hace evidente y elocuente en esta oportunidad, con su venia y todo el respeto que merecen este cuerpo de magistrados, también se me debe dar la oportunidad, ya que fue iniciativa de la experta. JUEZ PRESIDENTE: se le está dando la oportunidad para que interrogue a la experta, en base a su declaración previa y en base a la inspección técnica rendida por la misma, a eso debe sujetarse su interrogatorio. Pregunta: gracias ciudadano juez, ciudadana experta como se hizo la colección especifica de las evidencias de interés criminalistico que ustedes pudieron manipular al momento. Respuesta: me puedes repetir la pregunta no entendí la colección. Pregunta: ¿cuál fue el procedimiento mecánico que ustedes utilizaron para colectar del sitio del suceso, aquellos elementos que ustedes consideraron de interés criminalistico? Respuesta: primero hicimos el uso de los siguientes instrumentos, los guantes, cada quien utilizo sus guantes, por eso las fotografías aparece que utilizamos los guantes, en el momento en que logramos ubicar esté las evidencias, las mismas fueron fijadas fotográficamente en el mismo momento que fueron encontradas, se embalo, se rotulo y se llevó al laboratorio, por supuesto que al momento se realizaron las respectivas cadenas de custodia. Pregunta: durante la inspección que ustedes hicieron, el equipo del CICPC que se trasladó al lugar, durante esa inspección ustedes pudieron determinar cuando ocurrió ese hecho. Respuesta: No. Pregunta: existe, ciudadana inspectora, existe algún instrumento científico, algún instrumento o algún procedimiento de reacción química, algún elemento que utilizar para determinar el grado de oxidación de los eslabones rotos, que podría determinar la data en la cual fueron cercenados, fueron cortados, el CICPC cuenta con esta instrumentación, ese procedimiento científico. Respuesta: con respecto a determinar el grado de la oxidación, si lo determinan los expertos del laboratorio criminalistico. Pregunta: se pudo determinar el tiempo, según esa prueba de reacción química, cuando ocurrieron los hechos. Respuesta: desconozco, porque yo no hice ese tipo de experticia, repito que para eso fue LUIS ANGULO, quien realizo esa experticia. DEFENSA TECNICA PRIVADA: ciudadano juez, solicito que quede en constancia en actas, de esta actuación del cuerpo investigativo criminal. JUEZ PRESIDENTE: Ciudadano secretario deje en constancia la pregunta efectuada y la respuesta dada por el experto. Pregunta: ciudadana inspectora jefe, dentro de todas las experticias colectadas, llevadas de acuerdo al procedimiento del ministerio público, en el manual de cadena de custodia, usted firmo el primer eslabón de la cadena de custodia cuando colectaron las evidencias de interés criminalístico. Respuesta:”sí. Pregunta: cuando usted pasó al bunker número siete (7), acompañada de las personas que nombro en esta sala de audiencias, usted vio de manera comparativa dos cajas de granadas, una que tenía un orden específico dentro de la caja y una que no tenían el orden, ustedes pudieron determinar porque esa caja no tenía el orden o esa caja fue una consecuencia o el producto de lo sucedido en ese momento. Respuesta: no, no tengo conocimiento, como bien lo explique, cuando nosotros estábamos realizando la inspección, estábamos en esa búsqueda de interés criminalistico que son relevantes, vimos varias cajas que estaban yuxtapuestas, una sobre otra por supuesto que las abrimos, una por una las abrimos, para ver el orden, porque desconocemos, de mi parte ya lo he explicado, no tengo conocimiento de nada de cuestiones militares, no tengo conocimiento de eso, queríamos saber si todas estaban completas, todas estaban ahí, porque la información era que cada una debería estar en su lugar, en su puesto como tal, cuando comenzamos abrir estaban todas, excepto estas dos cajas, que estaban de un lado, recuerda que cuando uno hace la inspección, vamos a resaltar aquel elemento que tu percepción ve que esta fuera de lugar, de repente no es evidente o para el momento no sabíamos, que era lo que habían sustraído, por los momentos no sabíamos si eran granadas o no, por eso se realiza toda esa búsqueda, cualquier cosa, el elemento, la sujeción, la percepción, juega un papel muy importante, cuando uno entra a un sitio observa todo y ve que algo está fuera de lugar, que no va ahí, entonces tu dejas constancia de aquel indicio que tu percepción vio, o que tú mismo sentiste que estaba fuera de lugar, para eso se hace la inspección, para dejar constancia de ese tipo de elementos, que encontramos fuera de lugar y pareció relevante colocarlo y dejar constancia, porque si bien es cierto, habían varias cajas en forma ordenada, casualmente habían dos que no estaban, que digo que esas eran las faltantes, no puedo decir, porque hasta allí mis conocimientos no llegan. Pregunta: inspector jefe, si usted hizo el levantamiento fotográfico del área y usted entró con un militar, que evidentemente no recuerda el nombre, usted en algún momento hicieron un conteo de armamento, municiones, material explosivo, granadas, en algún momento ustedes hicieron un conteo de ese material. Respuesta:…” el conteo no lo hice yo, nosotros conformamos, fuimos varios funcionarios, puedes preguntarle al NESON RUIZ y él te dirá si lo hizo o no, era el inspector que andaba conmigo, para eso conformamos como bien lo dije, una comisión multidisciplinaria para poder, recuerde que si ve la hora de la inspección fue a las 5 de la tarde, teníamos que jugar con el factor tiempo, porque en ese momento ya estaba oscureciendo y el sitio era con bastante vegetación. Pregunta: ciudadana inspectora, el equipo multidisciplinario como usted dice que fue al lugar del suceso, hicieron un conteo del material que presuntamente faltaba. Respuesta: ” le repito, yo desconozco de eso, yo me limite a realizar la inspección, si faltaron o no, mi parte fue realizar la inspección y esa búsqueda de alguna evidencia y de realizar las tomas fotográficas, de entrevistarme con alguien tampoco, porque esa no era mi función, cada quien va a una función específica, para eso va el investigador del caso, repito que en esta caso fue NELSON RUIZ, si usted me habla de la experticia de acoplamiento, de oxidamiento, para eso le dije que fue el inspector LUIS ANGULO, que realizo ese tipo de experticia, cada quien va a su función específica si yo voy a un sitio y voy a realizar la inspección, yo no tengo porque estar hablando con cualquier militar, mira que fue lo que paso aquí, mira, yo solamente llegue aquí y me dijeron mira este es el bunker, se presume que fue de aquí, que realizaron ellos, que se yo una inspección y vieron que ese era el único que estaba, que habían violado las medidas de seguridad de ellos, nosotros fuimos y realizamos esa inspección. Pregunta: tuvo usted algún conocimiento si lo colectado de interés criminalistico, inculpaba a alguien. Respuesta:” primero, no tenía conocimiento, pero me imagino que si, por algo estoy aquí, pero hasta ahí no sé, nosotros nos limitamos realmente hacer la inspección, que si yo voy averiguar si alguien quedo preso o no, hasta allí no llego yo, no es mi interés, mi interés era realizar la inspección y realizar las respectivas experticias. DEFENSA TECNICA PRIVADA: no más preguntas ciudadano juez.
Es así que apreciada como ha sido el presente informe oral se denota que los dichos de esta experto son de naturaleza técnica, en razón a su profesión, arte u oficio y que la información aportada, fue producto de la práctica de una experticia de levantamiento del sitio del suceso como parte de un equipo de investigadores del CICPC, ordenada por parte de la Representación del Ministerio Público Militar, en aras de la búsqueda de la verdad como fin último del proceso. Es por ello que al ser valorada dicha declaración de experto, se considera que de la misma dimanan elementos probatorios que conducen a estos juzgadores a ESTIMARLA COMO PRUEBA, todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que aporta a estos juzgadores, el estado en el cual se encontraban los explosivos, las municiones y las granadas, es decir, su organización y las medidas de seguridad implementadas en el bunker N°7, cuya sustracción del ámbito de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana es objeto de la presente causa, determinándose a través de la misma, el nivel de seguridad que tenían las instalaciones destinadas al resguardo del material de guerra perteneciente a la Octava Brigada de Comandos de Mar, habiéndose determinado el daño ocasionado a las instalaciones y al apresto operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
PRUEBA DE TESTIGOS
Durante el desarrollo del Debate Oral y Público se evacuaron los siguientes órganos de prueba en calidad de testigos, promovidos por la Representación del Ministerio Público Militar y la Representación de la Defensa Técnica, los cuales merecieron a este órgano jurisdiccional militar la valoración que a los mismos se atribuye:
1.- Declaración testifical rendida por el ciudadano Teniente de Navío CRUZ JOSÉ TORRES SANCHEZ titular de la cedula de identidad V-14.940.357, promovido por la Representación del Ministerio Publico Militar. Edad 34 años, estado civil casado; Domicilio en los guayos estado Carabobo; unidad que es plaza actualmente y que cargo posee en la misma; Jefe de la División de Personal de la Octava Brigada de Comandos de Mar; Parentesco, No señor juez”. Conocimiento que tiene usted sobre los hechos objeto del presente juicio “El día 13 de agosto del 2014, se efectuó una revista a los bunker 6 y 7 en compañía del Capitán de Navío JIM GENTILE NIEVES, el Teniente de Fragata HERRERA DICKSON y mi persona, aproximadamente a las 09:30 horas, allí se efectuó una revista a los libros de control administrativos y se inspeccionó aleatoriamente unos lotes de municiones 9mm y una munición calibre 12 de escopeta; posteriormente nos dirigimos al bunker número 7, se hizo la inspección a los libros de control y se cerró el bunker y bajamos al Comando de la Octava Brigada de Comandos de Mar, posteriormente el día jueves el Teniente HERRERA DICKSON recibía oficial jefe de la guardia por la Octava Brigada de Comandos de Mar y no asistió a la reunión que se tenía previsto con los profesionales de la División, eso ocurrió a las 08:30, a quienes les ordene por su cargos unas responsabilidades, al Sargento Mayor de Tercera GUILLEN, le ordene sacar una carpa que se iba a utilizar el día viernes para la juramentación y licenciamiento del contingente enero13, no recuerdo exactamente que contingente, pero era para el acto de juramentación y licenciamiento y al Sargento Segundo MEDRANO le ordene buscar un material para efectuar el desmalezamiento, que iniciara el desmalezamiento el día lunes a ambos Bunker, al mediodía me reuní con el Teniente HERRERA DICKSON a la altura del estacionamiento, por dos motivos, una para preguntarle sobre la comunicación que se realiza los días jueves sobre la inspección que se realiza a los bunker y verificar pues, el lacrado de las llaves, de acuerdo a lo que está estipulado en el POV de la unidad, a las 14:30 bajé a tierra, hasta el día lunes 18 de agosto, cuando en el sector del el limón le di la cola al Sargento GUILLEN y a un Sargento Mayor de Segunda PEREZ ELIO, posteriormente asistí a la formación de control a las 14:00 hrs y nos reunimos en la oficina y a eso de las 16:30 horas subimos el Teniente HERRERA, el Teniente de Fragata ZACARIAS, un grupo de alumnos de la escuela del comando de mar y el Teniente Fragata CARLES que era el oficial de guardia de ese día, la otra vez no lo mencione, hice memoria y el Teniente CARLES tenia guardia ese día, subimos en el 350 y cuando llegamos al bunker número 7, el Teniente de Fragata HERRERA se adelanta y cuando va abrir el candado que está sujetando la cadena, porque tenía asegurada la cadena, se desprende el candado hacia abajo y es cuando él me llama, yo me acerco al sitio, digamos que estábamos como a 7 metros de distancia, yo llego al sitio y le ordeno que deje todo así, le tomo una foto y llamo al oficial que se había quedado el fin de semana de responsabilidad, que era el Capitán HERNANDEZ MATERAN, cuando el Capitán llega al sitio llama a los oficiales superiores que se encontraban a bordo, porque el Comandante no se encontraba en ese momento en la unidad, que era el Capitán de Fragata RIVERO GARCÍA y el Capitán de Fragata hoy Capitán de Navío CANINO ANGEL, simultáneamente le mando un mensaje al Comandante, para informarle que había una novedad en el Bunker número 7, el Capitán RIVERO cuando llega al sitio llama al comandante, logra establecer comunicación y ordena hacer una inspección al Bunker, el Teniente HERRERA ingresa al Bunker, mi persona ingresa al Bunker y estamos haciendo una inspección y comenzamos por el costado derecho y ahí donde se encontraban las granadas, nos percatamos que faltaban 8 granadas de un lote y 8 granadas del otro lote, después que nos percatamos de eso, íbamos a seguir contando, recibimos la información que el Comandante manda a suspender la inspección, para esperar a los especialistas de investigación, para realizar las investigaciones respectivas, a las 20:30 horas el Comandante llega a la unidad, se apersona al Bunker número 7 y ordena colocar un vehículo al frente del Bunker, ordena cerrar, colocamos un vehículo frente al Bunker y se colocó una guardia comprendida de un Sargento y un tropa alistada, al siguiente día martes a primera hora llega la comisión de la Inspectoría General de la Armada, encabezada por el jefe de investigaciones que era el Contralmirante ALVARADO, se me fue el nombre del Contralmirante, de ahí comenzaron las averiguaciones y el día 20 fui entrevistado por el fiscal militar, es todo”.
FISCAL MILITAR
Pregunta ¿Podría por favor mencionar que tipo de material se encuentra en el Bunker numero 7? Respuesta “En el Bunker número 7 se encuentra todo el material de explosivos, explosivos, granadas, si específicamente eso, tanto granadas de fusil, granadas de mortero, granadas de mano, granadas de humo y explosivos como tal, C-4, TNT”. Pregunta ¿A qué material le pasaron revista el día 13 de agosto en los Bunker 6 y 7? Respuesta “En el Bunker número 6 se le pasó revista a la munición nueve milímetros y a un lote de cartuchos 12, en el Bunker 7, no se le pasó revista a ningún material, solo se contactó el control administrativo que se lleva en el Bunker” Pregunta ¿Al Bunker número 7 no se le pasó revista ciudadano testigo? Respuesta “Se aperturó el Bunker, visualmente vimos todo el material pero no se contó, ahí el segundo abrió las carpetas, porque para retirar el material, hay un control, que es una hoja de requerimiento y además de la hoja que se deja constancia del material que se está sacando, también hay un libro que firma el que está retirando el material, a todos esos libros a las carpetas a eso fue lo que se le paso revista.” Pregunta ¿Recuerda porque no se le pasó revista al material sino solamente a la documentación? Respuesta “No, no hubo ninguna instrucción de contar el material, el segundo se apersonó a ambos Bunker y en el otro porque es muy sensible la munición de 9, entonces el segundo, porque la munición 9 es muy llamativa, entonces él a su criterio, bueno vamos a contar la munición 9 mm y la munición de 12 porque no sale, en la unidad, muy poco sale la calibre 12 y bueno le efectuamos una inspección a eso”. Pregunta ¿Ciudadano testigo, podría por favor mencionar quien se encontraba de guardia el día lunes 18, quien se encontraba de guardia, a quien le correspondía pasarle revista a los Bunker, específicamente al Bunker número 7, cual es el nombre del profesional que se encontraba de guardia el día lunes, por favor? Respuesta “El día lunes recibió guardia el Teniente de Fragata CARLÉS” Pregunta ¿CARDENAS? Respuesta “CARLES, sin embargo, aquel jefe de la guardia evidentemente de la guardia, sea jueves o viernes, el que recibe y entregue debe pasar revista a ambos Bunker, es decir el día jueves, viernes, sábado y domingo, en todos esos días hasta el día lunes pues” Pregunta ¿A quién le correspondía pasar revista al Bunker, específicamente al Bunker que nos cita, el Bunker número 7, los días jueves, viernes, sábado y domingo? Respuesta “A cada uno de los jefes de guardia que recibían guardia ese día” Pregunta ¿Ciudadano testigo los días jueves viernes, sábado y domingo, cuando es fin de semana, se queda un grupo que presta servicio a toda hora, servicio de seguridad a toda la brigada, durante esos servicios del fin de semana, corresponde un profesional uno para el día viernes, otro para el día sábado y otro para el día domingo o es durante todo el fin de semana un grupo y un profesional para funciones específicas, quiero pues enfocarme en la seguridad y revista del Bunker numero 7? Respuesta “Lo que este estipulado en el POV de la unidad, es que el oficial jefe de la guardia de ese día indiferentemente el día jueves, viernes, sábado y domingo, tiene que efectuar tres revistas diurnas y por lo menos una revista nocturna durante su servicio de día, adicionalmente el profesional de acuerdo a su experiencia determina si aumenta el número de revistas y aleatoriamente designa a profesionales del grupo de reacción, para efectuar la revista acompañando al oficial, en este caso si es el oficial de guardia, jefe de la guardia perdón, al recorrida o al oficial de inspección” Pregunta ¿Ciudadano Teniente de Navío, en el desplazamiento que hicieron el día lunes en horas de la tarde a buscar un material a cumplir con funciones pues, encomendadas por el comando, las revistas del día lunes, tiene usted conocimiento que ocurrió con las revistas del día lunes, en virtud que se presume que estaba ya el ocaso, que estaba cayendo el día, que ocurrió con las revistas del día lunes? Respuesta “Desconozco, si el oficial de guardia de ese día paso revista” Pregunta ¿Teniente de Navío, tiene usted conocimiento si durante los días jueves, viernes, sábado y domingo se encontraba dentro de la Octava Brigada de comandos de Mar el Teniente de Fragata DICKSON HERRERA? Respuesta “Si, se encontraba de guardia, durante todo el fin de semana, estaba en el grupo de reacción y su responsabilidad era los Bunker, si en caso que surgiera la necesidad, por instrucciones del comando superior de sacar alguna munición o explosivos durante esos días” Pregunta ¿La responsabilidad del grupo de reacción específicamente del Teniente de Fragata HERRERA DICKSON, menciona usted ciudadano testigo que se encontraba en los Bunker, podría usted como oficial de más antigüedad que el Teniente de Fragata de la misma unidad, mencionarnos cuáles eran esas funciones o esas responsabilidades como un oficial perteneciente a la guardia de grupo de reacción, cuáles eran esas responsabilidades en torno a los Bunker del Teniente de Fragata DICKSON HERRERA? Respuesta “La responsabilidad del grupo de reacción, se queda el profesional específicamente encargado del Bunker, es en relación, para que al momento de alguna contingencia en que se tenga que sacar algún material, bien sea de ambos depósitos de munición o explosivos, sea él, a su vez con el oficial de responsabilidad que tiene las llaves de fin de semana, sea el oficial de guardia de la Bricomar 8 para el día que asistan, abran, den apertura al Bunker y sea él pues, que entregue el material, porque es el que sabe el procedimiento, sabe cómo es la hoja de requerimiento, sabe cómo se llenan los libros y evidentemente sabe dónde está todo el material, que allí se encuentra dentro de los Bunker”. Pregunta ¿En cuanto a las revistas ese oficial responsable de todas las funciones que usted acaba de mencionar y perteneciente a la guardia de grupo de reacción, tiene responsabilidad de pasarle revista a los Bunker? Respuesta “La responsabilidad de acuerdo al P.O.V está establecido que era el oficial jefe de la guardia, lo especifica en el P.O.V”. Gracias señores magistrados, no tengo más preguntas, gracias ciudadano testigo.
DEFENSA TÉCNICA
Buenas tardes ciudadanos magistrados, buenas tardes ciudadano fiscal del ministerio público militar, ciudadano secretario, Teniente de Navío CRUZ TORRES, publico presente, muchas gracias Teniente de Navío, por estar en este digno tribunal, de verdad que ha sido muy clara su exposición, sin embargo para clarificar lo que a bien ha dicho el ministerio público, nosotros queremos que quede claro, con permiso del ciudadano juez.
Pregunta ¿Cuáles eran sus funciones para el momento de la incertidumbre que ocurrieron los hechos, porque no sabemos cuándo ocurrieron, cuáles eran sus funciones en el momento que surgió la novedad, la novedad que se desprendió un anexo de seguridad del Bunker, que era la cadena y las argollas de seguridad, cuáles eran sus funciones exactamente? Respuesta “Mis funciones era jefe de la división de logística de la Octava Brigada de Comandos de Mar”. Pregunta ¿Cuáles eran sus funciones? Respuesta “Jefe de la dirección de personal de la Octava Brigada de Comando de Mar”. Pregunta ¿Todo el personal que está asignado a esa unidad estando o no estando de guardia, franco o no franco de servicio, a bordo o no a bordo de esa unidad está en conocimiento del P.O.V? Respuesta “Si está en conocimiento”. Pregunta ¿Usted podría indicar a este digno tribunal la distancia que hay desde el puesto de guardia, al área en cuestión, no solamente del Bunker número 7, sino todos los Bunker que tiene que ver con armamento bélico, aproximadamente que distancia hay, que se puede verificar en una simple aplicación computarizada de google earth, aproximadamente? JUEZ PRESIDENTE: “Esa última acotación que hizo que puede ser verificada en una aplicación de google earth, ese conocimiento técnico no tiene por qué estar del conocimiento del testigo, repita la pregunta por favor”. Pregunta ¿Qué distancia aproximada recorre la guardia, cuando el jefe de la guardia pasa revista en el Bunker número 7, que es el Bunker en cuestión, que distancia aproximada hay? Respuesta “Aproximadamente un kilómetro, un kilómetro doscientos metros”. Pregunta ¿Existe un vehículo asignado a usted como comandante logístico de la unidad militar naval, para pasar revista, en el P.O.V aparece un vehículo asignado para pasar revista? Respuesta “No, no lo establece”. Pregunta ¿En aquel momento existieron equipos electrónicos para supervisar la seguridad del área en cuestión, en aquel momento existía todo lo que yo nombre, sistema electrónico de alerta temprana, cámaras analógicas o digitales, centinelas diurnos y nocturnos permanentes y específicamente en el Bunker numero 7? Respuesta “No tenía ningún sistema de seguridad electrónico”. Pregunta ¿En aquel momento existía un centinela diurno y nocturno? Respuesta “No estaba ningún centinela”. Pregunta ¿El Teniente de Fragata está bajo sus órdenes directas, correcto? Respuesta “Sí” Pregunta ¿Cómo fue la actuación en aquel momento, profesionalmente hablando del Teniente Fragata DICKSON HERRERA, bajo sus órdenes? Respuesta “Un oficial de excelente cualidades, respetuoso y muy, ósea cuando se le hacían las observaciones pertinentes era muy humilde y aceptaba sus errores y tomaba acciones”. Pregunta ¿En aquel momento en el pretérito que estamos ubicándonos nosotros fue calificado cuantitativamente con cuánto? Respuesta “De manera excelente, de 99 puntos hacia arriba”. Pregunta ¿Era un oficial que no incurrió en faltas leves, medianas ni graves para aquel momento? Respuesta “Correcto”. Pregunta ¿Teniente de Navío, usted cuando tenía esa responsabilidad de jefe logístico de la unidad, usted manejaba en aquel momento una partida administrativa, que pudiese en aquel momento tomar decisiones para asegurar con sistema especiales, la vulnerabilidad del área señalada? Respuesta “La división de logística no maneja ningún recurso financiero”. Pregunta ¿Cuántas veces, estando usted en el comando logístico de la unidad militar naval, usted se pudo percatar de alguna inspección de la Inspectoría General de la Fuerza Armada Nacional relativa armamento, que haya visitado la Brigada de Comandos de Mar? Respuesta “Cuando asumí el mando de la división de logística, se hizo una comunicación solicitando una inspección al DAEX dirección de armamento y electrónica de la armada para verificar unas incoherencias unos seriales de unos fusiles AK-103, sin embargo al llegar la comisión del DAEX, se aprovechó y se hizo la inspección a ambos Bunker donde se actualizaron la base de datos, posteriormente eso fue en diciembre, en enero del año 2014, a mediados de enero recibimos una inspección por parte de la infantería de marina y posteriormente en febrero de ese mismo año vino una inspección de la inspectoría de la armada”. Pregunta ¿Usted tuvo en ese momento acceso al resultado del informe de la inspectoría de la fuerza armada, usted pudo leer como jefe de logística el informe de aquel entonces de la inspectoría de la fuerza armada? Respuesta “No” Pregunta ¿Estuvo en conocimiento la Inspectoría de la Fuerza Armada Nacional, sobre de la novedad de la seguridad que había en los bunker? Respuesta “Sí, ellos inspeccionaron ambos Bunker”. Pregunta ¿En los simulacros de seguridad todo personal de la base, está entrenado para ejercer las funciones de seguridad en caso de alguna contingencia como usted nombro anteriormente? Respuesta “La situación determina cuales son las decisiones o las instrucciones que ordenará el comandante, y si el comandante no está a bordo estaría el oficial superior de responsabilidad, que a su vez en ausencia del comandante, es quien asume el control de toda las instalaciones de la Brigada”. Pregunta ¿Cuántas veces ha ido el servicio de armamento de la Armada Venezolana, a hacer inspección de los Bunker, si lo recuerda en sus cuatro años que ha estado allí? Respuesta “Durante mi gestión como jefe de la división de logística, ya lo mencione fueron en tres oportunidades, del resto desconozco en cuantas oportunidades ha ido la inspectoría o el DAEX, a supervisar los Bunker”. Pregunta ¿Cuántas unidades navales se encuentran en el apostadero naval, en turiamo, en la región de turiamo, el apostadero naval depende de ustedes? Respuesta “No, solo el apostadero es una unidad de apoyo y la Brigada tiene adscrito tres Batallones que se encuentran en el mismo lugar”. Pregunta ¿Durante los periodos de guardia, quien controla el acceso al apostadero naval, el personal que vaya a trabajar en el apostadero naval o que simplemente vayan a cumplir otra función, quien controla el personal que va a las casas vacacionales y quien controla el personal que va a Bricomar, de quien es esa responsabilidad? Respuesta “La alcabala principal, el servicio la desempeña el apostadero naval” Pregunta ¿Qué no tiene nada que ver con los Comandos de Mar? Respuesta “No ellos asumen la alcabala principal con todas las responsabilidades que ello conlleva”. Pregunta ¿La unidad que usted pertenece no controla al personal que entra al apostadero naval? Respuesta “Si, hay un personal que viene a la Octava Brigada de Comandos de Mar, el oficial de guardia del apostadero naval, se comunica con el oficial de la Octava Brigada y hace un enlace, si efectivamente se le da acceso a la persona que viene al apostadero”. Pregunta ¿El jefe de la guardia, dentro del marco legal del procedimiento operativo vigente y el administrativo vigente que no se ha nombrado, aparte de las responsabilidades que están en el P.O.V, es un oficial autónomo para tomar decisiones en base exclusivamente a la seguridad de la base o simplemente está abocado a cumplir exclusivamente el procedimiento operativo vigente? Respuesta “Aparte del plan operativo vigente, también están las responsabilidades de acuerdo a la norma, que es el reglamento de servicio interno, además de todas las que el oficial considere, para velar la seguridad de la unidad”. Pregunta ¿Existe algún procedimiento operativo vigente, conexo a ese, que estipule cuales son los pasos a seguir en el momento de abrir un Bunker para pasar revista o simplemente queda criterio del jefe de la Guardia? Respuesta “No, ya hay un procedimiento firmado por el comandante, que establece cual es la forma, el procedimiento a seguir para sacar o meter alguna munición en los Bunker”. Pregunta ¿Se abre el Bunker exclusivamente para pasar revista o para sacar material? Respuesta “En ocasiones, se abre el Bunker, bien sea, sacar o meter, sin embargo, está estipulado que mensualmente se va hacer una inspección que es la que se reporta a la infantería de marina y al DAEX”. Pregunta ¿Durante la revista del 13 de agosto que usted tuvo presente con el jefe de la guardia, el Capitán de Navío HERNANDEZ MATERAN, sino me equivoco? Respuesta “No la inspección se hizo el día miércoles”. Pregunta ¿El día 18 fue la revista correcta, el día lunes 18? Respuesta “El día 18 después de haber pasado la novedad que se violentó el candado de la argolla, el comando autorizó la inspección, el capitán se encontraba afuera con los oficiales superiores, solo ingresamos el Teniente HERRERA y mi persona, posteriormente 20 minutos después el comandante efectuó una llamada y dijo que nos saliéramos que cerráramos el Bunker y esperáramos el personal especializado para realizar las averiguaciones correspondientes”. Pregunta ¿El personal de la unidad naval, cuando está a bordo, todos están cumpliendo funciones dependiendo exclusivamente del G1, G2, G3, G4 y G5, de acuerdo a la tabla de la organización de las unidades militares, el que no tenga ninguna responsabilidad para el momento, de acuerdo a esa tabla organizativa, estando a bordo se va al camarote, se va a cumplir otras funciones que otra cosa puede hacer, se va a tierra como dicen ustedes, que hacen ustedes se quedan en la unidad? Respuesta “El grupo de reacción, evidentemente que está de guardia, tiene ya las tareas definidas, el que está disponible, está disponible, pues puede hacer con su tiempo de acuerdo a lo que está estipulado bien sea el camarote, a nadar a correr siempre y cuando este informado el oficial de guardia y el oficial de responsabilidad para salir de la unidad tiene que estar autorizado por su comandante en este caso si es uno de los batallones y ese mismo debe informar tanto al oficial de guardia como al oficial de responsabilidad”. Derecho de palabra a cargo de la Defensa Técnica. Pregunta ¿Existió alguna en la encomienda de las funciones que él le diseño, estuvo la realización de una caución que está presente en el expediente? Respuesta “Sí le ordene realizar las cauciones y posteriormente la revisé, se corrigieron y se hicieron firmar por el segundo comandante”. Pregunta ¿A qué se refieren el contenido de esas cauciones? Respuesta “El contenido de las cauciones, fuera de que son exigidas en las inspecciones, bien sea que sea por la inspectoría de la infantería de marina, bien sea que sea por la inspectoría de la armada, que de una u otra forma hay que orientar al personal subalterno, en cuanto a las leyes y reglamentos vigentes, pues es constar por escrito que de una u otra forma se daban las charlas pertinentes para evitar cualquier tipo de malas actuaciones del personal subalterno”. Pregunta ¿Cuántos Bunker existen en la Base Naval de Turiamo aproximadamente? Respuesta “10 Bunker aproximadamente”. Pregunta ¿Todos pertenecen a la Octava Brigada de Comandos de Mar? Respuesta “Los Bunker no son de la Octava Brigada de Comandos de Mar, son de la dirección de armas y electrónica y la dirección de armas y electrónica, tuvo a bien prestarle a la Octava Brigada de Comandos de Mar, 2 Bunker que pertenecen a ellos”. Pregunta ¿Vuelvo a preguntar el material que se encuentra inserto dentro el Bunker pertenece a la dirección de armas y electrónica o pertenece a la Octava Brigada de Comandos de Mar? Respuesta “El material de los Bunker 6 y 7 es de la Octava Brigada de Comandos de Mar, el DAEX le prestó en calidad de préstamo, esos dos lugares para el almacenamiento tanto la munición como el explosivo”. Pregunta ¿Durante su gestión y la jefatura que usted desempeño, el ciudadano Teniente de Fragata le hizo recomendaciones sobre mejoras al servicio del Bunker, o el servicio de seguridad? Respuesta “Las recomendaciones se hicieron en el mes de septiembre del año 2013, ya se había ventilado en esta prestigiosa sala de audiencia, donde estando el Capitán de Fragata HERNANDEZ MATERAN, elevo una recomendación al gobierno de eficiencia militar en la calle, sin embargo en las reuniones sostenidas del estado mayor, en varias oportunidades se habló en esas reuniones y el Almirante HORACIO LORETO manifestaba que estaba haciendo seguimiento y de alguna una u otra forma conseguir los recursos, para colocar un sistema de alerta temprana en ambos Bunker”. Es todo.
TRIBUNAL MILITAR
Pregunta ¿Testigo cuando usted refiere que hubo el hallazgo de la cadena rota en el Bunker número 7, de ese día lunes y que señaló que se detectó un presunto faltante de 8 granadas de humo un lote y 8 granadas de otro lote, como fue ese procedimiento para llegar a ese resultado, con que compararon para señalar que efectivamente faltaba 8 en un lote y 8 de otro lote? Respuesta “Efectivamente dentro de ambos Bunker, voy a referirme al Bunker 7, cada lote de explosivos o en este caso las granadas de humo o granadas de mano que tienen un serial, están ubicadas por lotes y cada lote tiene su hoja de registro de inventario donde se especifica, la cantidad de cada granada de acuerdo al lote que debería de estar ahí y si se sacó quien y que día se sacó, quien la retiro y quien las dio, aparecen en el registro, efectivamente cuando hicimos el conteo rápidamente nos percatamos que había faltante en esos dos lotes”. Pregunta ¿Cómo jefe de logística en ese momento, usted tenía conocimiento de cuantas llaves existían de los Bunker, específicamente del Bunker número 6 y 7? Respuesta “Las llaves que poseía el Teniente de Fragata y mi persona y una adicional que la tiene el comandante”. Pregunta ¿Cuándo usted se refiere a las llaves que posee usted y el Teniente de Fragata eran una llave de un candado y una de otra candado, un juego de llaves explíqueme eso por favor? Respuesta “En ambos Bunker existía dos candados que aseguraban de una u otra forma, permitían el acceso a cada Bunker, para abrir los dos candados, tenía el Teniente jefe de armas y explosivos tenía una llave de un candado y el jefe de la división de logística tenía la llave del otro candado es decir que se tenía que unir esas dos llaves para poder abrir cualquiera de los Bunker”. Pregunta ¿Durante los fines de semana, de jueves a domingo cual era el procedimiento para el manejo de las llaves para abrir los Bunker cuando fuera necesario? Respuesta “Ambas llaves son guardadas por separado, las llaves mías son lacradas aparte de las de él, dos lacrados diferentes, las llaves de él van lacradas y las mías en otras hoja haciendo el procedimiento no se unen nunca pues, se unen y se entregan al oficial de responsabilidad, quien a su vez dado una contingencia podría abrir pero con autorización del comandante”. Pregunta ¿Y el segundo comandante no tenía llave de los Bunker? Respuesta “No” Gracias. El tribunal no tiene más preguntas.
Del análisis efectuado a la anterior declaración testifical dimanan elementos de convicción que conducen a estos juzgadores a considerar que ciertamente el Teniente de Navío CRUZ JOSE TORRES SANCHEZ, efectivamente se desempeñaba para el momento de ocurrir los hechos, como jefe de la División de Logística de la 8va Brigada de Comandos del Mar, acantonada en el apostadero Naval “Tomas Vega”, con sede en la localidad de Turiamo, estado Aragua. Que el mencionado testigo participó en una revista a los Bunker N°6 y 7, con el Segundo Comandante de la Brigada, CN JIM GENTILE NIEVES y el TF DICKSON HERRERA GONZALEZ, posteriormente acusado, por su presunta responsabilidad en la sustracción de 16 granadas de mano de alto explosivo del Bunker N°7, asimismo, en dicha revista efectuada no se detectó ninguna novedad resaltante, a pesar de haberse pasado la misma de forma aleatoria por algunos artículos determinados, es decir, algunas municiones y explosivos. A su vez, el testigo cuya declaración se analiza, no desempeño servicio durante el periodo del 14 al 18 de agosto de 2014, fecha en la que se detectó la sustracción del material de guerra del Bunker N°7, e intervino en la práctica de pesquisas con miras a la búsqueda de 16 granadas de mano de alto explosivo, presuntamente extraviadas del Bunker N°7, el cual era orgánico de la Fuerza Armada Nacional, cuya búsqueda resultó infructuosa; es por ello que al ser apreciada dicha declaración testimonial, dimanan elementos de convicción que conducen a ESTIMAR dicha testimonial como prueba, todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Teniente Fragata EVER SAMUEL ARAUJO CALDERON titular de la cedula de identidad No. V-15.796.666, promovido por la Representación del Ministerio Publico Militar. Edad y Estado Civil: 33 años casado, población donde habita: Altagracia de Orituco estado Guárico. Unidad a la que pertenece: Octava Brigada de Comandos de Mar Generalísimo Francisco de Miranda en el CARGO de Jefe de Transporte. Relación de parentesco: No. Conocimiento de los hechos: “Ninguno”.
FISCAL MILITAR.
Pregunta ¿Diga usted cuanto tiempo tiene prestando servicio en la Octava Brigada de Comandos del Mar, ubicada en Turiamo? Respuesta “Tres años y siete meses”. Pregunta ¿Diga usted si para el año 2014, estuvo ausente o se encontraba de comisión o se encontró cumpliendo sus funciones como militar dentro de la Bricomar? Respuesta “Específicamente que fecha”. Pregunta ¿En el año 2014, usted salió en algún momento de comisión, de curso o estuvo en algún momento en el año 2014 en la Bricomar? Respuesta “He salido de comisiones y he estado a bordo también”. Pregunta ¿Durante qué meses en el año 2014 en virtud de su respuesta, se encontró de comisión fuera de la unidad y por cuánto tiempo? Respuesta “Las comisiones han sido cortas, siempre se sale y se entra”. Pregunta ¿En los meses de septiembre, agosto, octubre del año 2014 se encontraba en la unidad? Respuesta “Los meses de septiembre estuve en la unidad y posteriormente a principios de septiembre estuve de comisión en la circunscripción militar del estado Carabobo”. Pregunta ¿Y en agosto? Respuesta “Estuve en la Brigada”. Pregunta ¿Tuvo conocimiento de lo ocurrido en los Bunker asignados por la dirección de armas y electrónica de la Armada a la Bricomar 8? Respuesta “Escuche, porque soy integrante de la Brigada”. Pregunta ¿Podría decirnos por favor que escuchó? Respuesta “Que ese fin de semana se había ultrajado de los Bunker un material de guerra”. Pregunta ¿Ese fin de semana, usted donde se encontraba Teniente de Fragata EVER SAMUEL ARAUJO CALDERON? Respuesta “Ese fin de semana me encontraba en la unidad, porque yo soy y pertenezco a ese grupo de guardia, grupo de guardia número 2”. Pregunta ¿Usted se encontraba de guardia? Respuesta “Me encontraba a bordo en la unidad, mas no de guardia”. Pregunta ¿Qué funciones cumplía usted encontrándose a bordo de la unidad el fin de semana que ocurrieron los hechos, Teniente de Fragata? Respuesta “Como el más antiguo cumplía funciones en el Batallón de apoyo y en el transcurso del fin de semana oficial jefe de la guardia por la Octava Brigada de Comandos de Mar”. Pregunta ¿Ciudadano testigo, que funciones cumplía usted ese fin de semana, como jefe de guardia y como más antiguo por su unidad? Respuesta “Como jefe de guardia no tuve funciones, porque a mí me correspondía la guardia el día domingo y por ende ese jueves que es donde uno se queda prácticamente ese fin de semana de guardia había fallecido el padre del segundo comandante y en ese momento el Capitán de Fragata HERNANDEZ MATERAN, me participo que debía salir de comisión el día jueves fuera de la unidad, hasta aquí en Maracay, para ayudar al segundo comandante, en el trámite del fallecimiento de su padre”. Pregunta ¿Podría indicarnos por favor los días, mes y año si lo recuerda que usted tuvo ausente dando apoyo al segundo comandante, como lo acaba de mencionar, día, mes y año, o días mes y año que usted se encontró ausente, en ocasión del apoyo que le brindaba al segundo comandante de la unidad? Respuesta “Los días jueves, viernes y sábados del año 2014”. Pregunta ¿En virtud que usted tenía una guardia el día domingo, que hizo usted el día domingo ciudadano Teniente de Fragata? Respuesta “El día domingo estuve abocado en el mantenimiento de la cámara de oficiales porque era responsabilidad del batallón de apoyo”. Pregunta ¿Estuvo de guardia el día domingo, estuvo abordo? Respuesta “Correcto estuve a bordo”. Pregunta ¿Qué guardia recibió el día domingo ciudadano Teniente de Fragata? Respuesta “No tuve guardia porque fui reemplazado por el Teniente de Fragata ALVAREZ”. Pregunta ¿Qué hizo usted en la unidad, en virtud de que subió o de que abordo la unidad, que hizo usted durante el día domingo, que misión le encomendaron, en virtud de que usted fue reemplazado para la guardia? Respuesta “Estuve a cargo del mantenimiento de la cámara de oficiales, con los infantes de marina que estaban laborando ahí en ese momento en la cámara de oficiales”. Pregunta ¿Cuándo fue nombrado reemplazo suyo para la guardia del domingo, el Teniente de Fragata ALVAREZ? Respuesta “El día jueves cuando salí de comisión, el Capitán me dice que día yo tenía guardia, le dije tengo guardia el domingo, entonces en virtud de que iba estar apoyando todos estos días al segundo comandante aquí en Maracay, ese mismo día me dijo que me iba a reemplazar, el Teniente ALVAREZ por mi persona ese día que yo tenía guardia”. Pregunta ¿Es decir usted tiene conocimiento que el Teniente de Fragata iba a montar su guardia desde el día jueves? Respuesta “Correcto”. Pregunta ¿Motivado a que se presenta usted el día domingo en la unidad, si ya no tenía guardia? Respuesta “Porque el personal que tiene guardia en la Octava Brigada de Comandos de Mar, es todo el fin de semana y debe estar a bordo desde el día jueves hasta el día lunes al medio día”. Pregunta ¿Por qué usted subió a la unidad? Respuesta “Esas eran las instrucciones del Capitán de Fragata HERNANDEZ MATERAN, que yo saliera en la mañana de la unidad y llegara en la noche”. Pregunta ¿Usted a que batallón pertenece Teniente de Fragata? Respuesta “Batallón de apoyo a las operaciones especiales JUAN GERMAN ROSCIO”. Pregunta ¿Qué distancia hay desde ese batallón hasta el Bunker número 7? Respuesta “Una distancia aproximadamente de unos 700 metros”. Pregunta ¿Las guardias del fin de semana de la Bricomar, están en las manos de todos los batallones, existentes en esa unidad? Respuesta “Solamente al oficial jefe de la guardia por la Octava Brigada de Comandos de Mar”. Pregunta ¿Usted formaba parte del grupo de reacción? Respuesta “Correcto”. Pregunta ¿Qué otra función, como parte del grupo de guardia de fin de semana, usted cumplió? Respuesta “Ese fin de semana la función fue apoyar al Capitán de Navío, el segundo comandante de la Octava Brigada de Comandos de Mar, por el fallecimiento de su padre solamente por ese fin de semana”. Cddnos Magistrados, no tengo más preguntas.
DEFENSA TECNICA
Pregunta ¿Usted tuvo presente o supo del acontecimiento de los hechos, el fin de semana? Respuesta “Supe, porque nos enteramos porque estábamos a bordo de la unidad”. Pregunta ¿Usted dice que estaba en los funerales del padre del segundo comandante? Respuesta “Los días jueves, viernes y sábado”. Pregunta ¿A usted le consta, de que hubo una comisión de militares de la Octava Brigada de Comandos de Mar, que acompaño al segundo comandante en esos actos? Respuesta “el día sábado”. Pregunta ¿El ciudadano Teniente de Fragata DICKSON HERRERA RODRIGUEZ, estuvo en esa comisión? Respuesta “No”. Pregunta ¿Usted conoce al ciudadano Teniente de Fragata DICKSON RONALD HERRERA RODRIGUEZ? Respuesta “Sí”. Pregunta ¿Desde hace cuánto? Respuesta “Desde aproximadamente el 8 de agosto del 2003, 2002 perdón”. Pregunta ¿Usted tiene alguna responsabilidad asignada directamente por el comandante de la unidad, o que le estipule el Procedimiento Operativo Vigente de pasar revista a los Bunker? Respuesta “No”. Pregunta ¿Tenía alguna responsabilidad de apoyar con vehículos al más antiguo, al jefe de la guardia, en este caso al Capitán de Navío MATERAN, de apoyarlo con algún vehículo para cumplir esa función? Respuesta “Siempre como jefe de transporte, se apoya los fines de semana a pasar revista y se le da el vehículo al profesional que está de guardia por ese día, para que vaya y pase revista”. Pregunta ¿Ese procedimiento aparece en el P.O.V? Respuesta “Como procedimiento del P.O.V no, pero si es una norma del segundo comandante de la unidad”. Pregunta ¿Sino aparece en el P.O.V queda a criterio como las revistas que se pasan aleatoriamente en el lugar de los hechos, eso queda a criterio del oficial más antiguo de apoyo, sino aparece en el P.O.V? Respuesta “Eso queda a criterio del segundo comandante de la unidad y del oficial más antiguo que se queda en el grupo de reacción, el fin de semana en la Octava Brigada de Comandos de Mar”. Pregunta “Recuerda usted las personas que fueron comisionadas para el velorio del papá del segundo comandante de la unidad? Respuesta “Los días jueves estuvo mi persona con un Sargento Primero de apellido LEON CAMACHO, los días viernes salió nuevamente mi persona, solo de la unidad y el día sábado salí con una comisión donde estaba presente el Teniente de Navío OROPEZA, la Teniente de Fragata YAJANIS”. Pregunta ¿Cuándo usted regresó el día domingo a la unidad, usted se abocó exclusivamente a la responsabilidad de supervisar el mantenimiento de la cámara de oficiales? Respuesta “Yo regrese a la unidad fue el día sábado”. Pregunta ¿Y el día domingo usted cumplió la función del mantenimiento de la cámara de oficiales? Respuesta “Correcto”. Pregunta ¿Usted no tiene nada que ver o tuvo algo que ver en aquel ínterin, en aquel momento pasado, de la seguridad del lugar donde acaecieron los hechos? Respuesta “No”. Eso es todo, ciudadanos magistrados.
TRIBUNAL MILITAR
Pregunta ¿Testigo tiene usted conocimiento si ese fin de semana que usted relata, que llegó el sábado nuevamente a la unidad y permaneció el día domingo con apoyo al mantenimiento a la cámara de oficiales, tiene usted conocimiento si esos días se apoyó de manera logística al oficial jefe de la guardia para que supervisara los distintos puntos de la unidad, de las instalaciones de la base naval? Respuesta “No”. Pregunta ¿Recuerda usted quien era jefe de la guardia, en esa fecha, en ese fin de semana? Respuesta “Recuerdo solo el domingo que fue solo el Teniente de Fragata ALVAREZ que me reemplazo a mí, los demás días no”. Pregunta ¿Tiene usted conocimiento las razones por las cuales, hubo algún impedimento en esa fechas para el apoyo vehicular para el oficial jefe de la guardia? Respuesta “No, no hubo ningún impedimento”. Pregunta ¿Tiene usted conocimiento de quien era el encargado de supervisar, de pasar revista diariamente, cuantas veces al día se pasaba revista a los búnker, específicamente al Bunker número 7? Respuesta “Diariamente entre los días de semana que uno está allí es el responsable por los Bunker” Pregunta ¿Quién es el oficial, específicamente responsable de los Bunker? Respuesta “En este caso el Teniente de Fragata HERRERA RODRIGUEZ”. Pregunta ¿Pero me refiero diariamente si el servicio que imponía esa unidad, el jefe de guardia o grupos de reacciones, había un profesional, un militar en específico encargado de pasar revista diariamente a los Bunker, si existía alguna orden o directriz? Respuesta “Solamente los oficiales de guardia”. Pregunta ¿Existía un grupo de reacción encargado del Bunker número 7, algún profesional designado para ello? Respuesta “Los fines de semana siempre por cada unidad, se queda un profesional encargado de los distintos secciones, parques, etc, encargado por ese fin de semana en la unidad”. Pregunta ¿Y ese profesional que se queda encargado tiene la misión de también pasar revista o no? Respuesta “Queda a criterio del oficial más antiguo de responsabilidad”.
Del análisis efectuado a la anterior declaración testifical dimanan elementos de convicción que conducen a estos juzgadores a considerar que ciertamente el testigo, Teniente Fragata EVER SAMUEL ARAUJO CALDERON titular de la cedula de identidad No. V-15.796.666, efectivamente se desempeñaba durante el fin de semana del 14 al 18 de Agosto de 2014, como el más antiguo del Batallón de Apoyo a las operaciones especiales JUAN GERMAN ROSCIO y a su vez estaba nombrado para desempeñar el servicio de Oficial jefe de la guardia el día domingo 17 de agosto de 2014, por la 8va Brigada de Comandos del Mar, acantonada en el apostadero Naval “Tomas Vega”, con sede en la localidad de Turiamo, estado Aragua, y que al mismo, le fue nombrado reemplazo para desempeñar el servicio de Oficial jefe de la guardia para el día domingo, pero sin embargo permaneció a bordo de la unidad, realizando labores de mantenimiento a la cámara de oficiales. Asimismo, el testigo cuya declaración se analiza intervino en la práctica de pesquisas con miras a la búsqueda de 16 granadas de mano de alto explosivo, presuntamente extraviadas del Bunker N°7, el cual era orgánico de la Fuerza Armada Nacional, cuya búsqueda resultó infructuosa; es por ello que al ser apreciada dicha declaración testimonial, dimanan elementos de convicción que conducen a ESTIMAR dicha testimonial como prueba, todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal.
3.- Declaración testifical rendida por el ciudadano Sargento Segundo HENRY FRANCISCO ARIAS RODRIGUEZ cédula de identidad V- 19.190.318, promovido por la Representación del Ministerio Publico Militar. Edad 25 años, Estado civil soltero. POBLACION DONDE TIENE DOMICILIO. Carúpano, Estado sucre. Plaza y Cargo: Batallón de operaciones especiales número 81, Bopero 81 en Turiamo, soy asistente de un operador de comando en el segundo pelotón de la primera compañía. PARENTESCO CON EL ACUSADO: No, negativo. CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS Nada.
FISCAL MILITAR: Buenas tardes Sargento Segundo HENRY FRANCISCO ARIAS RODRIGUEZ. Pregunta ¿Cuántos años tiene usted de graduado? Respuesta “Ahorita en julio cumplió tres años en el grado”. Pregunta ¿Cuántos años tiene trabajando en la Octava Brigada de Comandos de Mar? Respuesta “Un año”. Pregunta ¿Podría decir el mes y el año en que llegó a la unidad? Respuesta “Llegué a finales de marzo del 2014”. Pregunta ¿Durante el mes de agosto del año 2014, usted se encontraba en la unidad o se encontraba en comisiones fuera de la unidad, comisiones largas de una semana, específicamente en el mes de agosto, usted se encontró durante el mes de agosto 2014 dentro de la unidad o fue a cumplir funciones, comisiones fuera de esta? Respuesta “Bueno yo en ese tiempo salía de permiso mensual por 12 días, pero en agosto en los hechos ocurridos, si estuve en la unidad, me encontraba de guardia en el grupo de reacción”. Pregunta ¿Usted recuerda la fecha de esos hechos? Respuesta “Del 14 al 17”. Pregunta ¿De qué mes y de qué año por favor? Respuesta “Del mes de agosto del 2014” Pregunta ¿Usted formó parte del grupo de guardia de reacción del día 14 al 17 de agosto del 2014? Respuesta “Afirmativo, ese día estuve de guardia efectiva de recorrida por la Brigada”. Pregunta ¿Cuáles son las funciones del recorrida perteneciente al grupo de reacción de la guardia del 14 al 17 de agosto del 2014, cuáles eran sus funciones como oficial, como profesional recorrida dentro de las instalaciones de la Bricomar? Respuesta “Bueno era más que todo el chequeo de las tropas, pasarle revista a las tropas y el desenvolvimiento de las tropas durante el día, mantener el orden de las tropas, que las tropas no tuvieran en sitios indebidos y pasarlas a comer, pendiente de la comida de ellos, el baño y eso”. Pregunta ¿Las funciones del inspección están enfocadas solamente, a lo que es el personal y el cumplimiento de la rutina durante su guardia? Respuesta “Sí, porque hay se cumple una cosa, porque el menos antiguo de la guardia es el que se encarga más que todo de las tropas, de pasarlas a comer de que las tropas no estén por ahí inventando o en sitios donde no debe”. Pregunta ¿Usted lo hizo el 14, 15, 16 y 17, es decir los 4 días, usted estuvo cumpliendo durante todo ese tiempo, vigilando la alimentación, el descanso, el aseo de las tropas, o lo hizo otro profesional? Respuesta “No, lo hizo otro profesional, el 14 era el día que me tocaba a mí eso pues, el 14 era que yo tenía guardia efectiva, pero los otros días estaba era de reacción, si se presentaba algo, una novedad en la guardia, una novedad externa que necesitara el apoyo de nosotros, era que íbamos asistir, pero el resto del día había otros profesionales encargados de eso, los otros días”. Pregunta ¿Usted cumplió funciones de inspección solamente el día 14 y el día 15, el día 16 y el día 17 como profesional disponible, que se encontró haciendo en las instalaciones? Respuesta “Bueno uno generalmente uno cuando está libre que no tiene guardia, uno lo que hace que esos son días de descanso para uno, uno no se enfoca mucho, ni en tropa ni en nada, solo el descanso de nosotros, estar presto si se presenta alguna eventualidad más nada”. Pregunta ¿La guardia de inspección el día 14, turnos, usted tuvo algún turno durante el 14, 15, 16 o 17, prestó servicios nocturnos, tuvo algún turno, alguno de esos días? Respuesta “Si, tuve segundo turno nocturno de guardia”. Pregunta ¿Guardia qué? Respuesta “Guardia de recorrida”. Pregunta ¿Qué día? Respuesta “El día 14”. Pregunta ¿Cuáles son las funciones de la guardia recorrida por favor? Respuesta “En la noche, como durante el día estuve por ahí alrededor del sollado de las tropas, chequeando que las tropas estuvieran todas dormidas y revista a los alrededores del patio, los comedores que no hubiera novedad en los comedores”. Pregunta ¿Inspección y recorrida de la Brigada o de algún Batallón? Respuesta “De la Brigada”. Pregunta ¿Cuántos batallones hay en la brigada? Respuesta “Hay cuatro batallones”. Pregunta ¿Y el día 14 usted estuvo de recorrida e inspección de los 4 batallones de la brigada? Respuesta “Afirmativo esa brigada es pequeña, por eso es que hay un solo profesional de guardia porque todo queda cerca”. Pregunta ¿Y las tropas durante esos días 14, 15, 16 y 17, están juntas en un mismo sollado, van a un mismo comedor o usted se desplaza a los comandos en las unidades dónde están esas tropas y pasa la revista? Respuesta “No, las tropas duermen juntas, todas las tropas duermen juntas, porque como dije que era una brigada pequeña no hay muchas tropas y ellas duermen todas juntas y comen en el mismo comedor”. Pregunta ¿Se dividen y se diferencian solo en el momento de formarse en el patio? Respuesta “Si, en el día, ellas están con su batallón, inclusive con los profesionales de su batallón, pero durante la noche, durante el descanso, duermen todas en un mismo sitio y el área de esparcimiento de todas es el mismo”. Gracias, no hay más preguntas.
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Pregunta ¿Sargento Segundo HENRY FRANCISCO ARIAS RODRIGUEZ las funciones específicas de acuerdo al P.O.V de la unidad como recorrida que usted cumplió, esas funciones cuales fueron, o cuales son de acuerdo al P.O.V? Respuesta “Bueno era supervisar las tropas, supervisando que todo estuviera sin novedad en los comedores”. Pregunta ¿Si usted recibió guardia el día 14 como recorrida, dentro del grupo de reacción y si montó segundo turno, asumimos dentro del medio militar, que fue desde las 12 de la noche hasta las 3 de la mañana, es correcto? Respuesta “Sí”. Pregunta ¿Ósea, que usted no monto servicio nocturno para corregir, el día 14 sino el día 15, es correcto, la madrugada del día 15? Respuesta “En la madrugada del día 15”. Pregunta ¿Sus funciones, fueron exclusivamente dirigidas a supervisar el control de la tropa, desde el punto de vista logístico, la comida, su funcionamiento y el orden en la unidad, es correcto? Respuesta “Sí, porque generalmente, bueno la guardia se hace de la siguiente manera, el jefe de la guardia se reúne con los otros dos, con el guardia de inspección y el recorrida y el jefe de la guardia es que asume y da las órdenes a los otros dos, de cada cosa de que se van a encargar los otros”. Pregunta ¿Usted en algún momento recibió, en aquel momento recibió alguna instrucción de cumplir recorrida de seguridad en los Bunker donde están los depósitos de armas? Respuesta “Negativo”. Eso es todo, ciudadano juez.
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Pregunta ¿Testigo con quien se desempeñó usted en esa guardia de emergente, con que otros profesionales militares se desempeñaron, en los diferentes cargos en ese grupo de reacción? Si recuerda la identidad de otros profesionales militares, que se desempeñaron en ese grupo de reacción del 14 al 18 agosto del año 2014? Respuesta “No, en este momento solo recuerdo al Teniente de Fragata HERRERA DICKSON, que estaba montando guardia conmigo y al Sargento CAMACHO BELLERA y mi persona”. Pregunta ¿Usted señalo al Teniente de Fragata DICKSON HERRERA que día montó guardia, específicamente? Respuesta “El día 14 de agosto del 2014”. Pregunta ¿Qué cargo temporal desempeñó en esa fecha? Respuesta “Yo desempeñe guardia de recorrida y el Teniente de Fragata DICKSON HERRERA jefe de la guardia por la brigada”. Es todo.
Una vez analizada la declaración rendida por el testigo en referencia se aprecia que éste se desempeñaba para la fecha en que ocurrieron los hechos objeto de la presente causa, como operador de comando del segundo Pelotón de la segunda Compañía, del Batallón de operaciones Especiales. Y que a su vez el mismo desempeñó el servicio de recorrida por la Octava Brigada de Comandos de Mar, el día 14 de agosto de 2014, desempeñando dicho servicio con el TF Dickson Herrera, como parte del grupo de reacción que desempeñó el servicio por la precitada Unidad Superior del componente Armada Bolivariana, desde el 14 agosto al 18 agosto de 2014. Del análisis efectuado a la presente declaración testifical, dimanan elementos de convicción que conducen a estos juzgadores a considerar que ciertamente el acusado TF Dickson Herrera Rodríguez, efectivamente se desempeñó como oficial jefe de la guardia por la Octava Brigada de Comandos de Mar el día 14AGO14; que intervino en la práctica de pesquisas con miras a la búsqueda del material de guerra presuntamente extraviado, el cual era orgánico de la Fuerza Armada Nacional; por lo que al ser apreciada dicha declaración, SE ESTIMA como prueba, todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal.
4.- Declaración testifical rendida por el ciudadano CN JIM FERNANDO GENTILE NIEVES, Cédula de Identidad N° V-7208588, promovido por la Representación del Ministerio Publico Militar. Edad 50 años, Estado civil casado, Domicilio: Maracay Estado Aragua, Segundo Comandante de la 8va Brigada de Comandos de Mar Generalísimo Francisco de Miranda”. Seguidamente El JUEZ PRESIDENTE señaló: ¿por favor, señale usted de manera oral y sucinta el conocimiento que tiene usted acerca de los hechos objeto del presente Juicio Oral y Público?… “Los hechos ocurren en el mes de agosto del año 2014, se me notificó estando de permiso, se me notifico el día 17 o 16 de agosto, de la presunta sustracción de material de guerra del bunker de explosivos, está notificación la hizo el Comandante de la Brigada el Comandante Víctor Plasencia Vera vía Telefónica, vía 500, yo me encontraba de permiso, motivado al fallecimiento de mi padre el día 14 de agosto del año pasado, para ilustrar un poco la situación acaecida, el fiscal y el jurado tengan, perdón la defensa tenga conocimiento del hecho, los bunker, en la unidad existen, tenemos a cargo de dos bunker de explosivos, uno es de munición y el otro es de explosivos, estos están identificados con los números 5 y 7, se encuentran aproximadamente a digamos 800mts, 1 kilómetro del área del comando, estas instalaciones pertenecen a la dirección de armas y explosivos de la Armada y fueron cedidas en calidad de préstamo a la 8va Brigada del Mar, para que almacenara su material de guerra, son instalaciones que están ocultas con la naturaleza con la montaña y presentan lo que son las puertas y los accesos son fuertes de material de hierro de la época antigua, por lo tanto para penetrar a ello se necesita conocer primero de la ubicación con conocimiento del área donde están y contar con herramientas suficientes para poder, como se presume ocurrió, cortar los candados o aldabas que permitan la apertura y para el momento de donde se presume que ocurrió el hecho, no contaban con algún otro sistema de seguridad, tales como alarmas, cámaras de videos o sistemas de alertas tempranas que tuviesen comunicación con el comando, esto por la distancia de la que están del área de seguridad del comando, por decirlo así”. JUEZ PRESIDENTE señala “a continuación usted podrá ser objeto de interrogatorio por cada una de las partes intervinientes en la presente causa escuche bien la pregunta que se le formule si no entiende la misma pida aclaratoria y dirija su respuesta a los miembros de este tribunal militar; Se le concede el derecho de palabra a la Representante del Ministerio Público en su condición de Fiscal Público Militar en los fines de que interrogue al testigo, si buen pudiese ejercer tal derecho”, la primera Pregunta ¿diga usted cuánto tiempo lleva en la 8va Brigada de Comandos del Mar?”. Respuesta “De manera no continua tengo a bordo o trabajando en esa unidad 22 años, este los últimos respectivos recesos iba y venía, desde el 2009 estoy de manera constante”. Pregunta “¿mi Capitán de Navío por favor podría decir donde se encontraba usted para la fecha 18 del mes de agosto del año 2014 específicamente?”. Respuesta “18 me dijo?”. Pregunta “¿18 DE AGOSTO?”. Respuesta “El 18 de agosto estaba en la ciudad de Maracay, como dije al principio, mi padre falleció el día 14, los velatorios fueron el día 15, la sepultura el día 16, el 17 se me notifica y el 18 todavía me encontraba de permiso durante toda esa semana”. Pregunta “¿mi Capitán de Navío diga usted a través de qué persona tuvo conocimiento de los hechos acaecidos presuntamente el 18 de agosto del año 2014?”. Respuesta “Vía telefónica si no me equivoco el 17 o el 18 de agosto me llamo el Almirante Víctor Plasencia Vera, Comandante de la Brigada y me notificó de la novedad, inmediatamente le pregunte si necesitaba que yo me fuera para la unidad y me dijo que no era necesario porque ya los cuerpos de seguridad del estado estaban alertados y estaban trabajando en el suceso”. Pregunta “¿mi capitán de navío cuando usted se presentó en la 8va brigada de comando de mar?”. Respuesta “Debe de haber sido el vienes de esa semana del 18, si estamos hablando que el 18 era martes, miércoles 19, jueves 20, viernes 21 o sábado 22 uno de esos dos días, me presenté motivado a un mismo llamado del Comandante de la Brigada, que requería apoyo para el control del personal motivado a la investigación que se estaba haciendo en las instalaciones”. Pregunta “¿mi capitán de navío usted sabe cuál es el pov y reglamento de servicio interno para hacer revistas en los bunker?”. Respuesta “si claro, parte de ese POV lo redacté yo mismo, eso establece que durante los fines de semana, que es donde el personal va franco de servicio, por supuesto la seguridad se ve un poco mermada, porque hay menos gente dentro de la unidad, entonces se nombra un oficial de guardia de responsabilidad, con un oficial superior, en caso de que asuma la dirección o el comando de la unidad, en ausencia del segundo Comandante, se nombra un grupo de guardia, este grupo de guardia está integrado por los respectivos jefes de la guardia todo el fin de semana, un miembro de guardia de conductor etc, etc., ronda día y guardia nocturna y un oficial de guardia por los bunker de la Brigada”. Pregunta “¿usted nos podría ilustrar mi capitán de navío como se puede llegar a los bunker, que se encuentran en la 8va brigada de comandos de mar, específicamente al bunker número 7, si son de fácil acceso o no?”. Respuesta “Para el que conoce la zona, el acceso es muy fácil, porque, inclusive se puede ir a través de la maleza, que es la que ofrece para las personas ajenas, ofrece cierta seguridad a esa zona, ya que quedan camuflados entre para la vegetación, pero para el que conoce la zona, es de fácil acceso, se puede ir a través de una carretera asfaltada, a pie o se puede ir por caminitos que hay, las trochitas que hay a través de la maleza”. Pregunta “¿el bunker número 7 específicamente, cual es la distancia aproximada que se encuentra de la 8va Brigada de Comando de Mar?”. Respuesta “Desde la sede de la brigada hasta esos bunker, debe haber entre 700mtrs a 1 kilómetro, tal vez menos de un kilómetro, pero más o menos, esa es la distancia, son 10 minutos a pie”. Pregunta “¿cuáles son las formas o las maneras de llegar, es decir, si se van en vehículo, bicicleta, a pie?”. Respuesta. Se puede de acuerdo a la disponibilidad, si están los vehículos se va en los vehículos, generalmente durante la noche por lo oscuro, porque ahí no hay luz, se va en vehículos, durante el día se puede ir a pie, sin ningún problema, y como te dije en un tiempo máximo, de 10, no más de 15 minutos a pie. Pregunta ¿cuáles serían las medidas de seguridad que tienen los bunker, específicamente donde se encuentran explosivos o municiones? Respuesta “La primera medida de seguridad, es lo oculto que están, esas son instalaciones que están, digámoslo así, sembradas en las montañas y esa es la primera, lo segundo, es las puertas que lo recubren son puertas blindadas, son puertas gruesas, de bastante espesor, aparte de eso ellas tienen un solo candado anti cizalla, nosotros le agregamos un segundo candado, a dichas puertas”. Pregunta “¿mi capitán de navío, la siguiente pregunta, esas llaves de los candados que poseen estos bunker, específicamente el bunker número 7, donde se encuentran o quién es la persona que las tiene o las resguarda?”. Respuesta “Durante de la faena diaria, las llaves están en manos del jefe de la división de logística, para ese momento el jefe de división de logística era el Teniente de Navío Torres Sánchez, una vez que se activa la guardia del fin de semana, que esto ocurre los jueves a las 14 horas se entregan las llaves en sobre lacrado, previa revista local, se entregan las llaves en sobre lacrado, al oficial de guardia de responsabilidad, en este caso para esa oportunidad le correspondió al Capitán de Corbeta Hernández Materan”. Pregunta “¿usted conoce por lo menos de vista o trato al teniente de fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez?”. Respuesta “Si afirmativo”. Pregunta ¿cuál ha sido su desenvolvimiento durante su estadía en la 8va brigada de mar?. Respuesta “El Teniente de Fragata Dickson Herrera, se encuentra en la Brigada, si no me equivoco desde hace 4 o 5 años atrás, tuvo el mismo cargo que tenía para el momento en que ocurrió el hecho, con el comando anterior, es decir, durante el año 2013, creo que fue cuando él recibió esta responsabilidad, una vez que ocurrió el cambio del comando, a finales del 2013, fue ratificado, el comandante que recibió, lo dejó en el mismo cargo, y vale decir que es un cargo donde se asigna gente que demuestre responsabilidad, que demuestre confianza del Comandante de la Brigada, ya motivado lo delicado del material que allí se almacena, y la posibilidad de que puedan ocurrir hechos, como el ocurrido, durando ese tiempo, en el desenvolvimiento de su cargo el Teniente de Fragata, no mostró o no demostró en ningún momento irresponsabilidad o falta de control de su material, sin embargo, en algunas oportunidades le fue llamada la atención en el año 2013, que fue cuando recibió, para tal vez mientras se familiarizaba con el proceso y el POV que debía llevar, pero eso no amerito sanciones disciplinarias”. Pregunta “¿se encontraba el teniente de fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez de guardia para la fecha del 18?”. Respuesta “El Teniente De Fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez, estaba nombrado en el grupo de guardia del fin de semana donde se presume que ocurrieron los hechos”. JUEZ PRESIDENTE “Se le concede el derecho de palabra a la representación de la defensa técnica a los fines de que interrogue al testigo, si a bien pudiese ejercer tal derecho”. Abogados: “Buenos días ciudadanos Magistrados, ciudadana Secretaria, ciudadano Fiscal del Ministerio Público Militar, Teniente Dickson Herrera y público presente, buenos días Capitán, nuestra primera pregunta es, ¿cómo segundo comandante de la 8va Brigada de Comandos del Mar, durante tanto tiempo, 22 años, cuáles son sus funciones específicas dentro de su área de responsabilidad?”. Respuesta “Durante estos 22 años de servicio, en la 8va Brigada de Comando de Mar, no he ocupado por supuesto el cargo de segundo Comandante, fui a lo largo de los años, asumiendo los diferentes cargos de acuerdo al grado, como segundo Comandante estoy ejerciendo funciones desde el año 2009, las responsabilidades del segundo Comandante están establecidas, en lo que se llaman los manuales de organización de las Brigadas, ahí aparecen las responsabilidades de todos y cada una de las personas que laboran en las unidades militares, entre ellas, de las muchas que están, de manera general están, la supervisión y la ejecución de las órdenes dictadas por el segundo Comandante, tales como son el mantenimiento de la disciplina, el mantenimiento del orden, el control del personal durante de la faena diaria”. Pregunta “¿dentro de sus funciones, está la de firmar los roles de guardia, como parte de la corresponsabilidad del primer comandante?”. Respuesta “Si, el segundo Comandante firma, una vez que se presentan los roles, los firma y el Comandante da el visto bueno, por supuesto como ocurren en organizaciones, en todas las organizaciones piramidales, si el segundo Comandante, por alguna causa no está abordo de la unidad militar, el más antiguo después del segundo Comandante es quién firma dichas órdenes”. Pregunta “¿Capitán de Navío, durante esa larga permanencia en esa unidad naval, puede usted indicarnos, ilustrarnos, a este digno tribunal, si anteriormente existían medidas precautelativas de seguridad del bunker en cuestión?”. Respuesta “A lo largo de estos años y lo que he vivido en la Brigada, las medidas de seguridad, con el tiempo se fueron afianzando un poquito, incrementando y sobre todo los controles, la parte administrativa de los controles, motivados a esta serie de situaciones que ocurre y de la que uno recibe información de los órganos de inteligencia, por desaparición, perdida de material, etc, entonces nosotros creamos un sistema administrativo de fácil verificación, para chequear que la munición y los explosivos, se les está dando el uso correcto no, sin embargo, las grandes cantidades de munición y explosivos, abren la posibilidad de que pueda extraviarse algo y la actividad diaria, está es una unidad donde diariamente se ejecutan actividades de tiro, actividades con uso de explosivos entonces si el usuario simplemente, no dispara 5 cartuchos si no que dispara 3 y se queda 2 metidos en el bolsillo y los esconde, es algo que puede ocurrir, para esto entonces se hacen las revistas a los dormitorios, las revistas programadas eventualmente y si ocurre eso, simplemente se requisa ese material y se reporta a la persona que lo tenga, se le hace el debido llamado de atención”.
Pregunta “¿Capitán de Navío usted refiere en su testimonio que eran medidas administrativas, habían otros tipos de medidas, que usted pudo observar durante su estadía en la base naval, en el comando de la 8va brigada de mar, habían otros tipos de medidas, no solamente administrativas, una carpeta, llevar un control manual, habían otros tipos de medidas durante ese tiempo?”. Respuesta “Las medidas físicas, corresponden precisamente a las revistas que se deben pasar durante el día, que se deben pasar la verificación física a la visita al sitio, al local y ver que este correctamente cerrado, ver que no haya sido violentado, ya que como dije anteriormente, el local cuando se activa la guardia el fin de semana, el local se revisa y se cierra y las llaves van en un sobre lacrado al oficial que está de guardia de responsabilidad, si el Comandante de la Brigada está a bordo entonces es el quién va a recibir esas llaves del local, pero la verificación física es la, digámoslo así, es la mejor medida, para el control de los locales”. Pregunta “¿cuál fue el último día que usted, antes de que ocurriera el lamentable hecho de su familiar que falleció, que usted paso revista?”. Respuesta “Yo pasé revista el miércoles 13 de agosto en horas de la mañana, tal vez cerca del mediodía, se pasó revista a los depósitos de explosivos”. Pregunta “¿capitán de navío usted encontró alguna novedad durante esa revista?”. Respuesta “Ninguna, no fue observada ninguna novedad”. Pregunta “¿durante de la elaboración del pov de seguridad, que usted elaboró de acuerdo a su experiencia, contempló en alguno de sus artículos, preceptuados en el mismo instrumento legal, contempló usted, la designación de un vehículo para pasar revista al material de explosivos y municiones?”. Respuesta “No, no especifica en que se va a pasar revista al local, básicamente motivado a que se pasa revista en lo que esté disponible, entonces no va a especificar en qué tiene que ir en vehículo, si no hay vehículo entonces el hombre no ha a ir porque dice que no había vehículo, está obligado es su deber pasar revista por el medio que tenga disponible y si no tiene en que trasladarse, bueno va a pie, tan simple como eso, porque esa es la orden que está dictada, que es pasar revista a los locales”. Pregunta “¿Capitán de Navío, el pov especifica claramente cuantas veces al día o durante la noche o durante el resto de la faena diurna, se debe pasar revista?”. Respuesta “No, no lo específica”. Pregunta “¿estamos hablando que queda la interpretación del usuario del pov al azar, la revista?”. Respuesta “Queda en este caso bajo la dirección del oficial de guardia de responsabilidad, o del más antiguo, solicitarle u ordenarle a la persona encargada la cantidad de revistas que va hacer por ejemplo, pongo mi caso específico, cuando me corresponde a mi estar de fin de semana ser el más antiguo en la unidad, entonces yo les exijo un libro donde deben firmarme las revistas pasadas y al menos tres revistas durante el día y una revista durante cada turno de guardia de la noche, eso lo solicito yo, y se ha hablado y se ha ordenado de manera verbal a los oficiales subalternos que lo hagan de esta forma, mientras más revistas le pasen, más seguros van a estar durante su guardia, por decirlo así van a estar más seguros o se van a cuidar más de las responsabilidades que tienen asignadas, pues”. Pregunta “¿Capitán de Navío se especifica en esta declaración, que las revistas, el número de revistas al día, no aparecen especificadas en el pov?”. Respuesta “No claro, no aparecen especificadas, pero repito es un asunto de responsabilidad”. Pregunta “¿tenemos otra pregunta por aquí, el día 13 de agosto en horas del mediodía, se le pasaron revista al bunker de los explosivos y se detectó alguna novedad con las granadas?”. Respuesta “Está revista que se pasó ese día, bueno repito lo dije en la audiencia anterior, en estos bunker hay más de 100 ítem diferentes, agrupados por lotes, categorizados por, de acuerdo a las características, entonces de acuerdo al tipo disponible, las revistas se hacen, se eligen ítem de manera aleatoria, se van chequeando con el inventario general, si esto está sin novedad, se firma el libro de revista y se procede el cierre, la revista de ese día, se hizo de esa manera y no se detectó ausencia de material”. Pregunta “¿cuándo usted retoma las actividades de la unidad naval, fue notificado de la novedad y usted pasó revista, esa revista fue especifica en el área de las granadas?”. Respuesta “Se pasó revista a uno de los lotes de granadas y estaba sin novedad, ahora no recuerdo exactamente, pero me parece que por alguna casualidad correspondía al lote donde ocurrió la desaparición, no lo puedo confirmar, pero sí sé que se chequeo uno de los lotes de revista, perdón de granadas y estaba sin novedad”. Pregunta “¿considera usted capitán de navío, que el teniente de fragata Dickson Herrera, de acuerdo a su actuación profesional, es un oficial de primera línea en su categoría?”. Respuesta “Tendría que especificarme usted que es primera línea, puede ser sujeto a interpretaciones, el Teniente De Fragata Herrera Dickson, tuvo un comportamiento excelente durante el tiempo que se mantuvo en la Brigada, no presentó deficiencia ni fallas indisciplinarías y cumplió con su proceso, claro esto es un proceso de aprendizaje donde siempre hay altos y bajos verdad, pero no mereció en ningún momento un llamado de atención fuerte, ni una sanción fuerte motivado al comportamiento de alguna irresponsabilidad?”. Pregunta “Por esta parte, es todo ciudadano Juez”. Corresponde interrogar al codefensor, Pregunta ¿Capitán cuantas unidades se encuentran adscritas a la base naval?”. Respuesta “Hay dos unidades en la base naval de turiamo por la 8va Brigada De Comando De Mar y la Costa Aéreo Teniente de Navío Tomas Vegas la brigada a su vez tiene tres batallones dentro de su organización pero todos ellos dependen del comando de la brigada”. Pregunta “¿esos batallones no?”. Respuesta “Están en Turiamo preguntó?”. Pregunta “¿SI?”. Respuesta “Si están en Turiamo”. Pregunta “¿usted dice que el día 13 de agosto hubo una última revista antes de que ocurrieran, antes de que ocurrieran los hechos, esa última revista usted estaba acompañado por quién?”. Respuesta “Allí estaban el Teniente de Navío Torres Sánchez, el Teniente de Fragata Dickson Herrera, no recuerdo si exactamente el oficial de guardia y uno de los Sargentos que está siendo imputado también”. Pregunta “¿usted señaló que por lo, vamos a decir una palabra, recóndito de los bunker, no había luz y estaba en sitio escondido no, que otras medidas de seguridad alternas se han previsto durante las gestiones que han pasado, para el mejoramiento de esas condiciones?”. Respuesta “Hubo un tiempo que dichos bunker tenían sistemas de alarmas no, estos se dañaron con el tiempo, se solicitó varias veces que se repusieran esos sistemas, eso no ocurrió, después el encendido eléctrico que va hacía esa zona en algún punto se cortó y no fue resuelto el problema, pero aparte del cierre de la puerta los dos candados y el sitio poco accesible por decirlo así, no existían para la fecha otras medidas de seguridad adicional”. Pregunta “¿han existido inspecciones de órganos superior donde se han manifestado esas novedades, de la ausencia de esos medios de alerta temprana?”. Respuesta “Si siempre se hace, a nosotros nos pasan revista de armamento, de munición, de explosivos, la Dirección de Armas y Electrónica de la Armada, durante ese año 2014, pasó revista la Inspectoría General de la Armada, pasó revista la Inspectoría General de la Fuerza Armada y la Dirección de Armas y Explosivos, como órganos fiscalizadores externos y se les informó y ellos mismos contactaron las deficiencias, en cuanto a este tipo de sistemas de alerta temprana”. Pregunta “¿las recomendaciones o resultados, no fueron tomados en cuenta en su momento, o cuáles fueron las decisiones tomadas del comando al respecto a esa situación?”. Respuesta “Se ordenó la elaboración de un proyecto para llevar la electricidad hacía ese sitio, y la instalación de cámaras y otros accesorios para incrementar la seguridad”. Pregunta “¿usted manifestó que las exequias de su padre, se presume que habían un grupo de oficiales acompañándolo, estaba presente el teniente Dickson Herrera en ese momento?”. Respuesta “No recuerdo con precisión, pero creo que si estaba, creo que sí”. Es todo ciudadanos Jueces”.
Corresponde el derecho de palabra al Tribunal Militar. Pregunta “estaba previsto que en los bunker existentes en la base naval de turiamo, tuvieran guardia permanente, a través de una persona?”. Respuesta “Para la fecha, se nombraba, de los profesionales que trabajaban en esa dependencia que es la sección de armas y explosivos, responsables de los locales y el control administrativo de las municiones y explosivos, habían un grupo de trabajo, ese grupo de trabajo estaba encargado de hacer la guardia, eran nombrados o son nombrados a través de una orden del día, para que hagan guardia en ese sitio, claro no es una guardia permanente, no es una guardia permanente de estar parado frente a la puerta es la guardia de ir a chequear de pasar revista o de ir a retirar alguna munición o algún explosivo a solicitud de alguna de las unidades”. Pregunta “¿quién es el responsable de elaborar el rol de guardia o de recomendar la imposición de una guardia o suprimirla, con respecto a un espacio físico?”. Respuesta “Las guardias las elabora la división de personal de la Brigada, elabora por escrito las guardias, estas guardias son firmadas por el segundo Comandante y por el Comandante de la Brigada, está establecido que el único que puede autorizar el cambio de esa guardia, es el Comandante de la Brigada, es lo normal porque es el máximo firmante, entonces se supone que nadie puede pasar por encima de él para cambiar una orden del día, aparte de eso es que la orden del día tiene un carácter legal, como documento que establece la guardia que va a funcionar durante ese día”. Pregunta “¿con respecto a los candados usted manifestó que existía inicialmente un candado, ustedes adicionaron otro, eso es correcto?”. Respuesta “Si, así lo hicimos, durante el 2013 el Comandante que estaba en ejercicio que era el Almirante Ceballos Ichazo, ordenó colocar un segundo candado, motivado a que las puertas ya, ellas tienen un solo par de aldabas donde meter el candado, esto se hizo con una cadena gruesa que rodeaba las manillas de acceso y allí se colocó el candado de manera que la puerta no se pudiera abrir, si se rompía uno de los candados”. Pregunta “¿bien los fines de semanas, cuando se designada el grupo responsable de la guardia como era el proceso de cuidado de las llaves, es decir se lacraban juntas, separadas, se otorgaban a una misma persona se otorgaba a personas distintas como era, ilustre un poquito ese proceso por favor?”. Respuesta “Allí, para esta oportunidad no estoy seguro si se cumplió exactamente, hubo un tiempo que se dejábamos dos candados, dejábamos una llave con el oficial de guardia de responsabilidad, la otra llave la tenía el guardia del local, lo cierto es que el procedimiento establece, que esas llaves deben ser metidas en un sobre, se debe lacrar y debe ser recibidas todas por el oficial de seguridad del fin de semana, de manera de que sea él, el que maneje las llaves y no solo de los depósitos de armas y explosivos sino también de todos los otros locales donde se almacena material de importancia”. Pregunta “¿refiriéndome a las llaves del bunker número 7 que fue donde se presentó presuntamente la novedad las dos llaves de lacraban en un mismo sobre?”. Respuesta “Difícil que yo pueda conformar eso horita pero es muy probable que hayan estado metida en un mismo sobre, claro por separado un bunker y otro bunker en cada sobre pero es muy probable que hayan estado juntas”. Pregunta “¿quién era no la persona sino el nombre de la guardia que debía pasar revista en los bunker?”. Respuesta “A los bunker la orden que le deben pasar revista a los bunker y a los otros locales también a los parques, el oficial de guardia de los responsabilidad el o el oficial de guardia del día o el oficial de día que está durante el día, los Sargentos oficiales que tengan guardia de rondín durante la noche y el oficial de guardia por los bunker”. Pregunta “¿ha quedado claro en otras respuestas que no estaba especificada la periodicidad de las guardias es decir cuántas revistas habían que pasar durante el día, en la noche y usted manifestó ciertamente que eso quedaba a criterio del profesional sin embargo en el pov o el pav de la unidad, que regula la guardia de los bunker está especificado que al menos una vez al día había que pasarle revista?”. Respuesta “Si así es, al menos una vez al día, porque la textualmente decir, es más debe de decir pasar revista continuamente, no recuerdo bien, si dice al menos tres veces pero creo que dice pasar revista continuamente, pasar revista a los locales, si está especificado que por lo menos una vez, deben de pasarle revista, claro esa una vez, cuando usted lo enfoque en función a las personas que están de guardia, entonces si hay un oficial de guardia de día si hay uno de turno de ronda por cada turno, si hay un oficial de guardia de responsabilidad y cada uno de ellos hace al menos una revista al día, en horarios diferentes entonces ya tiene 4 o 5 revistas durante el día o la noche”. Pregunta “¿sabría usted cuanto es el parte de acuerdo a la toe de cada uno de los batallones que conforman la brigada?”. Respuesta “Le puedo hablar del porcentaje de plaza vacante, el promedio en todos los batallones en general está alrededor del 47% de plaza vacante”. Pregunta “¿y cuánto en cantidad es el 100% de la toe, me refiero a la tropa alistada, que conforman la unidad?”. Respuesta “Ya va, no le entendí disculpe”. Pregunta “¿en cuanto a soldados, cuántos soldados integran la toe de la unidad o sea son 400, son 300, son 200 y tienen 47%?”. Respuesta “La tropa se agrupa en lo que es el batallón de apoyo de la unidad, allí el batallón de apoyo según la toe, debería de tener unos 220, 230 infantes de marina y actualmente se está cerca de los 90, 80 infantes”. Pregunta “¿esa cantidad es por cada batallón, o por un solo batallón o por todos?”. Respuesta “Si le estoy hablando del batallón de apoyo específicamente, que es donde se agrupa la tropa alistada, porque los otros batallones en su organización solo tienen 5 tropas alistadas, porque son batallones de personal profesional”. Pregunta “¿cuántos bunker existen en turiamo?”. Respuesta “10 bunker”. Pregunta “ ¿ciudadano testigo, en el ya tantas veces llamado instructivo o pov sobre en verificación de seguridad a los bunker de armas, se establece en primera parte o sea le preguntó, el OG, el OJG, que se significara, que significa esas siglas?”. Respuesta “Oficial jefe de la guardia”. Pregunta “¿en ese item se señala que ojg, diariamente pasara revistas aleatorias (3 diurnas y en cada turno de ronda una como mínimo a los bunker y parque de armas de manera personal y aleatoria, a fin de verificar los alrededores de dichas instalaciones, así como la condición de los candados, alarmas y cerraduras, debiendo asentar las novedades efectivas en un libro de control, debiendo informar cualquier novedad de manera inmediata al comandante superior según el pov del ojg), mi pregunta va refería entonces en base a ese señalamiento la responsabilidad de pasar revista, entonces era al oficial jefe de la guardia o esa responsabilidad era también recaía en el oficial que estaba encargado de los bunker?”. Respuesta “Claro, cuando hablamos oficial jefe de la guardia, lo podemos personificar en el oficial que se pone el cordón de guardia durante el día, en la Armada se usa cordón en otros componentes es simplemente un porta nombre que se pone, sin embargo como dije anteriormente la misma situación general de inseguridad y otros eventos, que se venían viendo nos obliga a nosotros a nombrar un oficial de guardia por los bunker, como una medida adicional, esto viene siendo desde el año 2013, tal vez el POV estaba elaborado antes de eso y no aparece específicamente el oficial de guardia por los bunker, sino que se generaliza como oficial jefe de la guardia, pero indudablemente que la acción o las directrices allí establecidas, recaen también sobre esa persona que está de guardia, porque inclusive el POV no dice que cada rondín o cada ronda durante la noche, no lo dice de manera específica, pero se supone que estas de guardia y que esa es parte de las funciones que deben cumplir”. Pregunta “¿se señala un libro de control de revistas asentar las novedades respectivas en un libro de control, en base a esas revistas que se hacían, deberían haberse hecho diariamente y mínimo tres veces diurnas y una en cada turno, usted pasó revista a ese libro de control, en las fechas aledañas, después de presuntamente cometido el hecho?”. Respuesta “No, porque todo los libros incluyendo el diario de servicio, libros de entrada y salida de los parques y me imagino que esos libros fueron retenidos por el tribunal o por la fiscalía para la investigación, entonces los libros reaparecieron, creo que ya había pasado diciembre, creo que ya había pasado este año, o sea aparecieron 6 meses después”. Pregunta “¿tiene usted conocimiento acerca de las circunstancias, sobre si el acusado teniente de fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez, pasó revista o no pasó revista en la fecha de las cuáles presuntamente ocurrieron los hechos al bunker número 7 de dichas instalaciones?”. Respuesta “No, tengo conocimiento si pasó revista o dejo de pasar revista durante ese fin de semana”. JUEZ PRESIDENTE “bueno a continuación el Tribunal Militar le exhibirá al testigo los roles de guardia, correspondiente al mes de agosto de la mencionada unidad militar, de los cuál era plaza, los cuales figuran como elementos probatorios, a los fines de que el testigo ratifique o no el contenido de los mismo y verifique la firma que los suscribe es la de él”. Pregunta “¿el ciudadano testigo una vez que se le ha puesto en evidencia para su vista y manifestó el documento contenido en el los folios 184 al 196, reconoce usted el contenido de los mismo?”. Respuesta “Si”. Pregunta “¿puede informar acerca de que se tratan dichos documentos?”. Respuesta “Si, son los roles de guardia de oficiales de jefe de la guardia, el oficial de guardia de responsabilidad y el otro creo que es el guardia de los bunker”. Pregunta “¿en cada uno de ellos aparece una firma donde se lee allí Jim Gentile Nieves Capitán de Navío Segundo Comandante, es la firma que aparece allí, quién suscribe dichos documentos?”. Respuesta “si afirmativo”. Pregunta “¿ciudadano testigo, refiera el control que existía, sobre las llaves de acceso a los candados de seguridad, del bunker número 7, existían copias a su vez, de esas llaves o donde reposaban las mismas que existían?”. Respuesta “Si, las copias las almacenan el Comandante de la Brigada, en su caja fuerte”. Pregunta “¿refiera usted sobre la presunta perdida de sustracción de la pérdida del material de guerra, indique cantidad de las mismas?”. Respuesta “Cuando se me notificó, se me informó sobre la pérdida de 16 granadas de mano, ofensivas”. Pregunta “¿tiene usted conocimiento si pertenecían a uno o varios lotes, o sobre esa circunstancia, en cuanto a la pertenencia de lotes?”. Respuesta “Creo, en algún momento de haber tenido la certeza de haber verificado, que eran todas de un mismo lote, no estoy muy seguro, pero creo que si cuando pasamos revista”.
Una vez analizada la declaración rendida por el testigo CN JIM FERNANDO GENTILE NIEVES, se aprecia que éste se desempeñaba para la fecha en que ocurrieron los hechos objeto de la presente causa, como Segundo Comandante de la Octava Brigada de Comando de Mar. Y que a su vez, el mismo se encontraba de permiso, para la fecha, en que se detectó la novedad, es decir, el día 18 de agosto de 2014, por la muerte de su señor padre. Asimismo, el precitado Oficial Superior, pasó revista el día 13 de Agosto 2014 a los Bunker, donde están almacenados las municiones y los explosivos, específicamente donde está la munición, no encontrando novedades resaltantes, y haciendo en dicha revista las respectivas observaciones, al Oficial logístico y al Oficial encargado de los bunker, al TN Torres Sánchez y al TF Dickson Herrera, respectivamente. Del análisis efectuado a la presente declaración testifical, dimanan elementos de convicción que conducen a estos juzgadores a considerar que ciertamente el acusado TF Dickson Herrera Rodríguez, el cual era plaza de la Octava Brigada de Comandos de Mar, efectivamente se desempeñó como oficial jefe de la guardia por la Octava Brigada de Comandos de Mar y como Oficial guardia de Bunker, el día 14AGO14; que intervino en la práctica de pesquisas con miras a la búsqueda del material de guerra presuntamente extraviado, el cual era orgánico de la Fuerza Armada Nacional; por lo que al ser apreciada dicha declaración, SE ESTIMA como prueba, todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal.
5.- Declaración testifical rendida por el ciudadano CONTRALMIRANTE VICTOR PLASENCIA VERA, titular de la cedula de identidad No: V-6.494.893, promovido por la Representación del Ministerio Publico Militar. Soy comandante de la Brigada de Operaciones Especiales de Comandos de Mar N°8, estado civil casado, edad 50 años, domicilio San Antonio de los Altos”… Seguidamente El JUEZ PRESIDENTE pregunto: …” ¿guarda usted alguna relación de parentesco, bien sea de consanguinidad o afinidad, que lo vincule con el acusado, presente en esta sala de audiencia?”… CONTRALMIRANTE PLASENCIA VERA VICTOR en su condición de TESTIGO respondió:…“No, ninguna”… Seguidamente El JUEZ PRESIDENTE señalo: …”por favor señale usted de manera oral y sucinta el conocimiento que tiene usted acerca de los hechos objeto del presente Juicio Oral y Público”… El CONTRALMIRANTE PLASENCIA VERA VICTOR en su condición de TESTIGO señalo:…“ Conocimiento, que se sustrajeron unas granadas y se están haciendo las investigaciones necesarias al respecto, hasta ahí el conocimiento que tengo global”.… seguidamente el JUEZ PRESIDENTE señala: “…a continuación usted podrá ser objeto de preguntas por cada una de las partes intervinientes en la presente causa, por favor escuche las preguntas atentamente, si no entiende el contenido de las mismas, pida una aclaratoria y al responder dirija su mirada al Tribunal Militar, se le concede el derecho de Palabra al cddno. representante del Ministerio Publico, para que interrogue al Testigo, si a bien pudiese ejercer tal derecho”…siguiendo instrucciones del Juez Presidente toma la palabra el Primer Teniente PAEZ FROILAN en su condición de FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO MILITAR DECIMO PRIMERO CON COMPETENCIA NACIONAL quien inicia su ciclo de preguntas de la siguiente manera:…”Quisiera solicitar muy respetuosamente a esta magistratura, se le ponga, de vista y manifiesto el oficio Numero 0021 de fecha 20 de agosto del año 2014, el cual se encuentra en el folio 3 de la pieza número 1”. Seguidamente El JUEZ PRESIDENTE señaló: Continúe con su interrogatorio ciudadano fiscal” Pregunta ¿Mi contralmirante usted reconoce la firma que aparece allí? Respuesta “Sí la reconozco”. Pregunta ¿A quién pertenece? Respuesta “pertenece a mi persona”. Pregunta ¿Nos podría indicar en ese oficio, que es lo que usted solicita al fiscal superior? Respuesta “Al detectar que falta un material de explosivos, se procede a informarle a la fiscalía militar, que el día 18 se detectó esa novedad y uno de los entes al cual uno llama para informarle para que aperturen la investigaciones respectivas, además de haber llamado a la Infantería de Marina y a la Inspectoría de la Armada también”. Pregunta ¿Qué fue el objeto que presuntamente se sustrajo? Respuesta “Se sustrajeron 16 granadas de manos de alto explosivo”. Pregunta ¿Quisiera solicitar muy respetuosamente se le coloque de vista y manifiesto la guía de lineamientos de COBRICOMAR, el cual se encuentra ubicada en los folios 229,235, 236 y 242 respectivamente de la pieza número 1? Seguidamente El JUEZ PRESIDENTE señaló: Continúe con su interrogatorio ciudadano fiscal” Pregunta ¿Mi contralmirante, nos podría indicar si reconoce esa firma que aparece en esa guía de lineamiento de COBRICOMAR, que aparece en los folios del 229 al 242? Respuesta “Sí la reconozco” Pregunta ¿Nos podría indicar a quien pertenece la misma? Respuesta “Pertenece a mi persona”. Pregunta ¿Nos podría informar a groso modo de que se trata esta guía de lineamiento? Respuesta “Sí, eso lo hace un comandante para que vean el objetivo, la misión o visión que va a tener la unidad como tal, ahí se abarca desde comunicaciones, el segundo comandante sus funciones, los comandantes de los batallones a nivel general y ciertas misiones específicas”. Pregunta ¿En esa misma guía de lineamientos, deben aparecer las revistas que se deben pasar a los Bunker que se encuentran en esa unidad? Respuesta “No sé si específicamente la coloque allí o en la ordenes permanentes de la unidad? Pregunta ¿Existe algún P.O.V en esa unidad de comandos de mar”. Respuesta “Sí existe un P.O.V de la unidad”. Pregunta ¿En el P.O.V que existe, que nos acaba de informar, aparecen específicamente las funciones que debe cumplir el oficial de guardia? Respuesta “Aparecen las funciones del oficial de guardia y las del oficial de responsabilidad”. Pregunta ¿Entre las funciones inherentes a las obligaciones que debe cumplir el oficial que presta el servicio de guardia, nos podría informar a groso modo, cuales son algunas de ellas? Respuesta “Pasar revista a todos los servicios que generen malestar al personal, en el momento que puede estar ausente o presente el comandante de la agrupación, pasar revista a todos los parques, donde existen armamentos, explosivos y depósitos logísticos también de la parte administrativa”. Pregunta ¿En ese mismo P.O.V, nos podría informar si el oficial de guardia, cuantas veces debe pasar revista a los Bunker si se encuentra en la misma? Respuesta “Esta especificado, mínimo tres revistas diarias, sin embargo, si quiere pasar más también”. Pregunta ¿En esas tres revistas diarias, cual es la manera o la forma de pasar dicha revista, por el oficial que se encuentra prestando el servicio de guardia? Respuesta “Pasan alrededor de los locales, lo ven en la parte externa, ven que todo esté en orden y posteriormente se le va informando al comandante, está en orden la revista o le dicen al segundo comandante de la brigada también, pasamos revista estamos sin novedad, pero es la parte externa”. Pregunta ¿En dicha revista, si existe alguna novedad, el oficial de guardia debe transmitirla a su superior inmediato? Respuesta “Sí, ese es el deber ser, y la orden que hay, a su superior inmediato en el sitio, para tome ciertas acciones”. Pregunta ¿Cuándo tuvo usted conocimiento, de la presunta sustracción de estas 16 granadas que fueron sustraídas en el Bunker número 7? Respuesta “El día 18, si mal recuerdo, día lunes a las 16:00 horas aproximadamente” Pregunta ¿De qué persona recibió dicha noticia? Respuesta “Capitán de Fragata ANGEL RIVERO”. Pregunta ¿Se tomó alguna medida inmediatamente después que usted tuvo conocimiento de esta información, de la presunta sustracción de 16 granadas del Bunker numero 7? Respuesta “Sí, la primera medida que tome, es que esperara que yo llegara al sitio, ya que yo estaba en ruta, no tocaran nada, que dejaran todo ahí, llegue al sitio inmediatamente, llegue al sitio, que fue aproximadamente una hora, una hora y pico, pase la novedad, me acerqué hasta el sitio, vi la situación irregular y llame a los órganos competentes, por ejemplo llame al Inspector de la Armada al almirante MANEIRO, llame al comandante de la Infantería de Marina en ese momento, que era el almirante CEBALLOS, y de ahí ellos activaron los órganos de investigación por parte de la Inspectoría General de la Armada, yo solicito el oficio para la fiscalía, porque también me dijeron eso, solicita el oficio para la fiscalía, hable con el General CHOURIO que es el que los activa y así fue el procedimiento”. Pregunta ¿Entre esas actividades realizadas por su persona, se encuentran haberle participado a otro organismo, como acaba de manifestar, la pregunta es la siguiente, tiene conocimiento si se le realizó alguna experticia a ese Bunker número 7, es decir, por los órganos que se encargaron de dicha investigación? Respuesta “Cuando llegaron los órganos de investigación, tengo conocimiento de que pasaron revista a los Bunker el C.I.C.P.C, ahora específicamente en el sitio en sí, no estaba ahí en la cuestión, pero si tengo conocimiento que ellos pasaron su inspección”. Pregunta ¿Específicamente, en el Bunker número 7, es de fácil acceso para el personal, es decir para personas foráneas que no sean de esa unidad? Respuesta “Es un área restringida, sin embargo el acceso, si no lo ve nadie puede acceder, pero es un área restringida, está en un monte bastante alejado de la parte del comando, en sí y eso es lo que hay, no hay una cadena o una puerta que tenga que abrir para pasar al sitio, es una vía y es monte y hay una carretera, pero no hay una cuestión que tenga que abrir un candado una llave para pasar, es libre el acceso, restringido, ah tiene que estar autorizado para ingresar al sitio”. Pregunta ¿En ese Bunker número 7, las personas que no son de la unidad, saben que ahí se guardan específicamente material explosivo? Respuesta “Sí saben, aparte de la gente encargada, si saben, porque entre ellos mismos hacen los comentarios en la unidad, en la brigada, lo que no deben de saber, es específicamente que hay, pero ellos deben decir hay armamento, hay explosivos, como ellos de repente creen que esta el armamento ahí, el armamento está en otro parque, específicamente no, pero si saben que ahí hay explosivos, armamento etc, etc”. Pregunta ¿Pero una persona extraña que no sea de la unidad, tiene conocimiento que en ese Bunker existe material explosivo? El JUEZ PRESIDENTE señaló: ciudadano fiscal, un momento, la pregunta debe ser objetiva, en base al conocimiento que tiene el testigo. Pregunta ¿Esos Bunker tienen alguna medida de seguridad y si existe algunas medidas de seguridad, nos podría indicar cuales son las mismas? Respuesta “Los Bunker en ese momento, la medida de seguridad que tenían eran, la puerta trancada con unas aldabas que contenían las cadenas y unos candados, no había cámara, no había sensor de ruido, luces si había, pero de seguridad, como cámaras y sensores de ruido y sensores de movimiento, no los tiene, no contaba en ese momento, estaba en solicitud, pero no contaba”. ”gracias ciudadano Contra-Almirante, ciudadanos magistrados, no tengo más preguntas”… toma la palabra el JUEZ PRESIDENTE y señala:…”se le concede el derecho de palabra a la representación de la defensa técnica para que interrogue al testigo si a bien pudiese ejercer tal derecho… Pregunta ¿Almirante buenos días, gracias por asistir, nosotros vamos hacer varias preguntas y esas preguntas van a estar basadas no en la seguridad, ya la seguridad la hemos hablado en este digno tribunal 500 veces y sabemos que no había medidas de seguridad, sin embargo nosotros queremos, por favor, que nos diga, en el corto periodo que usted tuvo al Teniente de Fragata bajo su mando, como fue conducta como profesional de la armada? Respuesta “El Teniente de Fragata HERRERA DICKSON en el corto tiempo que yo estaba ahí, la conducta era excelente y me atrevería a decir que no nada más en ese corto tiempo, sino porque yo estuve en esa unidad desde el 2004 al 2009, sin contar el 2006 y donde conocí al Teniente y la conducta también era excelente”. Pregunta ¿La guía de lineamiento es una guía que especifica cada una de las tareas, de las responsabilidades de los profesionales que están adjudicados a la unidad o son líneas gruesas que van a sugerir dentro de la profesionalidad de cada uno de ustedes las ordenes sugeridas? Respuesta “Sí hay líneas gruesas y hay inclusive líneas específicas, en el lineamiento del comandante hay las gruesas y las específicas, pero hay específicas que de repente no están en el lineamiento del comandante, que están en el P.O.V e inclusive en el libro de órdenes permanentes que hay”. Pregunta ¿Dentro de las líneas específicas que están dentro de la guía de lineamientos, existen tareas, labores específicas que están dentro de las tareas sugeridas, aun no estando escritas en esos documentos, le voy a dar un ejemplo, en ausencia del logístico, en ausencia del responsable del comedor, la guardia se debe hacer por antonomasia responsable de que toda la unidad coma, porque es una tarea sugerida, sin estar escrita, existe eso? Respuesta “Sí existe eso, y como la guardia es la responsable de todo, los acaecimientos que suceden en el día, entonces hay ciertas cuestiones que a lo mejor no están escritas, pero por la experiencia, la enseñanza de escuela etc, etc, saben que le corresponde esas cuestiones”. Pregunta ¿Dentro de las obligaciones, responsabilidades del oficial jefe de la guardia, se contempla evidentemente pasar revista por todas las instalaciones, es correcto? Respuesta “Si, es correcto”. Pregunta ¿Recuerda usted almirante por favor, trate de hacer memoria en estos momentos, las responsabilidades específicas del encargado del Bunker número 7, las específicas, las que están escritas exclusivamente para su responsabilidad? Respuesta “Bueno, ahí tiene una el conteo autorizado del material, la otra es pasar revista física externa, entre las que me acuerdo, el conteo ya implica un inventario del Bunker o parque de armas semanalmente, implica eso, que día se hacía, generalmente los jueves antes de la gente irse de franquía, entonces el parquero siempre debería estar ahí, es su responsabilidad se pone ahí y le podemos mandar otro para que este ahí, pero el parquero tiene que estar, ósea yo abrir el parque, si yo soy el parquero y me mandan un oficial para inspeccionarlo, el parquero debe estar ahí, porque el parquero no debería confiar en el que le coloquen ahí de inspector también”. Pregunta ¿Cada vez que la unidad, la Octava Brigada de Comandos de Mar, iba a realizar un ejercicio de tiro y que implicaba el uso de municiones, armamento, explosivos, había una responsabilidad del parquero exclusivamente para entregar el equipo, las municiones, esa era su responsabilidad o había otras? Respuesta “Sí, esa era su responsabilidad”. Pregunta ¿Cuándo usted el día 18 de agosto a las 16:00 horas, se entera de la novedad por parte del Capitán de Fragata ANGEL RIVERO, usted tuvo la iniciativa o no la tuvo, de contar el material, y si lo hizo, en presencia de quien lo hizo? Respuesta “No, al llegar lo primero que hice fue acordonar el sitio y dije nadie pasa, nadie toca nada, porque la irregularidad la vimos afuera no se vio adentro, afuera vimos, rompieron las aldabas, la cadena rota, entonces nadie toca nada, si lo tocaron antes no lo sé, porque yo lo pregunte, no lo sé, entonces nadie toca nada, activé los órganos de investigación y llego la fiscalía, la fiscalía se encargó del proceso, todos los órganos pasan hacer auxiliares del fiscal y así se cumplió toda esa actividad”. Toma la palabra nuevamente el JUEZ PRESIDENTE y señala:…”se le concede el derecho de palabra a la otra representación de la Defensa Privada. Pregunta ¿Esa guía de lineamiento usted la comunicó a todos sus oficiales en una reunión específica o simplemente fue entregada en particular, la guía de lineamiento fue manifestada en una reunión específica o fue entregada particularmente? Respuesta “Sí, generalmente uno en la brigada acostumbra hacer una reunión los lunes, a menos que haya ausencia de muchas personas, sin embargo uno trata de que los lunes o en la semana hacer una reunión y en esa reunión se dicen ciertas cuestiones, la guía de lineamiento, como también algunas u otras órdenes que salgan, porque uno vio algún tipo de novedad y también se dicen los acontecimientos del país, como hay que actuar, etc, etc, pero en resumen si se lee y se entrega también y se tiene en una carpeta, ósea, que cualquiera puede leerla ahí”. Seguidamente El JUEZ PRESIDENTE señaló: ·”Ciudadano Contralmirante, viendo esta guía de lineamiento que usted acaba de ratificar, en el folio 236 de la pieza que la misma se encuentra, establece, 235, hay un punto que está asignado, en el punto 5 logística, punto c, elaborar un rol y asignar mensualmente por oficio a un oficial subalterno y un Sargento responsable por inspeccionar el armamento y todos los parques de una unidad en particular, debiendo elaborar al finalizar, el respectivo informe administrativo y en el folio 234, establece igual requerimiento, que debe pasarse un informe, designar un oficial mediante un rol y estos deben pasarle a usted un informe, entonces viene la pregunta, usted tiene conocimiento si durante el tiempo que usted estuvo comandando, recibió algún informe realizado con ocasión a dichas revistas al Bunker número 7, y si en la misma se detectó alguna novedad? Respuesta “No, no tengo conocimiento y creo que no lo pasaron”. Pregunta ¿Usted recibió la unidad en qué fecha? Respuesta “20 días antes del 18”. Pregunta ¿En ese proceso de entrega administrativa, usted pasó revista o algunos de sus designados ordenó que se le pasara revista, específicamente al Bunker numero 7? Respuesta “Revista externa, interna no, inclusive mi persona pasó externa, ósea, toda la unidad, los Bunker, los parques, los sollados, que uno le llama sollados a los dormitorios, los baños, todo, para ver cómo estaba todo a nivel general”. Pregunta ¿La persona encargada del área de los Bunker, entiende usted, que profesional era el designado para controlar y vigilar los mismos? Respuesta “El logístico, es el hoy Capitán de Corbeta TORRES, él era el logístico en esa oportunidad, que es el que le corresponde estar chequeando o viendo, pasando revista, designando a la gente que va a pasarle revista de inspección, etc, etc”. Pregunta ¿Existía algún profesional militar o profesionales militares, específicamente encargados de controlar el Bunker numero 7? Respuesta “Sí, el logístico con el parquero”. Pregunta ¿Quién era el parquero, conoce usted la identidad del mismo? Respuesta “El Teniente de Fragata HERRERA DICKSON”. Pregunta ¿En cuanto al régimen de guardia en esa unidad como era, como se instruían las responsabilidades, usted refería un oficial responsable a su vez refiere un oficial jefe de la guardia, especifique por favor como es ese sistema de guardia? Respuesta “Sí, ahí los fines de semana se activa un oficial de responsabilidad, que es un oficial superior, este oficial superior, a su vez hay un oficial jefe de la guardia que tiene el cordón, es el oficial jefe de la guardia, el oficial superior de responsabilidad, él puede dar vuelta, él puede sentarse, ósea no es específicamente, es el de responsabilidad en caso que suceda algún acaecimiento, también tiene que pasar revista, también tiene que mantenerse, el jefe de la guardia, tiene que pasarle a él novedades, pasar revista por aquí pasar revista por los Bunker, si se encuentran sin novedad y él sino se confía, tiene que ir también y dar una vuelta por todas las aéreas y después se va otra vez a descansar, ósea es una guardia que puede estar inclusive, que puede estar en shores, en la zona, él está de guardia de responsabilidad en el área de la Brigada, en caso, para tomar alguna decisión que de repente que un oficial subalterno no la toma, antes de llegar al comandante, porque si a él también, al oficial superior se le tranca el serrucho, como se dice, él llama al comandante, es la acción inmediata, para eso es el oficial de responsabilidad, acción inmediata que se debe tomar”. Pregunta ¿Por una parte, usted ha hablado también del oficial jefe de la guardia, son dos roles distintos? Respuesta “No, en el mismo rol, aparece el oficial de responsabilidad y todas las guardias, oficial jefe de la guardia, oficiales de inspección, guardia de dormitorios, etc, etc”. Pregunta ¿Durante el fin de semana había un rol, la guardia se montaba de una manera distinta a los días de semana, especifique esa circunstancia? Respuesta “Excepto el oficial de responsabilidad, todas las guardias son iguales”. Pregunta ¿Tiene usted conocimiento que oficial de responsabilidad era el que se encontraba en ese fin de semana previo al 18 de agosto al 2014? Respuesta “Sí, estaba el Capitán de Fragata HERNANDEZ NATERA o MATERAN”. Pregunta ¿Recuerda usted la identidad de los oficiales jefes de la guardia, que se desempeñaron en ese fin de semana previo al día 18 de agosto de 2014? Respuesta “No” Pregunta ¿Para esa fecha previa al 18 de agosto de 2014, el acusado Teniente de Fragata DICKSON RONALD HERRERA, tiene usted conocimiento si él mismo tenía algún tipo de responsabilidad de servicio relacionado con las guardias? Respuesta “Ahorita, no te lo sabría decir, no creo que estaba en el rol, no lo creo, en verdad si digo algo miento, porque no lo sé”. Pregunta ¿Tiene usted conocimiento cual fue la última revista y si en la misma se detectó alguna novedad? Respuesta “No, me entere de la novedad el día lunes y posteriormente no me habían informado de ninguna novedad en los Bunker, en la semana anterior no me habían informado nada, ni lunes, ni martes, ni miércoles ni jueves”. Pregunta ¿Tiene usted conocimiento si ese fin de semana, previo al 18 de agosto, se presentó alguna circunstancia especial extraordinaria, en ese tiempo de servicio, en ese fin de semana, se presentó alguna circunstancia especialísima? Respuesta “Tengo entendido que hubo un acto, creo que era de juramentación, un acto, creo que fue el día viernes, hubo un acto, yo en esos días estaba en actos en puerto cabello, que en esa época era la recepción de los comandantes de brigada, etc, etc, estábamos en ese acto, pero tengo entendido que había un acto de licenciamiento de las tropas”. Pregunta ¿Durante esa fecha del 18 de agosto del 2014, se estaba realizando o no, alguna actividad de curso, que ameritaba o no el uso de explosivos de ese Bunker numero 7? Respuesta “No, había un curso de comando, mas no sé si estaban necesitados de explosivos, si necesitaban no sé”. Pregunta ¿Conoce usted para esa fecha, el nombre del segundo comandante de la unidad? Respuesta “El Capitán de Navío JIM GENTILE NIEVES”. Seguidamente le correspondió el derecho de palabra al Tribunal Militar: ”Se le va a poner de vista y manifiesto al testigo, un medio probatorio promovido por la defensa técnica, referido al instructivo y P.O.V y roles de guardia correspondientes al mes de agosto del 2014, los cuales rielan a los folios 183 al folio 196 de la pieza número 1. Pregunta ¿Cddno Contraalmirante, ud., los folios que se le acaban de poner de manifiesto, ratifica, es su firma, quien suscribe cada uno de ellos? Respuesta “Sí”. Pregunta ¿Puede informar, en que versa la generalidad de esos documentos que se han puesto de manifiesto? Respuesta “Sí, ahí están los roles de guardia del oficial de responsabilidad, de guardia de parquero, guardia de cocina, choferes de guardia, los roles del mes”. Pregunta ¿Al folio 186, existe un rol de oficiales de guardia, puede decir si, correspondiente al mes de agosto de 2014, puede decir si en ese rol de guardia se encontraba señalado el acusado Teniente de Fragata DICKSON RONALD HERRERA, como encargado de algún tipo de guardia en ese rol? Respuesta “Si, aparece el día 14, del mes de agosto de 2014”. Pregunta ¿Qué cargo desempeñaría él en el servicio, en esa fecha? Respuesta “De parquero, guardia de parque”. Pregunta ¿Pero de acuerdo a ese rol, que cargo temporal le tocaba desempeñar, como se llamaba esa función? Respuesta “Rol de oficial jefe de la guardia”. Así mismo en el folio 190 de esa misma pieza aparece un rol de guardia referido a la guardia de Bunker. Pregunta ¿Puede igualmente referir, si en dicho rol de guardia, existía algún tipo de responsabilidad asignada al Teniente de Fragata DICKSON RONALD HERRERA RODRIGUEZ? Respuesta “Si, aparece en el rol de guardia de los Bunker de la Brigada del mes de agosto de 2014 y aparece de guardia del 14 al día 18 de agosto del 2014”. Pregunta ¿Ciudadano testigo, puede usted aclarar que función corresponde, que responsabilidad conlleva ese rol de guardia responsable de los Bunker, es un rol de guardia distinto al jefe de la guardia, como es esa función? Respuesta “No, tiene el jefe de la guardia lo que es alimentación, etc, etc, y además en esa oportunidad me imagino que era por cuestiones de servicio que tenía esas dos guardias, está la guardia del Bunker también, que es la parte física nada más del Bunker, no la parte interna, nada más la parte física, lo exterior, si están las cadenas y los candados, todo bien, esa es realmente esa guardia, pasar revista tres veces al día de las compuertas del Bunker”. Pregunta ¿Y durante esa fecha, tiene usted conocimiento si el acusado Teniente de Fragata DICKSON HERRERA, pasó o no pasó revista a esas instalaciones de ese Bunker, tiene conocimiento sobre esa circunstancia, sobre si pasó o no pasó revista? Respuesta “No tengo conocimiento si paso o no”. Pregunta ¿En ese Bunker número 7, existía algún tipo de guardia fija o permanente, había algún centinela en el Bunker numero 7? Respuesta “No”. Pregunta ¿Y al momento que usted recibió ese comando de unidad, de la Octava Brigada de Comandos de Mar, usted recibió algún tipo de solicitud, recomendaciones, respecto a los oficiales responsables de ese Bunker, logística, por ejemplo por excelencia, respecto a las mejoras de dicho Bunker, de las instalaciones de medidas de seguridad de dicho Bunker? Respuesta “Recibiendo no, al pasar los días sí, era necesario y me lo plantearon al pasar los días, después de lo sucedido”. Pregunta ¿Quién se lo planteo, si recuerda? Respuesta “El logístico y el segundo comandante de la Brigada”. Pregunta ¿Puede informar las medidas de seguridad actuales de ese Bunker cómo han evolucionado, si han cambiado o han mejorado? Respuesta “Sí, las aldabas se cambiaron, ahora no se pueden romper con una segueta, ya tenemos los postes de alumbrado y las cámaras ya están en camino, se dieron los reales a la empresa, ya las adquirieron y ya están a punto de instalar, en dos o tres semanas ya están listas, no ha sido fácil conseguir las cámaras a pesar de tener el dinero, sin embargo ya se están haciendo los trabajos de alumbrado y cámaras y sensor de movimiento”. Pregunta ¿Usted refería en su declaración acerca de un instructivo de P.O.V, puede informar, si en ese documento si se trazaron algunas líneas específicas, respecto a las responsabilidades del oficial parquero, del oficial encargado de ese Bunker número 7, que responsabilidad tenían en ese P.O.V, si existía algún tipo de responsabilidad? Respuesta “Sí, la responsabilidad es pasarle revista externa, de cuando abran el parque, deben hacerlo con supervisión del parquero y del oficial que va a hacer inspección, de pasar revista inclusive de todo el área de posible monte, que se pueda generar fuego y sea peligro para el Bunker etc, etc. Pregunta ¿Además del oficial logístico, el Teniente de Navío que usted refirió en su declaración y el Teniente de Fragata DICKSON HERRERA ,existía algún otro profesional encargado de la custodia, control y vigilancia de los Bunker u otro profesional militar? Respuesta “Sí, existen los auxiliares, de también de los parqueros, que es el Sargento MEDRANO, que es auxiliar de parquero, son generalmente los que están en la parte de los Bunker o los que estaban en la parte de los Bunker”.
Una vez analizada la declaración rendida por el testigo ALMIRANTE VICTOR PLACENCIA VERA, se aprecia que éste se desempeñaba para la fecha en que ocurrieron los hechos objeto de la presente causa, como Comandante de la Octava Brigada de Comandos de Mar, ubicada en el Apostadero Naval de Turiamo en el Municipio Costa de Oro del Estado Aragua. Y que a su vez, el mismo no se encontraba en la Unidad, durante el fin de semana, donde se presume que ocurrieron los hechos, como fué la sustracción de la dieciséis (16) Granadas de Mano defensivas de alto explosivo, del Bunker N°7, para la fecha, en que se detectó la novedad, es decir, el día 18 de agosto de 2014, ya que venía de retorno a las instalaciones de la misma. Asimismo, al precitado Oficial Almirante, le informó el Segundo Comandante CN JIM GENTILE NIEVES de la revista que el día 13 de Agosto 2014, pasó a las instalaciones de los Bunker, donde están almacenados las municiones y los explosivos, específicamente donde está la munición, no encontrándose novedades resaltantes, y haciendo en dicha revista las respectivas observaciones, al Oficial Logístico y al Oficial encargado de los bunker, al TN Torres Sánchez y al TF Dickson Herrera, respectivamente. Del análisis efectuado a la presente declaración testifical, dimanan elementos de convicción que conducen a estos juzgadores a considerar que ciertamente el acusado TF Dickson Herrera Rodríguez, el cual era plaza de la Octava Brigada de Comandos de Mar, efectivamente se desempeñó como oficial jefe de la guardia por la Octava Brigada de Comandos de Mar y como Oficial guardia de Bunker, el día 14AGO14; que intervino en la práctica de pesquisas con miras a la búsqueda del material de guerra presuntamente extraviado, el cual era orgánico de la Fuerza Armada Nacional; por lo que al ser apreciada dicha declaración, SE ESTIMA como prueba, todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal.
6.- Declaración testifical rendida por el ciudadano CONTRALMIRANTE HORACIO ALBERTO LORETO RUIZ, cedula de identidad 6.495.075. Edad 49 años, estado civil soltero. Promovido por la Representación de la Defensa Técnica.
JUEZ PRESIDENTE: guarda usted algún vínculo ya sea consanguíneo o afín, o algún grado de parentesco consanguíneo o afín, que lo vincule con el acusado, presente en esta sala de audiencia. Respuesta: no, somos compañeros del componente armada y tuve la oportunidad y el honor de tenerlo bajo mi comando, durante mi gestión como comandante en la Bricomar. JUEZ PRESIDENTE: señor Contralmirante, relate usted de manera oral que conocimiento tiene usted sobre los hechos objeto de prueba, en este juicio oral y público. HORACIO ALBERTO LORETO RUIZ: “bueno ante todo mis respetos, buenos días, recibí la orden de la ex ministra Almirante CARMEN MELÉNDEZ de recibir el comando de la bricomar, exactamente en septiembre del 2013 y disculpen la imprecisión de fecha, pero fue ya tiempo atrás y en lo que recibí el comando, no pertenezco al área de operaciones especiales, sin embargo las instrucciones eran diferentes, más allá era buscar, armonizar en una unidad bien difícil de comandar por su tipología, en la gestión de comando, lo que se inicia es el chequeo de los bienes que uno comienza a recibir, hago la observación de que encontré muchos detalles durante el proceso de revisión, de lo cual no firme el acta de entrega del anterior comandante, porque realmente eso no estaba alineado con la formación que tengo, hice la acotación al comandante de infantería marina y le hice saber eso, y con respecto a lo demás, se solicitó las auditorias pertinentes a la armada, en el caso de dirección de armas y explosivos, para chequear que realmente tiene asignado para ese momento la unidad, porque es una unidad altamente operativa, de alto entrenamiento y tenía una gran cantidad de material explosivos y armas y municiones, que requería saber con exactitud que le estaba asignado, de hecho me permito con mucho respeto decir, que se notó la ausencia de armas que no estaban en la unidad, porque muchos profesionales las usaban para uso individual, siendo que eso era incorrecto pues, entonces había a mi entender unas irregularidades, que tenían que ponerse el orden en esos parques, esos parques o bunker como se dicen en la Armada, están asignados a la Dirección de Armas y Electrónica, es la que administra todo eso, y dos espacios específicamente, están asignados para guardar las municiones y las armas de la Brigada, en el proceso de digamos comienzo a gerenciar, lideralizar y comandar, comienzo a conocer mi equipo de trabajo, entre esos estaba el aquí presente el Teniente de Fragata DICKSON RONALD HERRERA RODRÍGUEZ, a quien observé durante mi gestión como comandante, un extraordinario oficial, en las ordenes que le daba, en la forma tan respetuosa el siempre responsablemente asumía sus responsabilidades, el nunca en mi gestión de casi un año de comandante tuve que hacerle llamados de atención, por el contrario, el junto con el Teniente de Navío Torres, pusieron en orden ese parque, que era un desastre, de eso hay pruebas fotográficas, de como era antes y de cómo lo dejamos nosotros, arreglamos, estibamos bien, encontramos mucho material ya obsoleto de desecho y pedimos a Daex, para que se destruyera, se enajenara y nunca tuvimos respuesta de Daex con respecto a eso, en el caso de la Armada, tuvimos el apoyo de la Inspectoría de la Armada, para inspeccionar nuevamente los parques y me refiero a ese tema específico, porque es lo arduo, del caso del parque, la unidad de operaciones especiales se adiestra todos lo días, todos los días tienen adiestramiento, porque es una unidad de operaciones especiales y me disculpan la reiteración y todas las noches y en todo momento están entrenándose, para difícil misiones que le asigna el Estado, en el caso de la entrada y salida de munición, el control es diario, todos los días había salida y entrada de munición, ósea, que si hablamos de controles, aparte de los controles establecidos por los manuales de la Armada, por los libros de control, por los libros del comandante, por la supervisión de oficiales de guardia, este todos los días había movimiento, es una unidad muy dinámica, muy dinámica, entonces el consumo es justificado, es justificado el alto consumo de munición por el entrenamiento, nunca pudimos resolver el problema de los explosivos obsoletos, eso quedo allí pendiente, detecté muchas fallas en servicios eléctricos, es una zona muy oscura, muy inhóspita, una zona montañosa, es la falda del parque Henri Pittier, que da hacia la costa de Ocumare, la costa del sol, Turiamo es una bahía de esa costa y eso fue una base militar, que se creó desde el gobierno de MARCOS PEREZ JIMENEZ para los submarinos venezolanos, allí hay está sede de los Comandos de mar, el Apostadero Naval y la Escuela de Operaciones Especiales, hay tres unidades, es una unidad que está considerado como sitio inhóspito, a pesar de que está en la costa, pero la entrada es difícil por tierra y con respecto al caso que hablaba de los bunker, de los depósitos, allí no hay servicio de electricidad, y por ende no se pueden establecer sistemas de alerta temprana o servicios modernos, se elevaron muchas cuentas, recuerdo que el teniente Herrera trabajó con el teniente Torres en eso, hicimos través de la misión Negro Primero, cuando se prometió que se iban apoyar a las unidades, inclusive tuvimos las visitas de Oficiales del Ministerio de la Defensa y se les planteó pues, que uno de los graves problemas eran esos, que necesitábamos modernizar el sistema de seguridad de los bunker, eso en Daex, hay muchas cuentas y escritos solicitando solventar el problema y recuerdo hay un comandante, que recibe órdenes de nuestro comandante supremo, de reestructurar toda esa unidad, porque esa unidad estuvo muy cuestionada, que fue en el periodo posterior al secuestro del comandante supremo, del golpe militar y siendo Capitán de Navío, el Capitán Diego Guerra Barreto, recibe órdenes de reestructurar todo eso, porque esa unidad de verdad, necesitaba pues hacer muchos cambios, en lo funcional, en lo organizacional en las estructuras, que son muy viejas y son estructuras que dan desde la época de MARCOS PEREZ JIMENEZ y comenzó un proceso de modernización, y se logró la modernización de los parques hacia lo interno, los parques de armas orgánicas, pero los depósitos nunca se logró un gran apoyo en esos sistemas de almacenamiento, quiero reiterar que recuerdo claramente, durante mi gestión de casi un año, porque este hecho que nos trae hoy, ya yo había entregado la unidad, de acuerdo con los señalamientos de las investigaciones, la desaparición física o sustracción de equipo, fue posterior a mi entrega de comando y yo lo quiero acotar aquí, porque nosotros entregamos sin novedad todo, y cuando digo entregamos, mi equipo de trabajo, el Teniente DICKSON inclusive, el Teniente TORRES hoy Capitán de Corbeta TORRES SANCHEZ, hicimos una entrega formal de todo pues, en el acta de entrega, en los procesos, mi salida fue rápido, porque el Comandante General me dio la orden pues, de que me necesita en caracas urgente, pero el proceso del comandante entrante, tiene 90 días para chequear, para recibir, para todo eso, o sea no estoy eximiéndome de responsabilidades, pero si ya se había hecho el acto formal, inclusive el actual Ministro de la Defensa siendo comandante del CEO, todavía es comandante del CEO, el General PADRINO LÓPEZ fue a mi acto, como testigo fiel, de que se hizo un acto formal de entrega de cargo y por orden de la superioridad fui a ocupar un cargo nuevo en caracas, el hecho de la sustracción fue posterior, yo calcule de acuerdo a la apreciación personal, mía por supuesto, más de, aproximadamente dos semanas, después de que yo entregué, se veía un cierto vacío en el sentido de, y lo digo, no como juicio valor, sino fundamentado, ya yo había entregado, el Comandante que recibió no estaba en Turiamo, estaba cumpliendo comisiones en Caracas, había fallecido el papá del Segundo Comandante y quisiera agregar eso, porque me parece bien interesante que allí hubo una especie de vacío, de las autoridades máximas de la organización, quizás fue lo que aprovecharon los involucrados, que hayan sido, de acuerdo a las investigaciones no, pero si me permito decir con toda responsabilidad, señor juez, Coronel CARVAJAL y los señores del estrado, es que, considero y si de algo puede servir esta humilde opinión, que el Teniente HERRERA siempre cumplió fielmente mis órdenes, estoy altamente agradecido con su gestión, y yo lo eximo pues de, si algo fallé yo, a lo mejor fue, en no darle todo mi apoyo en ese momento en el que yo estaba allí, pero el siempre cumplió, siempre estuvo allí, siempre participo de esa mística de trabajo, de ese gran empeño como profesional y lamento su situación, a su familia también, pero sabemos que la justicia, en su momento aclarecerá los hechos, y bueno se tenga que hacer lo que nuestros dignos jueces y nuestros dignos representantes de la justicia administran con mucha sapiencia, mucha sabiduría, no es fácil, porque es hay una situación de sustracción de explosivos y sabemos que eso es muy delicado, pero eso quería reiterarle, la buena observancia de la conducta del Teniente Herrera, extraordinario oficial, disculpen que lo reitere, pero para mí es mi deber como jefe y amigo de compañero de arma, pongo mis caponas en sus manos, porque ese es un buen muchacho, un buen venezolano, un buen hijo, buen formado, conocí muy someramente a parte de su familia y sé que es un muchacho que tiene buenos principios, de hecho es muy humilde, un muchacho muy humilde, que viene de los estratos sociales bajos, como venimos muchos miembros de las Fuerzas Armadas, no tiene necesidad de estar lucrándose de cosas, de vicios extraños, robando y mucho menos cosas como esta, es una decisión muy imberbe, muy irresponsable de un miembro de las Fuerzas Armadas de sustraer explosivos, este, no sé si haya otra pregunta, señor juez, Cnel. Carvajal, pero quisiera también hacer acotación a que, hay algunos indicios, en lo personal, de que pareciese que se busca es perjudicar la gestión del Almirante LORETO, que estuvo impecable, gracias a su equipo de trabajo, no en lo personal nada más, entonces hay una o se han hecho unos señalamientos fuera de orden, inclusive en reuniones en caracas, haciendo acusaciones de culpables, sin siquiera darnos un juicio, un derecho a ese espíritu axiológico de nuestra constitución y de nuestras leyes y entonces pido con toda mi humildad y respeto, que se haga lo que ustedes están haciendo, el debido proceso y evitar pues, de que esas personas con malas intenciones, quieran perjudicar la imagen de profesionales, en el caso del Teniente HERRERA a quien conozco, estoy seguro que pronto tendremos la dicha de darle toda la tranquilidad, a su familia también, no sé si con esto respondo y me disculpan, creo que me extendí, pero. JUEZ PRESIDENTE: bueno a continuación, usted puede ser objeto de preguntas por cada una de las partes intervinientes en la presente causa, escuche el contenido de la pregunta que se le dirige, si no entiende pida aclaratoria de la misma y dirija su respuesta a los miembros del tribunal militar, se le concede el derecho de palabra a la representación de la defensa técnica, a los fines de que interrogue al testigo, si a bien pudiese ejercer tal derecho. DEFENSA TECNICA buenos días ciudadano juez, señores magistrados, con su venia solicito permiso para desplazarme en la sala de audiencia, buenos días ciudadana secretaria, el fiscal militar buenos días, el Teniente de Fragata DICKSON HERRERA buenos días, buenos días Almirante LORETO, nos sentimos muy agradecidos por acudir a esta petición de la defensa técnica, para ser objeto de algunas preguntas, que respetuosamente voy hacer hacia usted y creo que con la elocuencia que usted ha explicado en la parte introductoria, van hacer muy breves las preguntas, debido a que hado muy explícito en su exposición, señor Almirante, usted ha explicado a este digno tribunal, la conducta profesional y ha dado algunos matices de la conducta personal del Teniente de Fragata DICKSON HERRERA, no voy hacer reiterativo, usted ha sido bien explícito en la conducta que ha tenido el teniente durante su gestión y no vamos a dudar de la proyección de la misma durante la otra gestión, y ya consta en actas, el concepto que usted ha emitido en este tribunal de la conducta del teniente de fragata, sin embargo, para nosotros, con todo respeto le pregunto, es importante que usted señale, con cierta aproximación a la seguridad, de las medidas que habían en el bunker número (7), en cuanto si había o no había un centinela permanente, en cuanto si había medidas activas de seguridad como sistemas electrónicos de supervisión, sistemas de cámaras, sistemas de aproximación tempranas, sistemas de alerta, desde su gestión o antes de su gestión, si venía con esa progresividad en la aplicación de esas medidas, usted tuvo conocimiento que habían esas medidas en el bunker. Respuesta “bueno, fíjese voy a tratar de resumirlo, y lo que hace un comandante al recibir es precisamente chequear, que está recibiendo, ya como oficial de la armada y de la infantería de marina, conozco la problemática de los bunker, que es a nivel nacional, es un problema serio estos son bunker construidos en los años 50, en mi llegada a turiamo en Agosto o Septiembre del 2013, lo primero que hago es chequear lo más arduo, porque es munición y explosivos, y había una ausencia total de sistemas de seguridad, alerta temprana, no hay electricidad en esa zona, no hay centinelas permanentes, son zonas de alto riesgo, que solamente pueden ingresar personal autorizado, allí hay explosivos de los buques, sistemas de granadas de alto impacto, entonces es una zona muy restringida, que están no en nuestros bunker, pero están aledaños a nuestros bunker, cuando recibo, que comienzo a conformar un equipo de confianza, entre esos estaba el Teniente HERRERA, y el Teniente de Navío TORRES, que logro transferirlo a la unidad, porque conozco sus cualidades profesionales, lo primero que hicimos, que Herrera lo debe recordar, fue sacar todo eso que era un desastre y estibarlos de acuerdo a los lotes por años, porque allí había una mezcla de munición obsoleta con munición buena, háblese de municiones, de granadas, de mechas cortas, mechas de ignición, estopines, cosas muy delicadas, inclusive había cosas que no deberían estar juntos, que deben estar separados como lo establecen los manuales, los estopines y las mechas no pueden estar con la pólvora, la pólvora va aparte, entonces yo soy artillero, conozco bien el sistema de estiba de las municiones y comenzamos a arreglar y a separar, lo que ya estaba obsoleto de lo bueno, y reitero eso, fue un trabajo muy extraordinario, pues se queda corta la palabra, que hizo el Teniente HERRERA con el Teniente TORRES, hoy Capitán de Corbeta y transformaron ese bunker a otra cosa, o sea, logramos fue aparte de las inspecciones que solicitamos a Daex y a los entes responsables del alto nivel de la organización, de verificar en presencia física, las inspectorías, que yo las solicite, para que esas inspectorías dieran razón y confirmaran del trabajo que estábamos haciendo, a pesar de que las solicitudes datan desde hace muchos años, desde el plan Miranda, que creó el almirante Guerra Barreto, para modernizar la unidad, no hubo una continuación en esas gestiones de mejorar esas áreas, decían que no iban a hacerlo, por qué la unidad iba salir de allí, nos iban a mudar a nosotros y muchas cosas pues, que quizás decirlo, solamente de esa práctica diaria del comandante, que tiene el difícil arte de comandar, pero cuando estábamos en la gestión, hicimos un proyecto de modernización, de acuerdo a la tecnología de punta, para tratar de mejorar esa situación, pero no tuvimos respuesta del escalón superior, que era Ministerio de la Defensa, quien se llevó los proyectos, través de la misión Negro Primero, yo quisiera si me permite, el caso de los centinelas, allí hay un sistema de patrullaje continuo y hay un oficial supervisor que es un oficial superior del Estado Mayor, o sea, el Estado Mayor, son los jefes de personal, logística, operaciones, inteligencia y los oficiales superiores que pertenecen a la Brigada, entonces hay un rol, que ellos supervisan, al igual que el Comandante y el Segundo Comandante, sin establecer rutina, para no caer rutinas, que permitan a las personas ir a determinados sitios, sino ir sorpresivamente a pasar revista y está el jefe de la guardia por la Brigada que tiene dentro de sus facultades, la obligación de pasar revista a los bunker, los centinelas no se colocaban, precisamente por lo inhóspito de la zona”.Pregunta ¿con la exposición que usted acaba de hacer queda en evidencia que el personal de guardia para cada uno de los días, tenía una responsabilidad colateral de supervisar el área en cuestión, los bunker, porque el grado de seguridad era evidente pues, sin embargo, ya que usted menciona que las revistas eran aleatorias, pues no podía realizarse una rutina, para evitar ser avisado, del momento de la revista, el Daex para la solicitud que usted hizo de manera consuetudinaria, de hacer las inspecciones en algún momento de su gestión se presentó el Daex, para hacer una inspección técnica para verificar y solucionar un problema que prácticamente no eran de la unidad, sino que eran unos bunker del Daex, tengo entendido eso almirante por favor? Respuesta “si así es, el área de los búnker es responsabilidad directa o asignada directamente al Daex, ellos nos facilitan a nosotros 2 espacios para guardar, ya que eso debe estar alejado de donde está la población militar, por medidas de seguridad, para guardar los explosivos, una de las cosas que Daex cumplió eficientemente, fue que envió la comisión inspectora, se chequeo in situ que había, la existencia, se verifico de acuerdo a las actas de entrega anteriores, había ciertas discordancias entre seriales de armamento y cuestiones que se pusieron en orden, por parte de nosotros y una de las cosas muy buenas que hizo Daex, fue que colocó fijo un personal profesional, que diariamente hacia presencia en los bunker, en todos los bunker, un oficial subalterno con un personal técnico especialista en armamento, que vivía en el área, estaba asignado ya, para cumplir funciones de custodia en los bunker”. Pregunta ¿muchas gracias almirante, voy hacerle una pregunta, el hecho, cuando usted entrega el comando de la unidad, el hecho que usted mencionó hace unos minutos atrás, de no firmar el acta de entrega, guarda alguna relación con la administración del armamento, de las medidas de seguridad que se experimentó en los bunker? Respuesta “Normalmente el chequeo del acta cuando comienzo a revisarla, no concordaba con muchas realidades encontradas en el área, había por ejemplo una ausencia de una ametralladora, que estaba en poder del mismo ex comandante de la unidad, él decía que era de él y pues no era así, estaba asignada unidad y otra serie de cosas como vehículos y bienes, lo que me obligo pues, en mi moral militar, de decirle, mire voy hacerle unas correcciones, una acta de recepción y eso generó una conducta por parte del ex comandante, no muy agradable pues y hubo unos señalamientos , inclusive hacia mí, de yo por no haber firmado, así , así de simple, como hacia todo el mundo, eso me iba a traer consecuencias a futuro”. Pregunta ¿gracias almirante, voy hacerle la última pregunta por parte de esta defensa técnica y el Doctor PACHECO va hacer unas preguntas también, cuando el personal esta franco de servicio, no está cumpliendo funciones directamente relacionadas con su responsabilidad asignada por el comandante, si está franco de servicio, no está abordo, vamos a familiarizarnos con los términos navales, está fuera de la unidad, quien asume la responsabilidad del comedor, de la despensa, del parque de municiones de armas, quien asume la responsabilidad de la tropa de la unidad, en ausencia de los responsables directos, cuando están de permiso o no tienen una responsabilidad en la guardia, específicamente? Respuesta “si, el reglamento es claro, el oficial jefe de la guardia asume, inclusive en la ausencia del mismo comandante, la responsabilidad de toda la unidad, quien debe llamar inmediatamente al comandante, o quien requiera su presencia, cualquier anomalía o cualquier irregularidad, pero así de simple el reglamento lo establece, porque el personal profesional cumple una rutina y dentro de esa rutina, hay lapsos de descansos, de permiso, que él puede bien pernotar fuera de la unidad o quedarse abordo descansando, pero en ese momento, él está en periodo de descanso y la responsabilidad directa de los jefes de la guardia, ni siquiera el oficial de responsabilidad, porque el oficial de responsabilidad, es una guardia creada para fortalecer la guardia de los fines de semana, específicamente los fines de semana”. Pregunta ¿Almirante esta parte de la defensa técnica está muy complacida con su asistencia en este tribunal y le doy las gracias, muy amable, buenos días ciudadanos magistrados, buenos días ciudadano secretario, buenos días ciudadano fiscal, buenos días ciudadano Contralmirante, yo le pregunto, con respecto a las inspecciones, cuantas inspecciones recibió durante su periodo y que resultado arrojaron en materia de explosivos? Respuesta “ok disculpen la imprecisión, pero recuerdo que (3) de envergadura, es decir (3) inspecciones grandes, la de Daex, más la de la Inspectoría de la Armada, que eran a raíz de los sucesos en Maracay, que precisamente en este estado explotó uno de los polvorines, se incrementaron presencia de inspectores y eso fue a nivel nacional, en todas la zonas en donde habían polvorines y eso en cierta forma, lamentable hecho, nos ayudó a que se incrementaran los inspectores a nivel de la unidad, pero en lo formal, yo solicité a Daex, continuamente su presencia y digamos que la acertada decisión de colocar personal de Daex fijo en turiamo, era una gran ventaja, porque tenía inspectores directos durante toda mi gestión, allí a bordo, de Daex, que ellos tenían inventarios al día, del material, son los garantes de que lo que existe allí, es lo que debe estar y como dije en mi larga introducción y con todo respeto, que me alargué, era que esa gran unidad, todos los días hay movimiento, entrada y salida de armamento diario, porque lo requiere por su tipología, una unidad altamente operativa”. Pregunta ¿usted señala, que hicieron unos proyectos para mejoramiento de los bunker, no fueron tomados en cuenta? Respuesta “si, pienso que hay una fase, cuando se revisa el plan Negro Primero, se cumplieron las fases de las inspecciones, recibimos las visitas de los inspectores del Ministerio de la Defensa, se entregaron los proyectos, después había la parte que es lo más difícil, que es la distribución de proyectos, entonces nosotros recibimos apoyo en otros aspectos de lo solicitado, pero específicamente en la modernización de las áreas de bunker, eso no se materializó, durante mi gestión no logramos, lamentablemente un apoyo contundente, específicamente la solicitud hecha para modernizar o lo mínimo necesario para incrementar más las medidas de seguridad, desde el punto de vista de la tecnología de punta”. Pregunta ¿la última pregunta almirante, es ese sistema de bunker, usted recibía cuando era comandante de la brigada, algún presupuesto adicional para el mantenimiento de ese sistema?. Respuesta “no, porque son, como lo he dicho, son locales prestados por Daex, y disculpen lo sencillo de la expresión pero, facilitado por Daex, para nosotros poder sacar lejos de la población militar, o a una medida de seguridad pertinente, explosivos y se aprovechaban eran las bondades de Daex, de los que ellos manejan, para mantener el área, pero específicamente en el presupuesto de la unidad, no aparecen partidas asignadas para modernización o compras de altos sistemas, que son costosos, sino podíamos adquirir pintura, quizás bombillos, pero donde lo íbamos a colocar, si allá no hay sistema de electricidad, por decir algo no, entonces allí se maneja un presupuesto que es la 402, materiales y suministros, para comprar brochas, pinturas ,que era lo que se hacía, mantenerlo en buena preservación, comprar aceite para lubricar, y cuestiones como estas, pero para comprar equipamiento moderno, no, eso ya son partidas de seguridad y defensa, que se manejan a otros niveles”. DEFENSA TECNICA: es todo ciudadano juez. JUEZ PRESIDENTE: Se le concede el derecho de palabra a la representación del Ministerio Publico, para que interrogue al testigo, si a bien pudiese ejercer tal derecho. FISCALIA MILITAR PREGUNTA ¿si ciudadanos magistrados, muy buenos días magistrados, secretaria, representantes de la defensa técnica, muy buenos días mi Contralmirante LORETO, por favor yo le voy a realizar una serie de preguntas, mi Contralmirante, que al momento de responderlas, por favor dirija la mirada hacia los magistrados, gracias la Pregunta ¿primera pregunta mi contralmirante es la siguiente, diga usted como tuvo conocimiento de la presunta sustracción, ocurrida en la octava brigada de comandos del mar?. Respuesta “bueno, precisamente posterior a mi entrega, al acto de entrega, recibo el nuevo cargo en caracas, que era director de gestión comunicacional y se hizo una reunión de almirantes, que no preciso la fecha, donde el inspector de la armada expuso un caso de sustracción de explosivos de la bahía turiamo, de lo que se llama el establecimiento de turiamo, donde están tres unidades y allí hizo público y notorio, de que había ocurrido, en toda la exposición que hace la inspectoría cómo ocurrieron los hechos, allí se hicieron señalamientos de culpables, de todo pues, un proceso que lo hago aquí muy respetuosamente, que no venía al momento, pero bueno, pienso que la inspectoría se excedió, solamente en dar información, sino que hizo señalamientos de muchas cosas allí, allí fue donde me entero del robo o de la presunta sustracción de equipos y armas o de munición, porque realmente no manejo con exactitud qué fue lo que se sustrajo”. Pregunta ¿gracias mi Contralmirante la siguiente pregunta es, diga usted si cuando entregó la unidad octava comando de mar esa novedad presentó algún tipo de novedad?. Respuesta “Si durante mi gestión ocurrieron accidentes, accidentes porque repito esa unidad se adiestra, son hombres entrenado en tierra, mar y aire para efectuar operaciones de alto riesgo, de peligrosidad, inclusive misiones inimaginables, las ordenes que recibimos, porque son hombres entrenados para eso, y hubo un accidente de baro trauma, el escape de un sub marino de noche, que se hace a once (11) metros de profundidad, sin tanques ni nada, es un ejercicio muy duro, muy fuerte y bueno, recuerdo eso fue lo más fuerte durante mi gestión, se demostró que eso es parte del riesgo del entrenamiento, pero no se habían violado medidas de seguridad, uno de los buzos hizo un ejercicio de mala administración del oxígeno en sus pulmones, y eso logró que a más de una atmosfera se crea el baro trauma, con el apoyo de la aviación naval, se logró salvar a tiempo salvar la vida del hombre y las cámaras hiperbáticas que están en Puerto Cabello, son condiciones muy extremas de entrenamiento que tiene la unidad, y una de las problemáticas serias, es que el centro asistencial más cercano es Puerto Cabello, sin helicóptero imposible salvar una vida allí, si lo llevamos por mar no es fácil, o sea, las condiciones de esa unidad es inhóspita y no hubo más accidentes, a los accidentes por ejemplo, si conocen la zona desde la bajada del limón hasta turiamo, yo conté trescientas ochenta y seis (386) curvas pronunciadas, allí recibía que si accidentes automovilísticos, que si un carro, son cosas que por la lluvia o por derrumbe de árboles, pero así accidentes fatales, gracias a dios, muertes en entrenamiento, no lo hubo, solamente accidentes”. Pregunta ¿gracias mi contralmirante, la próxima pregunta es si durante su gestión específicamente cuando usted recibió reformulo la pregunta perdón, cuando usted recibió la unidad octava brigada de mar y cuando la entrega? Respuesta “reitero y pido disculpas, por mi falta memoria sobre exactitud de fechas, pero si no mal recuerdo, recibí a finales de agosto , 28 de agosto del 2013, si no me equivoco, de verdad ya tiene más o menos tiempo y entregué a finales de Julio del 2014, entiendo julio finales de julio aproximadamente el mismo día 28 de julio, eso es casi exacto, porque acababa de llegar del día de la Armada en Maracaibo y el comandante el día 25 me dijo, prepárate, para que te vayas a caracas a cumplir una nueva misión, ósea mi cambio fue por órdenes superiores, de manera rápida, es lo que recuerdo de las fechas, traté de obtener más precisión y pido disculpas para no fallar en la información, pero eso es lo que recuerdo, no llegué al año exacto de la gestión”. Pregunta ¿gracias mi contralmirante, la siguiente pregunta es, si esos bunker que se encuentran en la Octava Brigada de Mar, son de fácil acceso o no? Respuesta “turiamo tiene una particularidad de que es una bahía y tiene unos senderos de montañas, pero aledaño hay un pueblo que se llama Cumboto, conseguíamos cazadores de especies de animales, que se venían por la montaña y llegaban a la bahía, decir que es imposible no, el acceso por la montaña se podía hacer, especie de trochas de caminos que ellos conocen, para efecto de control militar, nosotros el personal militar no podía traspasar una barrera que estaba custodiada por la unidad, para ir a hacia esa área, solamente personal de guardia o personal autorizado para ir allá, pero para efectos montañosos cualquier aventurero cazador podía llegar allá, con la excusa de que estaba cazando”. Pregunta ¿gracias mi contralmirante, me podría indicar específicamente mi Contralmirante, a qué distancia se encontraba o se encuentra el bunker número siete (7) de la unidad de la Octava Brigada de Comandos de Mar. Respuesta “sí, no llega a más de un (1) kilómetro de la zona más cercana, que es el dormitorio de los sargentos, que es el más próximo a los bunker, pero de manera lineal llega a un (1) kilometro, si no me equivoco en los cálculos, es una zona muy irregular, tiene muchos caminos, muchas trochas, pero no llega al kilómetro exacto, es aproximadamente un (1) kilometro, está dentro de una vaguada que está allí”. Pregunta ¿gracias mi Contralmirante, existe un P.O.V de servicio para el oficial de guardia, en la octava brigada de comando de mar? Respuesta “Sí, no solo en los manuales, en la Armada se dirige por los manuales de doctrina que establece Daex, para normas y procedimientos, de control, de salida, de reportes, sino también hay un libro de órdenes del comandante de la Brigada, donde establece ordenes específicas, para el uso y salida de armamento, el oficial jefe de los servicios lleva su libro de diario de los servicios, en donde se anota en el renglón logística se sacaron o se utilizaron tantas munición, tanto para tal ejercicio, para tal entrenamiento, nosotros teníamos por instrucciones o por competencia, el asignar diariamente munición a la escuela, porque los comando que se generan de la escuela son nuestros, los profesores son nuestros, y nosotros le damos a la escuela que no tiene munición, entonces eso es diario, y eso se escribe en el diario de servicio de la unidad, en el diario de entrada y salida de los parques, en el libro del comandante y en los manuales, pienso que hay un buen proceso de control, que en eso muy celosamente, gracias al segundo comandante Capitán de Navío GENTILE, se seguía muy, GENTILE NIEVES que era mi segundo comandante, un control exhaustivo de esos reportes, de esos controles, controles bien claros y bien establecidos, todo el personal y yo aparte de eso todas las semanas religiosamente había reunión con el comandante, ósea con mi persona, por que el personal al regresar, debería recibir información importante y a la vez, esto era para reforzar órdenes, sobre las medidas de seguridad en el uso de los explosivos, porque repito, hasta la saciedad tengo que decirlo, es una unidad que todos los días, si no se está adiestrando, está operando en operaciones secretas, que se le dan, para ir a cumplir misiones de diferentes servicios, misiones pues, que daba la superioridad, que venían por muchos ámbitos de órdenes, presidenciales, la unidad pertenece directamente al Presidente la República, al Comandante del CEO, al Ministro de la Defensa, al Comandante General de la Armada y Comandante de la Infantería de Marina, tenemos cinco (5) jefes, y los cinco (5), nos podían mandar a donde se necesitaba personal”. Pregunta ¿gracias mi Contralmirante, específicamente cuales eran las funciones, de un oficial de guardia, en la Octava Brigada de Comandos de Mar? Respuesta “Bueno, son múltiples no, porque en la rutina diaria normal, es chequear de que el personal cumpla con el P.O.V de la rutina, hay una rutina establecida por el Comando de la Infantería de Marina, porque la Brigada está adscrita a la Infantería de Marina, y entonces el oficial de guardia, su primera función es hacer cumplir que esa rutina, las formaciones, los descansos, lo que llamamos nosotros rancho, las horas de comida, los entrenamientos, todo, hacer cumplir la rutina y en ausencia del comandante y de los demás, el oficial de guardia debe controlar y supervisar esas horas de descanso, esas horas foráneas que no están como rutina, aunque son rutina, pero el oficial de guardia es realmente como lo dice su dicho, es el centinela permanente las 24 horas, de que se hagan los procesos normales de cumplimiento de la unidad, como en todas las unidades, pero específicamente es el hombre que está alerta máxima, junto con un grupo de inspecciones que tiene por compañía, que tiene asignado, el tiene elementos de apoyo, para que supervisen cosas específicas, ´pero el oficial de guardia es el que monitorea toda la rutina de la unidad, desde la diana, hasta ya dormir, que se me olvido la frase naval, hasta el silencio, dormir y posteriormente al silencio, el servicio nocturno, tiene (24) horas de una responsabilidad sobre sus hombros y que no ocurra ninguna anomalía, en lo posible. Pregunta ¿gracias mi Contralmirante, entre las funciones del oficial de guardia esta pasar revista a los bunker? Respuesta “por supuesto, y esa es una de las cosas más importantes o la más importante, él debe apersonarse, de hecho como dije, si había que ir al polígono, el oficial de la guardia, debe ir al bunker, verificar la salida de que se está sacando, firmar en la hoja de transito del material, e inclusive cuando yo estaba abordo yo mismo también firmaba esa hoja ,o en su defecto el segundo comandante o en su defecto el oficial de guardia de responsabilidad del fin de semana, que era mi mano derecha, en mi ausencia, yo para cosas que quizás no vienen al caso, yo prácticamente vivía ahí en turiamo, porque nosotros tenemos asignado una casa en el sector de playa, yo soy de Vargas y para ir a Vargas, prefiero quedarme en turiamo, y vivía ahí, muy poco tenía la ausencia de no firmar, siempre que requerían mi firma o mi aprobación, para sacar o entrar algo yo lo autorizaba, por esa parte había un consentimiento claro de lo que entraba y salía, había mucho control y el oficial de guardia de responsabilidad también reforzaba con su presencia las guardias, en eso es importante acotar si me lo permiten, que en los bunker contaba con sistemas de candados y cadenas, eso era imperante revisar, esos candados y esas cadenas si estaban en su lugar, porque eso era una garantía de que nadie había violado esos sistemas, que se habían colocado durante mi gestión, de reforzamiento de candados y cadenas, porque esos bunker tiene una sola entrada y una sola salida, no tienen salidas de emergencias, nada por cuestiones obvias, solamente un sistema de conducto de aire, para mantener la temperatura, en lo posible adecuada”. Pregunta ¿gracias mi Contralmirante, en ese sistema de seguridad que usted acaba de mencionar, como son esos candados, son de fácil violación, la cadena, así como también la puerta, si son fácilmente, es decir, que se puede forzar y tener acceso a las municiones o al armamento, que se encontraba adentro de las mismas. Respuesta: si, las puertas son extraordinarias, son puertas bien hechas, súper reforzadas, los candados, siempre buscábamos candados anti cizalla, de manera que pudieran permitir la seguridad, igual que las cadenas, porque es obvio, si vas a custodiar un armamento, mira lo mejor, allí no se escatimaba esfuerzo pues, y eso lo podía adquirir en la unidad con su presupuesto, de comprar candados, de comprar cadenas, que eso nunca se dejó de cumplir, pero nunca habíamos tenido, hasta donde mi gestión y mi memoria da, que habían roto cadenas, candados, nada de eso, jamás en nuestra gestión hubo eso. Pregunta: gracias mi Contralmirante, la próxima pregunta es la siguiente, el oficial de guardia para la octava brigada de mar, entre sus obligaciones, esta cuantas veces, por lo mínimo, pasar revista a los bunker que se encuentran en dicha unidad y de qué manera y cuál era la forma, si iban, en vehículo, a pie en bicicleta. Respuesta: si, yo ordené asignarles un vehículo, cada día una compañía, un batallón, perdón, asignaba un vehículo de guardia, ese vehículo de guardia, era para que el oficial de guardia pudiera moverse a las zonas con limitaciones, caso bunker, él podía entonces ir inclusive en su vehículo personal, si él quería ir, pues en su propio vehículo, también lo podía hacer, pero tenía los medios para moverse, pero no tenía excusa, para no ir a pasar revista, como la pregunta dice cuántas veces, bueno eso la rutina lo decía, si había que ir a entregar, para hacer un polígono o para hacer un ejercicio, él tenía que estar allí, o debe estar allí, y normalmente había adiestramiento en la mañana, tarde y noche, entonces, eran tres (3) veces imperantes que él estuviese allí, pero también sabemos que por condición del hombre, él tiene que hacer muchas funciones y tiene que distribuir su tiempo, como profesional y pasar la revista que fuese necesaria. Pregunta: gracias mi Contralmirante, la última pregunta para finalizar con todo respeto es la siguiente, mi Contralmirante usted tiene algún tipo de amistad manifiesta, bien sea con el teniente de fragata Dickson Herrera o algunos de sus familiares. DEFENSA TECNICA PREGUNTA: ¿objeción. JUEZ PRESIDENTE: el ciudadano defensor tiene oportunidad de fundamentar en que basa su objeción. DEFENSA TECNICA : ciudadano juez presidente, nuestra apreciación con nuestro humilde prisma jurídico, que explanamos en esta sala de audiencia, de este digno tribunal, en que su intervención como jefe de este digno tribunal, usted en su primera pregunta que manifestó, fue que si el ciudadano testigo, el almirante Loreto guardaba relación de consanguinidad y de afinidad, con nuestro defendido, con el teniente de fragata Dickson Herrera y la respuesta fue contundente por parte del almirante, creo, que el ciudadano fiscal está siendo reiterativo y repetitivo, en algo que ya ha sido aclarado, por este digno tribunal. JUEZ PRESIDENTE: ciudadano fiscal, exprese los fundamentos en los cuales basa su pregunta. FISCALIA MILITAR: gracias ciudadanos magistrados, mi pregunta se basa fundamentalmente, en que, si mi Contralmirante tiene una amistad manifiesta, bien sea con el Teniente de Fragata DICKSON HERRERA o con alguno de sus familiares, como bien lo acaba de exponer la defensa privada, al principio cuando se le indicó a mi Contralmirante, si tenía algún grado de afinidad, afinidad o consanguinidad, es una cosa muy distinta a amistad, eso es todo. JUEZ PRESIDENTE: este tribunal militar, una vez deliberado sobre la objeción propuesta, considera declarar la misma con lugar, en razón a que considera que es impertinente, con relación a los hechos objeto de juicio, que son objeto de prueba en esta causa. Pregunta¿ gracias, cddnos magistrados, la última pregunta para finalizar, sería mi Contralmirante, con todo respeto, si durante la gestión que usted llevó a cabo dignamente en la unidad, en la Octava Brigada de Comandos de Mar, existieron algunas irregularidades en los bunker, es decir, si hubo alguna perdida o extravió de algún armamento, ya cuando estaba a punto de entregar la misma?. Respuesta “no, nada durante mi gestión no hubo pérdida, más bien, recuperación de armamento que estaba fuera de la unidad sin autorización, creo que lo dije claramente, el ex comandante de la unidad, tenía una ametralladora, por poner un ejemplo, que era de la unidad, después se le hizo saber y la devolvió, de hecho no hubo nada de nada, por el contrario hubo un proceso de recuperación, de colocar las cosas en su sitio, jamás tuvimos el temor de sacar el material para el entrenamiento, no hubo esa necesidad por miedo, siempre tuvimos, responsablemente asignábamos, salidas y entradas, porque sabíamos lo que teníamos, teníamos el control claro de los bunker, no había ningún problema, no hubo ningún extravió, nunca se reportó una pérdida de una munición, de nada y posteriormente a mi acto formal, donde estuvo el comandante del CEO, era el Comandante General, el comandante entrante y los invitados especiales, después de allí, me entero lamentablemente de este hecho, repito lamentable, lo lamento porque soy un miembro de las fuerzas armadas y esto no me alegra para nada, de que jóvenes sin conciencia, hayan caído, quienes sean los verdaderos culpables, en eso hecho de extraer munición, para fines que desconocemos, ahora su pregunta es clara, y mi respuesta es que no hubo ningún reporte, ningún señalamiento de extravió, ni de perdida, todo estaba siempre bajo el control, no solo los responsables del parque, el teniente de navío Torres que ahora es capitán de corbeta Torres, el Teniente Herrera Dickson y el equipo de trabajo, junto con todo el equipo del Estado Mayor, siempre tuvimos el control de los bunker”. FISCALIA MILITAR: gracias, mi Contralmirante por asistir. Le corresponde al Tribunal Militar, el derecho de palabra. Pregunta ¿testigo, por favor indique, a quien le entregó ud, cuando entregó su cargo, que oficial recibió el comando de la Octava Brigada de Comandos de Mar? Respuesta “le entregue al ciudadano Contralmirante VÍCTOR PLASENCIA VERA, oficial de la infantería marina, que fue designado para mi reemplazo según orden ministerial, orden armada, él estuvo presente en el acto de transmisión y recibió conforme a lo establecido en el ceremonial marítimo, con parada acto con invitados especiales, con las autoridades de la zona se hizo el acto con el Comandante Estratégico Operacional, con el Comandante de la Armada, el Comandante de Infantería de Marina y todas las autoridades, en la cadena de mando, que corresponde para cada acto”. Pregunta ¿ese proceso de entrega administrativa que usted dice, que se realiza, de verificación de objetos, de equipos, con los que cuenta la unidad, se hizo en ese proceso de entrega de manera conjunta, entre usted y ese oficial o usted entregó y ese proceso quedo para realizarlo posteriormente? Respuesta “si, en parte el llego dos días previos, o un día previo y nos reunimos para conversar sobre los elementos más arduos de la unidad, aunque en cierta forma no fue, ya el había sido comandante de un batallón, ya el había trabajado en el estado mayor de esa brigada y conoce bien la unidad, eso me facilito a mi en cierta forma la entrega, posterior a eso, le deje asignado al segundo comandante para los detalles, al Capitán de navío Gentile, para lo que el requiriera y recibo la orden de que inmediatamente proceda a recibir en caracas, por el ex comandante Jairo Avendaño Quintero, pero siempre estuve atento a cualquier llamado por parte del almirante, si requería mi presencia, si necesitaba algún detalle y el siempre me decía, que no era necesario, ya que él ya tenía el control de las cosas y el acta se le dejó a través del capitán Hernández, que era el jefe de personal, para que el fuese chequeando, a medida de que el chequera se fuera formalizando el acta compacta, porque eso es un acta, que es la suma de las actas de los Batallones, del Estado mayor, para completar el acta completa de la unidad”. Pregunta ¿en esa acta que usted se refiere tenia incluido, un acta en la cual se reflejara la asistencia, a lo que usted se refiere, de los materiales, explosivos, municiones, que se encontraban presentes en el bunker número (7)?. Respuesta “si señor juez, mi Coronel CARVAJAL, ahí aparece, el acta está establecida por renglones, personal, logística y en el área de material de guerra aparece específicamente, cada uno de los seriales de los fusiles, de las ametralladoras, de las armas cortas, la cantidad en existencia real de la munición y cualquier novedad que sea necesario para esa acta y en asuntos pendientes, de ser necesario se coloca, para reforzar si había algo que hacer fuera de lo normal, pero si aparece en el acta como debe ser, todo el inventario de armas y explosivos, como lo dice en el manual de doctrina de DAEX, que establece un modelo para tal fin, eso se anexa al acta, que es un anexo al acto”. Pregunta ¿usted señaló que existía personal de la Dirección de Armas y Explosivos, destacados en esa unidad, que era independiente de su comando, pero que verificaban el estado de los bunker, como era ese sistema de control que ellos ejercían, si tiene conocimiento como era la revista que pasaban? Respuesta “para mi apreciación, era un sistema de chequeo in situ, porque ellos patrullaban o pasaban revista a diario y tenían que inclusive desmalezar mucho, porque allí la maleza, es una zona muy montañosa y tenían que estar limpiando constantemente árboles, ramas, etc, y ellos diariamente tenían su equipo de trabajo dedicado a pasar por los bunker y yo complementaba con apoyo del personal, cuando me lo requerían, para hacer mantenimiento a cualquiera de los caminos, trochas o sobre todo los caminos o puentes, porque ahí habían puentes que se caían por los derrumbes, digamos que por las torrenteras que se formaban, digamos que es una zona de flujo muy elevado, pero siempre el equipo estaba fijo, era un equipo que estaba activo y nosotros lo reforzábamos con personal, mas mi equipo asignado por la dirección de logística del estado mayor, que su misión directa de rutina era ir hacer mantenimiento, chequear, efectuar traslado de material si era necesario, autorizado, porque ellos no tenían la autodeterminación de mover no, tenía que haber una autorización de su comandante y en mi ausencia del segundo comandante, ellos no iban a sacar nada sin autorización, todo tenía que estar previamente autorizado”. Pregunta ¿en esa descripción que usted hace del bunker número (7), que usted palpó a través de sus sentidos, ud pudo apreciar sobre, que si además de los mecanismos de seguridad que usted señaló, existían vestigios o elementos que apuntaban de que anteriormente existían otros elementos de seguridad, tales como instalaciones de cámaras por ejemplo? Respuesta “no, allí se trató de colocar sistemas eléctricos, pero alguien dijo que era más bien riesgoso, porque ahí había mucha pólvora, había munición muy obsoleta, había gases, acumulación de gases y un chispazo de un sistema de alumbrado, podía más bien activar una deflagración de una explosión, ahí no, por los gases, eso fue, los técnicos siempre apuntaban a que era más bien recomendables sistemas inalámbricos, pero sabemos que también las ondas sonoras generan energía, es una zona bien conflictiva y que son bunker muy antiguos, aunque son lo mejor, dan mucha seguridad, en el sentido de que son subterráneos, a la hora de una explosión masiva allí, sufre la montaña, pero el personal quedaba exento de una tragedia, pero no hubo vestigios de cámaras, hubo intentos de colocación de postes, pero no se materializó, porque el mantenimiento mayor llámese así, la inversión mayor, lo hace es la Dirección de Armamento y Electrónica, que es la que le compete, como área táctica, que ellos tienen asignada como polvorín de la armada, allí es donde está la munición de los barcos, de los sub marinos, sistemas de alto calibre, entonces, a eso se debe que la presencia de ellos era diaria, era vital que estuviesen allí, siempre inspeccionando esa área”.
7.- Declaración testifical rendida por el ciudadano CF WISTON ANTONIO HERNANDEZ MATERAN, cedula de identidad 11.319.456. 42 años de edad, divorciado. Promovido por la Representación de la Defensa Técnica
Juez Presidente: En qué ciudad o estado tiene usted fijado su domicilio? Catia la Mar Estado Vargas. Unidad militar de la ud. es plaza e indique que cargo desempeña en la misma? estoy laborando en el Comando Naval de Logística, soy director de control logístico. Guarda usted alguna relación de parentesco bien sea de consanguinidad o afinidad que lo vincule con el acusado, presente en esta sala de audiencia? Negativo. Señale usted con sus propias palabras que conocimiento tiene usted, acerca de los hechos, objeto del presente juicio oral y público? si tiene algún conocimiento de los hechos, objetos de prueba, en este juicio oral y público? Negativo
Juez Presidente: bueno, a continuación usted va hacer objeto de preguntas por las partes intervinientes en la presente causa, escuche bien el contenido de la pregunta que se le formule si no entiende solicite aclaratoria de la misma, y dirija su respuesta a los miembros del tribunal militar, se concede el derecho de palabra al representante de la defensa técnica, a los fines de que interrogue al testigo, si a bien pudiese ejercer tal derecho.
Pregunta: usted recibió guardia el 14 de agosto como jefe de responsabilidades, es correcto?
Respuesta: recibí oficial de responsabilidad.
Pregunta: eso es una guardia, para entendimiento de este tribunal, es correcto?
Respuesta: es un servicio de responsabilidad los fines de semana, que tenemos los oficiales superiores.
Pregunta: que día usted recibió la guardia?
Respuesta: se recibe el día jueves hasta el día lunes.
Pregunta: jueves 14 de agosto hasta el lunes 18 de agosto, para ser exactos?
Respuesta: si
Pregunta: cuales fueron sus responsabilidades durante ese periodo de servicio, en la unidad naval en cuestión?
Respuesta: velar por que se cumpla la rutina del comando.
Pregunta: podría especificar, cuál es la rutina de comando?
Respuesta: la rutina del comando, uno, es verificar que se encuentre completamente el personal de la guardia, que este personal cumpla completamente con sus funciones, de acuerdo a lo que está establecido en el pov.
Pregunta: de acuerdo al procedimiento operativo vigente, que se refiere al servicio de jefe de responsabilidad, a qué hora recibe usted el servicio y a qué hora lo entrega, el día lunes 18 de agosto?
Pregunta: una vez que se hace la formación de lista y parte del personal que se queda de guardia, recibo de mano del oficial superior presente abordo más antiguo y vuelvo a entregar la guardia de responsabilidad el día lunes a la formación de las 14 horas, al oficial más antiguo que este en ese momento, puede ser el 2do. Comandante o el oficial que llegue, que sea más antiguo que mi persona.
Pregunta: repito la pregunta, a qué hora usted recibe, en ese hecho histórico evidente, a qué hora usted recibió el servicio, el día jueves 14 de agosto?
Respuesta: a las 13 cero cero horas.
Pregunta: a las 13 cero cero horas?
Respuesta: a la hora de la formación.
Pregunta: a la hora de la formación, cual es el procedimiento para recibir la guardia?
Respuesta: pasarle revista a la unidad y recibir todas las llaves de los diferentes locales.
Pregunta: usted recibe la guardia sin novedad?
Respuesta: si señor
Pregunta: usted el lunes 18 de agosto a las 14, como acaba de indicar, el 18 de agosto a las 14 horas, usted entrega la guardia sin novedad, después de la respectiva revista por las instalaciones?
Respuesta: el oficial de guardia me entrega novedades, y me notifica que está sin novedad y entrego la guardia sin novedad.
Pregunta: repito la pregunta, usted entregó la guardia el día lunes 18 de agosto a las 14 horas, sin novedad?
Respuesta: entregue la información que me da el oficial de guardia, sin novedad.
Pregunta: quisiera que eso constara en acta, ciudadano juez.
Juez presidente: ciudadano secretario deje constancia en acta la pregunta efectuada y la respuesta dada por el testigo.
Defensa Técnica: la próxima pregunta Hernández Materan,
Juez Presidente: ciudadano defensor diríjase al testigo, por el grado militar, por favor.
Pregunta: cuando usted recibe la información el lunes 18 a las 14 horas, que está entregando la guardia sin novedad, al próximo grupo de guardia, esa condición sin novedad, va a implicar que todas las personas, oficiales, personal de tropa profesional o sub-oficiales, que están bajo su mando, están amparados bajo esa condición, entregando si novedad, eso es eso es correcto o falso.
Respuesta: repita la pregunta.
Pregunta: cuando usted como jefe del área de responsabilidad, entrega la guardia sin novedad, se sobre-entiende que el grupo suyo que entregó la guardia, que estaba bajo su responsabilidad, también entrego la guardia sin novedad, es correcto?
Respuesta: si
Defensa Técnica: ciudadano juez, por favor que conste en acta.
Juez Presidente: ciudadano secretario que conste en acta, la pregunta efectuada y la respuesta dada por el testigo.
Pregunta: quiere decir, que las responsabilidades que tenía el hoy acusado, Teniente de Fragata Dickson Herrera, que estaba bajo su responsabilidad, entrega el servicio según lo que usted está especificando y está catalogando sin novedad, es correcto?
Fiscal Militar: objeción
Juez Presidente: cddno. Fiscal, exponga ud los fundamentos en los cuales basa su objeción
Fiscal Militar: gracias ciudadano magistrado, los representantes de la defesa privada, están llevando al testigo a dar una respuesta, están induciendo a que dé una respuesta determinada.
Juez Presidente: cddno defensor, formule ud los fundamentos en los cuales basa su pregunta.
Defensa Técnica: ciudadano juez presidente, nosotros en la defensa técnica, lo que queremos es aclarar, que bajo la condición de un servicio militar de guardia, que está bajo su responsabilidad y que todas las personas oficiales y no oficiales y tropa profesional, que están bajo su responsabilidad, al usted entregar la guardia sin novedad, queda en evidencia, que todos los demás entregaron la guardia sin novedad, después de la respectiva revista, como dice el procedimiento operativo vigente, para entregar la guardia, simplemente estamos siendo enfáticos y estamos aclarando la situación, de que todas las personas que estaban de guardia, simplemente entregaron la guardia sin novedad.
Juez Presidente: una vez deliberada sobre la objeción propuesta por la representación del ministerio público, este tribunal militar considera declarar la misma con lugar, en razón a que, cuando el defensor empieza su pregunta, con la palabra es decir, ya está aseverando, está expresando después de ello, un juicio de valor, que impregna de carácter subjetivo la pregunta, el testigo está aquí, para expresar lo que el apreció a través de sus sentidos, de manera objetiva, no les habla el testigo, reclamarle preguntas, hacerle preguntas que conlleven un juicio de valor, por parte del testigo, el testigo no es ningún experto, el grado de responsabilidad en todo caso, es el objeto de este juicio, determinar si otras personas, otros profesionales, tienen algún tipo de grado responsabilidad, le tocara a los miembros del tribunal decidir acerca de ese grado de responsabilidad, el testigo simplemente se limita a exponer de lo que tuvo conocimiento y percibió a través de sus sentidos, entonces considera este tribunal militar, que esa pregunta requiere un juicio de valor del testigo, el cual no es dable de aportar el mismo y tiene carácter sugestivo, así que por favor, reformule su pregunta, cddno. Defensor.
Pregunta: gracias juez presidente, vamos a replantear la disposición de la pregunta, lo que la defensa técnica siente curiosidad, es, usted manifestó que había entregado la guardia sin novedad, y que consta en los libros de guardia de la unidad, y queríamos saber simplemente, si alguno de los miembros que estaba bajo su responsabilidad, en el momento del servicio, le había notificado en el ínterin, del jueves 14 hasta el lunes 18, si alguno de ellos que estaba bajo su respoposabilidad, le habían manifestado a ud, alguna novedad durante el servicio?
Respuesta: negativo
Derecho de palabra a cargo de la otra representación de la Defensa Técnica. Nosotros, bueno yo básicamente le voy hacer 3 preguntas la primera. Pregunta ¿usted recuerda quienes eran los jefes de guardia, desde el día jueves hasta el día lunes, en donde presuntamente ocurrieron los hechos que hoy se juzgan?
Respuesta: el teniente de fragata Dickson Herrera, teniente de fragata Contreras Celis, teniente de fragata Navarro, teniente de fragata Álvarez y teniente de fragata Carles.
Pregunta: durante esos 4 días, se presentaron algunas circunstancias o algunos acontecimientos no habituales, a la responsabilidad, a la guardia, en este caso, el servicio de responsabilidad, que usted dirigía?
Respuesta: El día sábado, fue un tropa de la cocina, que fue a encender a las 05:00 hrs, la cocina y aparentemente dejó el gas abierto y me notifico el oficial de guardia, me apersoné y si en efecto había sucedido, pero simple y llanamente la parte del capilar, pero de resto, mas nada.
Pregunta: le pregunto, hubo la muerte del papa del segundo comandante?
Respuesta: afirmativo, el día jueves
Pregunta: usted designo siendo el jefe de responsabilidad, alguna comisión para ese acto?
Respuesta: cumpliendo instrucción del comandante, afirmativo.
Pregunta:: estaba el teniente de fragata Dickson Ronald, enviado para esa comisión?
Respuesta: no recuerdo, pero oficialmente el era el oficial de guardia el dia jueves.
Le corresponde el derecho de palabra al Tribunal Militar. Pregunta: testigo, usted tuvo conocimiento de alguna manera, acerca de una presunta sustracción materiales, bienes o equipos militares, durante ese periodo o posteriormente de haber entregado esa guardia?
Respuesta: solamente, en el trasncurso del fin de semana, negativo.
Tribunal Militar: disculpe se pasó, la fiscalía militar, le corresponde, entonces esa es la costumbre del orden, bueno esa pregunta quedara constancia en acta, y se le concede la palabra a la fiscalía militar, a los fines de que interrogue al testigo, si a bien tuviese, ejercer tal derecho.
Pregunta: nos podría indicar usted en esta sala que dia se encontraba usted de guardia? reformulo la pregunta se encontraba usted de guardia para la fecha 14 de agosto del año 2014?
Respuesta: me encontraba de oficial de responsabilidad desde el día 14 al día 18.
Pregunta: qué oficial de guardia se encontraba para esa fecha, cumpliendo funciones?
Respuesta: el día jueves el teniente de fragata Dickson Herrera, el día viernes el teniente de fragata Contreras Celis, teniente de fragata Navarro, teniente de fragata Álvarez y teniente de fragata Carles.
Pregunta: el teniente de fragata, reformulo la pregunta, el oficial de guardia para la fecha 14 de agosto del 2014, le participó alguna novedad a usted.
Respuesta: negativo
Pregunta: como se entera usted de los hechos acontecidos en la octava brigada de mar?
Respuesta: el día 18, aproximadamente a las 16 horas, recibí llamada telefónica del teniente de navío Torres, notificando que había una novedad en el bunker número 7, me apersoné y llame de una vez, al capitán de fragata Rivero García, que ya se encontraba a bordo, y este inmediatamente también se apersonó y de una vez se llamó al comandante, y se pasó la novedad.
Pregunta: sabe usted donde se suscitó la novedad, ocurrida en la Octava Brigada de Comandos de Mar?
Respuesta: el teniente de navío torres me llama y me hace del conocimiento, que había una novedad en el bunker de explosivos, hasta donde yo me apersone y me cercioré conjuntamente con el personal que se encontraba allí, de que había sido violentado.
Pregunta: gracias, la siguiente pregunta los oficiales de guardia, como le deben participarle a usted o como le deben informar a usted?
Respuesta: vía personal o vía telefónica.
Pregunta: el teniente de fragata para la fecha 14 del 2014 le participo a usted de esa manera?
Respuesta: afirmativo.
Pregunta: que le informó?
Respuesta: que la unidad se encontraba sin novedad? .
Pregunta: de las dos formas, usted acaba de informar en esta sala, que se lo participan de dos maneras, cierto?
Respuesta: sí señor.
Pregunta: el teniente de fragata Dickson Ronald, le participo a usted, de esas dos formas?
Respuesta: afirmativo.
Pregunta: la siguiente pregunta es, el oficial de día o mejor dicho, el oficial de guardia, cuáles son sus obligaciones inherentes a su cargo?
Respuesta: el oficial de guardia tiene, sus obligaciones están descritas en un pov que el comando realizó, allí están bien claras sus responsabilidades.
Pregunta: entre esas obligaciones que tiene el oficial de guardia, es hacer un recorrido, por la zona donde se encuentran los bunker?
Respuesta: recuerdo, que en uno de los puntos, el oficial de guardia, debe pasar revista aleatoriamente a los bunker, tanto en la mañana como en el servicio nocturno.
Pregunta: cuantas veces?
Respuesta: son o estaban descritas, 3 diurnas y 2 nocturnas.
Pregunta: esos recorridos, de qué manera lo hacen?
Respuesta: realmente eso no está descrito allí, pero ya es su obligación, de cómo pasen la revista.
Pregunta: el oficial de guardia, para la fecha entre el 14 de agosto del 2014 hasta el 18 de agosto del año 2014, le participaron a usted alguna novedad, durante el servicio de usted, como inspector.
Respuesta: no, la única novedad fue la del percance de la cocina del tropa, del resto me pasaron, que la unidad estaba sin novedad.
Pregunta: una pregunta mi capitán de fragata, una de las personas en estos casos los oficiales que realizan las guardias, la responsabilidad son intuito persona o son conjunta, cuando están realizando las guardias del día que le corresponde?
Respuesta: disculpe, no entiendo la pregunta.
Pregunta: es decir, reformulo la pregunta ciudadanos magistrados, la persona que realiza la guardia, en su caso oficial de guardia, la responsabilidad es intuito persona, es decir, la responsabilidad que él tiene de pasar revista, cerciorar, realizar las llamadas, si existe alguna novedad o no, al inspector, esas son sus responsabilidades o no?
Respuesta: si, porque están descritas bien claras en el pov, de cuáles son sus responsabilidades y el procedimiento que debe tomar, para hacer, para el servicio de guardia.
Pregunta: la siguiente pregunta, si algún oficial de guardia, no pasa la novedad, que es lo que sucede, si un oficial de guardia no pasa la novedad, de algún hecho?
Respuesta: pero no entiendo de que novedad.
Defensa Técnica: objeción
Juez Presidente: fundamente su objeción.
Defensa Técnica: la pregunta es sugestiva, él está diciendo lo que aspira que le responda.
Juez Presidente: ciudadano fiscal exprese los fundamentos en los que basa su pregunta.
Fiscalía Militar: gracias ciudadano juez, reformulo la pregunta capitán de fragata, as obligaciones que tiene un oficial de guardia, entre ellas están implícitas pasar lo que ocurre durante su servicio?
Respuesta: afirmativo
Fiscalia militar: eso es todo.
Tribunal Militar: ciudadano testigo, le reformulo otra vez la pregunta que se le hizo con anterioridad, tuvo usted algún tipo de conocimiento, acerca si se produjo perdida o extravío de algún tipo de equipo o efectos militares, luego de haber culminado, de haber entregado dicha guardia.
Respuesta: de una vez que se culmina a las 16 horas, me llama por teléfono el teniente de navío torres, jefe de la división de logística y me hace del conocimiento, de que había una novedad en el bunker de explosivos, lugar a donde me apersono y por supuesto llamo por teléfono al capitán de fragata Rivero García, que es el que se encontraba más antiguo a bordo, y él se apersono, se detalló la novedad, se llamó al comandante y se tomó el procedimiento administrativo que corresponde.
Pregunta: repito la pregunta, tiene conocimiento acerca, si se produjo algun extravió o perdida de efectos en dicha.
Respuesta: negativo
Pregunta: qué cargo desempeñaba usted aparte del servicio de oficial responsable, que cargo desempeñaba usted, en esa época, en esa unidad militar
Respuesta: jefe de división de personal.
Pregunta: de la Octava Brigada?
Respuesta: sí señor, jefe de división de personal de la Octava Brigada de Comandos del Mar, Generalísimo Francisco de Miranda.
Pregunta: el procedimiento para hacer entrega de las guardias, como era al respecto de los oficiales que montaban por cada uno de las unidades, como era, ante quien se entregaba, sé que usted ha dicho, que usted era el oficial responsable ese fin de semana de toda la unidad, y a su vez tenía otros oficiales de guardia, como era ese procedimiento, para esa entrega de guardia?,
Respuesta: todos los días a las 09:00, hay formación de lista y parte con todo el personal disponible abordo y en ese momento se efectúan los relevos de guardia, se saca el personal para lo que es la rutina diaria, porque es decir, es fin de semana, pero igualito se hace mantenimiento, se cumple con la rutina de mantenimiento y se procede a lo que es el servicio del relevo de guardia y en ese momento se hace del conocimiento de novedades o no novedades existentes.
Pregunta: tiene usted conocimiento, si durante ese lapso que usted tuvo como oficial responsable máximo de esa unidad militar, como responsable de la guardia, supervisor de la guardia, si el acusado teniente de fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez, en el día que a él le tocaba guardia, el día jueves usted señaló, tiene usted conocimiento, si el pasó revista o no, a las instalaciones del bunker, que usted señala que fue objeto de una violencia física.
Respuesta: las novedades que él me entregó a mí.
Pregunta: entre esas novedades, él le manifestó si había pasado o no revista?
Respuesta: afirmativo
Pregunta: que le manifestó respecto a esas circunstancias.
Respuesta: que el comando, se encontraba sin novedad.
Pregunta: pero vuelvo o inquiero, sobre el aspecto, si paso revista o no, sobre las instalaciones de los bunker, él le manifestó algún tipo de cumplimiento de orden respecto a eso, o no?
Respuesta: afirmativo, que pasó revista sin novedad a todas las unidades, y se encontraban sin novedad
Pregunta: ese departamento que usted desempeñaba, ese cargo, era responsable de hacer las órdenes de servicio, por la unidad.
Respuesta: la oficina se encargaba de hacer, de acuerdo a unos roles de guardia, a ese rol de guardia, se realizaban las órdenes del día.
Pregunta: en esas órdenes del día, se encontraba previsto algún tipo de servicio, que indicara, que se debía desempeñar un efectivo militar, custodiando los bunker, específicamente, algún puesto de centinela en los bunker?
Respuesta: como centinela permanente no, pero el teniente de fragata estaba como oficial de responsabilidad por el bunker, es decir, dentro de la orden del día, aparecía, fue creado unas responsabilidades, y entre eso aparecía oficial por el bunker, el teniente de fragata Dickson Herrera.
Pregunta: pero, existía algún tipo de centinela permanente, señalado en esa orden de servicio, que montara un servicio de las instalaciones físicas de los bunker?
Respuesta: de los bunker no, de los parques sí.
Pregunta: ese bunker que usted señala, tiene algún tipo de identificación, como está identificado ese bunker, que usted señaló, que supuestamente fue violentado? está identificado con algún número
Respuesta: sí señor, en la entrada del bunker hay un indicativo del numero del bunker
Pregunta: que numero tenía ese bunker, si lo conoce?
Respuesta: ahorita, no recuerdo.
Pregunta: los oficiales de día, que montaban con usted ese fin de semana, le daban novedades respecto de los turnos de ronda, por ejemplo, en horas nocturnas también?
Respuesta: a las 21 horas hay silencio, por supuesto antes de las 21 horas, hay una formación con el personal de tropa, para sacar el parte, y el personal disponible, y por supuesto recibo novedades allí y posteriormente si en el transcurso del servicio nocturno hay una novedad, ellos están autorizados de levantarlo a uno, e informar, pero en el servicio nocturno no, e inclusive al toque de diana, me notificó, que estábamos sin novedad.
Pregunta: usted señalo que el teniente de fragata Dickson Ronald Herrera, era responsable del área de bunker, ese tipo de servicio era independiente, del que el montaba como oficial de día?
Respuesta: si señor
Pregunta: como eran esos dos servicios, en que se diferenciaban uno de otro?
Respuesta: originalmente sus responsabilidades, responsable de pasarle revista a los bunker y responsable de que en caso de que se requiera en el momento, activar un grupo comando y se requería abrir el bunker, por supuesto por autorización del comando, porque el bunker tiene dos llaves, por supuesto todas las llaves están lacradas y en caso de que se requiera, el oficial del bunker este presente, y sea el responsable y velar de que es lo que se saca y que es lo que no se saca de allí.
Pregunta: que profesionales en sí, eran los encargados de pasarle revista diaria a los bunker, el oficial de guardia de ese día, o el teniente de fragata, como oficial responsable del parque durante ese lapso, de jueves a lunes
Respuesta: en el P.O.V está, el oficial jefe de la guardia.
Pregunta: o sea, una responsabilidad del jefe de la guardia diaria, atribuible a cada oficial, que desempeñaba el servicio oficial jefe de la guardia
Respuesta: el oficial jefe de la guardia, de la responsabilidad desconozco.
Pregunta: de quien usted recibió esa guardia, de oficial responsable durante ese fin de semana
Respuesta: originalmente no se recibe, es una responsabilidad que se asume, de lunes a jueves no hay oficial de responsabilidad, porque se sobre entiende que esta el comando, o está toda la tripulación abordo y está el más antiguo.
DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES PROMOVIDAS
POR EL MINISTERIO PÚBLICO MILITAR
Durante el desarrollo del Debate Probatorio llevado a efecto en el Juicio Oral y Público celebrado en la presente causa, se evacuaron los siguientes medios de prueba documentales, en razón de la acusación presentada por el Representante del Ministerio Público, siendo estos los siguientes:
1.- Prueba documental número 1, denominada “Oficio N° 0021 de fecha 20 de agosto del 2014, suscrito por el Contraalmirante PLASENCIA VERA VICTOR comandante de la octava brigada generalísimo Francisco de Miranda”, inserta a los folio 03 de la pieza número uno de la documentación de las actuaciones que conforman la presente causa.
En cuanto a las observaciones realizadas por las partes respecto a este medio de prueba, el Fiscal Militar solicitó muy respetuosamente a esta digna magistratura, que el mismo se lea en su totalidad y manifestó su conformidad con la incorporación por su lectura, de dicho medio probatorio en este juicio oral y público. Por su parte la representación de la defensa técnica expuso que estaba de acuerdo con su incorporación, y el Tribunal Militar declaró incorporada la prueba documental denominada oficio 0021 de fecha 20 de agosto de 2014, al juicio oral y público previa su lectura, por cuanto la misma encuadra en los supuestos previstos en el artículo 322 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Prueba documental número 2, denominada inspección técnica numero veinte seis nueve cuatro (2694) suscrita por los comisionados EVANGELIS MARTINEZ inspector del CICPC, NELSON RUIS y LUIS ANGULO, inserta en el folio 102 de la pieza 1.
En cuanto a las observaciones realizadas por las partes respecto a este medio de prueba, el Fiscal Militar solicitó muy respetuosamente a esta digna magistratura, que el mismo se lea en forma parcial, específicamente en el sitio, quien es la persona quien la firma, esa inspección, asa como también las evidencias de interés criminalístico que fueron encontradas en dicha inspección, que aparece en la parte de atrás específicamente del folio (102) de la pieza número (1) y manifestó su conformidad con la incorporación por su lectura, de dicho medio probatorio en este juicio oral y público. Por su parte la representación de la defensa técnica expuso que no tenía ninguna observación, y el Tribunal Militar manifestó que se encuentra conforme con la incorporación de este medio probatorio documental, al juicio oral y público, y ordenó la lectura al mismo de manera parcial, indicando el contenido de la leyenda. Asimismo, declara incorporada por su lectura en este juicio oral y público el mencionado medio probatorio.
3.- Prueba documental número 3, denominada, montaje fotográfico de fecha 19 de agosto de 2014, inserto en los folios 103, 104,107, 109 y 112 en la pieza número (1) denominados como fotografías (1,2,3,5,7,10) de la documentación de las actuaciones que conforman la presente causa.
En cuanto a las observaciones realizadas por las partes respecto a la evacuación de éste medio probatorio, se observa que el Fiscal Militar solicitó que se indiquen y se lea parcialmente la leyenda de cada uno y del órgano que emana. En lo que respecta a la Representación de la Defensa Técnica, ésta manifestó no tener ninguna observación y que se haga la lectura parcial de contenido de la fotografía, exclusivamente. Y el Tribunal Militar se encuentra conforme con la incorporación de este medio probatorio documental, al juicio oral y público, y ordenó ciudadano secretario de lectura al mismo de manera parcial, indicando el contenido de la leyenda. Asimismo, declara incorporada por su lectura en este juicio oral y público el mencionado medio probatorio.
4.- Prueba documental número 4, denominada Guía de Lineamientos de la Combricomar, la cual resulta útil, pertinente y necesario, y se encuentra ubicada en la pieza número (1) en los folios (229 al 242). En cuanto a las observaciones realizadas por las partes respecto a la evacuación de éste medio probatorio, se observa que el Fiscal Militar solicitó que la misma sea leída en el órgano de quien emana y la persona que lo suscribe, eso es todo, ciudadanos magistrados. En lo que respecta a la Representación de la Defensa Técnica, ésta manifestó: si, ciudadano magistrado con todo su respeto solicitamos que se haga énfasis en la parte sub titulada como conducta literal A y la parte sub titulada como contra inteligencia, a partir del literal F, en lo sucesivo, muchas gracias. Y el Tribunal Militar se encuentra conforme con la incorporación de este medio probatorio documental al juicio oral y público por su lectura, ciudadano secretario de lectura al mismo, de acuerdo a lo citado por las partes, indicando el órgano de quien lo emana, quien lo suscribe y haga énfasis a parte sub titulada como conducta literal A y la parte sub titulada como contra inteligencia a partir del literal F. Asimismo, declara incorporada por su lectura en este juicio oral y público el mencionado medio probatorio.
5.- Prueba documental número 5, denominada Experticia de fecha 08 de octubre de 2014, suscrita por S/A. Patiño Alarcón Freddy Adolfo, Técnico inspector en explosivos, acreditado por la Dirección General de Armas y Explosivos, ubicada en la pieza 5 folio 198. Asimismo, el Tribunal Militar deja constancia, que pese a lo que ha indicado el fiscal militar, de la ubicación, de acuerdo a los registros que tenemos ubicados aquí, y esa experticia fue exhibida previamente al sargento ayudante, por eso es que se le convoco nuevamente para un segundo llamado, sin suplir la actuación del fiscal militar, este tribunal militar aprecia que la misma se encuentra, es al folio del (190 al 193) de la pieza número (5). En cuanto a las observaciones realizadas por las partes respecto a la evacuación de éste medio probatorio, se observa que el Fiscal Militar solicitó que: la misma sea leída parcialmente, específicamente el órgano quien lo emana, la persona que lo suscribe y en el folio (191) el ítem C, el cual manifiesta el material faltante. En lo que respecta a la Representación de la Defensa Técnica, ésta manifestó: si, ciudadano juez, simplemente el material faltante y la certificación de la firma del experto. Y el Tribunal Militar se encuentra conforme con la incorporación de este medio probatorio documental al juicio oral y público por su lectura, ciudadano secretario de lectura de manera parcial a la misma, de acuerdo a lo indicado por las partes. Asimismo, declara incorporada por su lectura en este juicio oral y público el mencionado medio probatorio.
DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES PROMOVIDAS
POR LA DEFENSA PRIVADA:
Durante el desarrollo del Debate Probatorio llevado a efecto en el Juicio Oral y Público celebrado en la presente causa, se evacuaron los siguientes medios de prueba documentales, siendo estos los siguientes:
1.- Prueba documental número 1, denominada Instructivo, P.O.V y roles de guardia, correspondientes al mes de Agosto de 2014, que rielan en los folios desde el 183 hasta el folio 196. En cuanto a las observaciones realizadas por las partes respecto a la evacuación de éste medio probatorio, se observa que la Representación de la Defensa Técnica señaló: señaló:…” nosotros, con el debido respeto, solicitamos que se valore, en fin, todos los roles de guardia, para ver la continuidad de la guardia, durante el fin de semana, que se presume que ocurrieron los hechos, que aquí se están discutiendo. Asimismo, manifiestan su inconformidad con su incorporación al juicio oral y público por su lectura. A su vez, la representación de la Fiscalía militar señaló lo siguiente: no tiene ninguna observación sobre dicho medio probatorio y manifiesta conformidad sobre la incorporación del mismo al presente juicio oral y público. Y el Tribunal Militar se encuentra conforme con la incorporación de este medio probatorio documental al juicio oral y público. Ciudadano secretario de lectura al folio 184, al membrete, al rol de guardia y quienes suscriben el mismo, rectifico folio 185, de lectura al mismo, el nombre de dicho documento, quienes se encuentran de guardia y quienes suscriben dicho documento. Asimismo, se deja constancia que el auto de apertura a juicio señala que la prueba se llama instructivos, POV y roles de guardia en la señalización que se hizo en el auto folio 183 al folio 196, se encuentran exclusivamente roles de guardia, en dicho medio de prueba, ciudadano secretario de lectura al mismo. Por lo que declara incorporado dicho medio probatorio por su lectura, denominado instructivos, POV y roles de guardia correspondiente al mes de agosto del 2014 a este juicio oral y público.
CAPÍTULO IV
DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS
Es necesario señalar que los jueces profesionales que integran éste órgano jurisdiccional, procedieron a analizar, comparar y valorar las pruebas promovidas por las partes intervinientes en el presente proceso penal, las cuales fueron debidamente admitidas por la Juez Militar Sexto de Control con sede en Valencia, como legales, lícitas, pertinentes y necesarias, en la audiencia preliminar respectiva; luego de ser evacuadas durante el desarrollo del juicio oral realizado en contra del acusado de autos, utilizando en la apreciación de los elementos probatorios indicados, las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, todo esto de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, para así de esta forma dar cumplimiento a los principios y garantías previstos en el citado texto legal, en lo que respecta a la realización de un juicio previo, el debido proceso y el esclarecimiento de la verdad de los hechos por las vías jurídicas, para llegar a la convicción judicial y de la aplicación de la justicia en el marco del derecho, de conformidad con lo consagrado en los artículos 1 y 13 del citado instrumento adjetivo penal, es decir, respetando el conjunto de garantías establecidas como medio obligatorio necesario y esencial, para que el ejercicio de la función jurisdiccional del Estado se materialice.
En tal sentido, estos juzgadores observaron que mediante las pruebas ofrecidas por la representación fiscal y recibida en el juicio oral y público, resultaron acreditados los siguientes hechos:
1.- Se dio por comprobada la preexistencia de los efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, que fueron objeto de sustracción en la presente causa, específicamente dieciséis (16) granadas Defensivas del Bunker N° 7, Ocho (08) Modelo M-26-A2 del tipo DEF-HE del Lote IMI-5-88 y ocho (08) del MODELO M-75, del Tipo DEF-HE, SRB-84-07. Las cuales se encontraban confiadas al cuidado, resguardo, custodia de la Octava Brigada de Comandos de Mar, acantonada en el apostadero naval “TOMAS VEGA” en Turiamo Estado Aragua.
2.- Se dio por comprobado que para la fecha 18 de agosto del año 2014, el acusado Teniente de Fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez, titular de la cédula de identidad No. V-17.210.001, era plaza de la Octava Brigada de Comandos de Mar, acantonada en el apostadero naval “TOMAS VEGA” en Turiamo Estado Aragua, así mismo que desde el día 14 al 18 de agosto del mismo año, formó parte del Grupo de Guardia de Reacción en la identificada Unidad Naval.
3.- Se dio por comprobado que parte medular del sistema de seguridad del Bunker N° 7 de la referida Unidad Superior, fue fracturado y vulnerado al seccionar la armella con sus respectivos candados y cadena, procediendo posteriormente a sustraer (16) granadas Defensivas del Bunker N° 7 Modelo M-26-A2 del tipo DEF-HE del Lote IMI-5-88 y del MODELO M-75, del Tipo DEF-HE, SRB-84-07, siendo que posteriormente, los autores procedieron a colocar la armella, candados y cadena, tal como si no estuvieran vulnerados, a la luz de una revista visual, por lo cual es detectado en fecha 18 de agosto de 2014, aproximadamente a las 16:00 horas, por el acusado y otros oficiales que le acompañaban para guardar un material de guerra, posterior al relevo de la guardia antes reseñada.
No obstante, las demás circunstancias relacionadas con los hechos donde se encuentra presuntamente incurso el acusado, fueron controvertidos por las partes durante el debate oral y público y estos Magistrados consideraron necesario hacer las siguientes consideraciones:
En primer lugar, no se dio por comprobado la participación del acusado Teniente de Fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez, en el hecho, es decir, en la sustracción de las dieciséis (16) Granadas de Mano defensivas de alto explosivo, de las instalaciones del Bunker N°7, perteneciente a la Octava Brigada de Comandos de Mar, acantonada en el apostadero naval Tomas Vega de Turiamo, a pesar de haber desempeñado el servicio de jefe de la guardia y guardia de bunker el día 14 de agosto de 2014, como parte del grupo de guardia del 14 al 18 de agosto de 2014, no obstante en los hechos anteriormente acreditados, se apreciaron falencias probatorias, generando la convicción en el ánimo de quienes aquí deciden sobre la no responsabilidad penal del acusado Teniente de Fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez, en la comisión de los hechos por los cuales fue acusado, ya que los elementos probatorios evacuados durante el debate oral y público celebrado en la presente causa, no crean en estos juzgadores, la certeza o el convencimiento pleno sobre la participación del acusado en los hechos afirmados por el Ministerio Público en su acusación fiscal, en razón a una evidente precariedad y falta de sustento probatorio.
Las anteriores declaraciones testificales, una vez comparadas y concatenadas entre ellas mismas y respecto de las pruebas documentales estimadas, las cuales fueron debidamente valoradas por estos juzgadores, no demuestran plenamente a criterio de este Tribunal Militar, que ciertamente el acusado Teniente de Fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez, haya incurrido en la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto en el numeral 1 del artículo 570 del Código Orgánico de Justicia Militar, en concatenada relación con el articulo 435 ejusdem, al no haber encuadrado sus conductas dentro de los supuestos establecidos en las normas sustantivas que tipifican y sancionan dichos delitos militares, tal como se expondrá seguidamente.
Es necesario denotar por parte de los jueces militares integrantes de este Tribunal Militar, que de acuerdo a los testimonios evacuados en el desarrollo del Juicio Oral y Público, ningún órgano de prueba pudo dar por comprobado la presunta responsabilidad del acusado de autos Teniente de Fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez, plenamente identificado, es decir, la actuación o participación del mismo, para que con la misma se pudiera materializar el delito antes mencionado, desconociendo estos juzgadores la circunstancia de tiempo, siendo esta de vital importancia, para poder dar por comprobado la materialización del delito en la presente causa.
Surgen así, luego de efectuadas las anteriores consideraciones en el ánimo de estos Magistrados Juzgadores, una duda razonable, sobre la existencia del hecho punible, y su relación con la responsabilidad penal del acusado en la comisión de los mismos, ya que los elementos probatorios aportados por la representación fiscal, los cuales fueron evacuados durante el debate oral y público celebrado en la presente causa, no crean en estos juzgadores, la certeza o el convencimiento pleno sobre la participación del acusado en los hechos afirmados por la representación fiscal en su acusación, en razón a una evidente precariedad y falta de sustento probatorio; aunado a la consideración que la jurisprudencia emanada de manera pacífica y reiterada por parte del Tribunal Supremo de Justicia, la doctrina penal dominante, y en base al criterio de los jueces militares integrantes de éste Consejo de Guerra, ha sido reiterativa, en el sentido de que las partes acusadoras tienen la ineludible obligación de probar sus imputaciones más allá de toda duda razonable, lo cual no operó en el presente caso y ASÍ SE DECLARA.
CAPÍTULO V
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Ahora bien, estos Juzgadores observan que la representación fiscal al principio del debate y durante su desarrollo imputó al acusado Teniente de Fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez, por la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto en el numeral 1 del artículo 570 del Código Orgánico de Justicia Militar, en concatenada relación con el articulo 435 ejusdem
Así, en lo que respecta al delito de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto en el numeral 1 del artículo 570 del Código Orgánico de Justicia Militar, y sancionado en el encabezamiento de dicha norma, en el cual se establece que serán penados con prisión de dos a ocho años: “… 1°.- Los que sustrajeren, malversaren o dilapidaren fondos, valores o efectos pertenecientes a las Fuerzas Armadas”, consideramos que de acuerdo al principio general de interpretación que establece el artículo 4 del Código Civil Venezolano, es decir, atribuir a la Ley el sentido que aparece evidente del significado propio de las palabras según la conexión de ellas entre sí y la intención del legislador, encontramos, que la norma arriba citada establece diversas clases de acciones, a saber: “sustraer”, ¨malversar y dilapidar¨ o ¨apropiarse y distraer¨, que recaen sobre fondos, valores o efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional. Sustraer en su acepción corriente, consiste en apoderarse ilegítimamente de una cosa; es, por tanto, sinónimo de hurto, robo, apropiación, etc. Se refiere, evidentemente, que la acción se lleve a cabo sin consentimiento de su propietario o poseedor; malversar consiste, en la inversión indebida o improcedente de fondos confiados en administración a una persona, militar o civil, o que se utilice a otros usos distintos a los que fueron destinados; y dilapidar, es malgastar los bienes o valores de la Fuerza Armada Nacional.
A tal efecto, en su obra “Curso de Derecho Penal Venezolano”, el Doctor José Rafael Mendoza Troconis, cuando se refiere al sujeto activo, establece lo siguiente: “Asimismo, en la tipicidad del sujeto activo de todos los hechos comprendidos en los ochos ordinales del artículo 570 puede ser civil o militar, venezolano o extranjero, varón o mujer, o sea, cualquier persona capaz plenamente de cometerlo, porque el legislador dice ´los que´. Solamente se indican sujetos ´intraneus´ en determinados casos como ´en los encargados de adquirir o ´suministrar´ en los ordinales 4° y 5° del citado artículo 570 y los ´superiores´ que pueden dar órdenes ilícitas a los contadores o habilitados militares en el ordinal 8°…”. Respecto a los medios de comisión, dice el mencionado tratadista que resultan ser aquellos adecuados a la acción de los verbos sustraer, malversar o dilapidar. Así las cosas, viene a ser una condición indispensable para la acción de sustraer, que el sujeto activo tenga disposición, control, posesión, administración y en general, cualquier figura por la cual la relación agente-causa-efecto, pueda evidenciarse y pueda establecerse una conexión entre el agente y el efecto de su acto, de tal manera que sólo puedan sustraer, aquellos que tengan una relación directa con los fondos, valores o efectos colocados bajo su custodia, cuidada, protección o administración; condiciones sin las cuales parecería imposible perfeccionar la acción por parte del agente, habida cuenta de que sólo pueden sustraer, quienes tengan alguna relación que implique control, disposición o administración sobre los bienes, fondos, valores o efectos que le son confiados.
Ahora bien, en el caso que nos ocupa, el efecto perteneciente a la Fuerza Armada presuntamente sustraído, lo constituyen dieciséis (16) granadas de mano defensivas de alto explosivo, las cuales, como se expresó anteriormente fueron sustraídas del Bunker N°7 perteneciente a la Octava Brigada de Comandos de Mar, ubicada en la bahía de Turiamo Estado Aragua, de las cuales se desconoce su paradero. No obstante, no pudo ser demostrado claramente durante el debate por parte de la representación fiscal, la responsabilidad penal del acusado de autos en relación a la sustracción de dichos efectos, lo cual por el contrario si fue desvirtuado por la defensa del acusado.
En cuanto al elemento de la culpabilidad se requiere obrar sin la intención y sin la diligencia debida, causando un resultado dañoso, previsible y penado por la ley, que consiste en facilitar la comisión de sustraer fondos, valores o efectos pertenecientes a la Institución Castrense, en el presente caso no se logró demostrar que el referido acusado haya tenido la intención de sustraer, malversar y dilapidar fondos, valores o efectos pertenecientes a la Fuerza Armada y específicamente de dieciséis (16) granadas de mano defensivas de alto explosivo; ya que de acuerdo a lo señalado por los testigos, cuyas declaraciones fueron evacuadas en el correspondiente Juicio Oral y Público, no se comprobó la participación del acusado en la sustracción de efecto alguno.
En cuanto a la penalidad, el artículo 570 del Código Orgánico de Justicia Militar consagra que la pena será de dos a ocho años de prisión para las personas comprendidas en el numeral 1, relativa a los que sustrajeren, malversaren o dilapidaren fondos, valores o efectos pertenecientes a la Fuerza Armada, sin embargo, este Consejo de Guerra observa que no fue demostrado fehacientemente que las conducta del acusado Teniente de Fragata Dickson Ronald Herrera Rodríguez, encuadrasen en el tipo penal señalado, menos puede aplicársele la pena señalada en la norma antes descrita.
Por todas estas razones y con las pruebas antes señaladas, no se configuró en consecuencia, a criterio de los Jueces Militares integrantes de este Tribunal Militar, una específica responsabilidad atribuible al acusado de autos, respecto de la presunta comisión de los hechos que le fueron imputados por la Fiscalía Militar en su escrito acusatorio, por lo que debe ser considerados como NO CULPABLE, por ende no responsable penalmente por la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto en el numeral 1 del artículo 570 del Código Orgánico de Justicia Militar, y sancionado en el encabezamiento de dicha norma, en concatenada relación con el articulo 435 ejusdem; y es por ello que la presente decisión debe ser de naturaleza absolutoria respecto a la presunta comisión de éste delito, a tenor de lo previsto en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, Y ASÍ SE DECLARA.
CAPÍTULO VI
DISPOSITIVA
Este Consejo de Guerra de Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano Teniente de Fragata DICKSON RONALD HERRERA RODRIGUEZ, venezolano, de treinta y un años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-17.210.001, residenciado en la urbanización 1ro de mayo, calle No. 2, casa No 44, San Félix, estado Bolívar, por considerarlo no culpable ni responsables penalmente, de la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE FECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, contemplado en el artículo 570, Numeral 1, a título culposo, de conformidad con lo establecido en el artículo 435, ambas normas previstas en el Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se revoca la medida preventiva judicial privativa de libertad que actualmente pesa en contra del acusado Teniente de Fragata DICKSON RONALD HERRERA RODRIGUEZ, en consecuencia se acuerda la libertad en Sala del ciudadano antes identificado, una vez cumplidos los trámites pertinentes ante el Centro Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde, Los Teques, estado Miranda. En tal sentido se ordena librar por Secretaría la Boleta de Libertad respectiva. TERCERO: Se exime al Estado Venezolano, del pago de las costas del proceso, de conformidad a lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordada relación a lo previsto en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se insta al representante del Ministerio Público Militar a continuar con las investigaciones a que haya lugar en el presente caso, hasta tanto se logre recuperar el material de guerra sustraído y determinar las responsabilidades penales a que haya lugar.
La publicación de la sentencia con su texto completo se llevará a cabo a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a este pronunciamiento, quedando las partes debidamente notificadas con la lectura de la presente decisión, conforme lo disponen el encabezamiento del artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal y el segundo aparte del artículo 347 ejusdem, aplicados supletoriamente por mandato expreso de los artículos 20 y 592 Código Orgánico de Justicia Militar.
EL JUEZ MILITAR PRESIDENTE,
JOSÉ VICENTE CARVAJAL PEÑA
CORONEL
EL JUEZ MILITAR PROFESIONAL, EL JUEZ MILITAR PROFESIONAL,
SAMI RASPER RASSI HAMAMI BENJAMIN EMIRO FLORES DIAZ
TENIENTE CORONEL TENIENTE CORONEL
EL SECRETARIO JUDICIAL,
CLAMIL ANDREINA BORGES MIRANDA
ALFEREZ DE NAVIO
En la misma fecha y conforme a lo ordenado precedentemente, se publicó y registró la presente sentencia.
EL SECRETARIO JUDICIAL,
CLAMIL BORGES MIRANDA
ALFEREZ DE NAVIO
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