REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de enero de dos mil dieciséis
205º y 156º

ASUNTO : KP02-F-2015-000446

Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal deja constancia que el día 18 de Enero del 2016, siendo día y hora fijado para que tenga lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, asimismo se deja constancia de la no comparecencia de la parte actora ni demandada. En este estado el Tribunal declara extinguido en el presente juicio de Divorcio, seguido por el ciudadano CARLOS CECILIO CERRUTTI ESTOLZA contra la ciudadana MILAGRO ELIZABETH MEJIAS MELENDEZ, de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la parte demandante ciudadano CARLOS CECILIO CERRUTTI ESTOLZA, no comparecido al referido acto. Es todo, se leyó y conformes firman.

La Juez Temporal,


Marlyn Emilia Rodrigues Pérez
La Secretaria


Rafaela Milagro Barreto

Seguidamente se dejo copia de la Sentencia Nor. 7 y quedo asentado en el Libro Diario bajo el Nro. 52.

MERP/merysabelG.