REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2015-000940

PARTE DEMANDANTE: JOSÉ JAVIER RONDÓN IBARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.523.547.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: SANDRA CARINA MARTÍNEZ SUAREZ, Abogado en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 102.125.

PARTE DEMANDADA: VEPRECA DE OCCIDENTE C.A.

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: FABIOLA DORANTE LAGOS y MARGOT CAMACARO, Abogadas en ejercicio, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 161.677 y 207.878 respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy 11 de Enero de 2015 siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil CÉSAR ALVARADO, compareció por la parte demandada su apoderada judicial Abogada Fabiola Dorante Lagos, antes identificada. Así mismo, se hace contar que la parte demandante no compareció por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.


Abg. Ana Mercedes Sánchez V.
Juez Temporal
Secretaria
Abg. Fronda Castillo

Parte demandada
Alguacil