REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER. TUMEREMO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia En Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Con Competencia En Delitos de Violencia Contra La Mujer del Estado Bolívar Extensión Territorial Tumeremo.
Tumeremo, 15 de diciembre de 2016
206º y 157 º

ASUNTO PRINCIPAL : FP21-P-2015-000040
ASUNTO : FP21-P-2015-000040
Resolución nro. PJ003201600252

JUEZ PRIMERO DE EJECUCION DVM TUMEREMO: ABG. YARLENY SALAZAR G.
FISCAL PRIMERO EN MATERIA DE EJECUCION: ABG. CARLOS DE SAA SANCHEZ.
DEFENSOR PRIVADO: ABG. BLADIMIR RAFAEL MARTINEZ.
PENADO: RAMIRO ANTONIO BRUNAL MARTINEZ.

AUTO CONCEDIENDO LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA
Visto el Informe Técnico, elaborado por el Equipo Técnico dependiente del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario planilla nro. 070495, realizado el informe y evaluación en fecha 14-09-2016, y recibido en este despacho el día 14-12-2016, correspondiendo a este Despacho, decidir en relación al beneficio al cual opta el penado: RAMIRO ANTONIO BRUNAL MARTINEZ, venezolano, Titular de la Cédula Identidad Nº V-15.373.459, natural de Monteria Colombia, donde nació el 02/04/1944, de 70 años de edad, residenciado en Barrio La Caratica Calle Upata, casa sin nro, Tumeremo Estado Bolívar, para lo cual se hacen las siguientes consideraciones:
De la Ejecución de la Sentencia, se evidencia que el penado: RAMIRO ANTONIO BRUNAL MARTINEZ, fue condenado, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previstos y sancionados en el artículo 45 primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a Una Vida Libre de Violencia, asimismo consta en autos a los folios 161 al folio 164, Informe practicado por el Equipo Técnico del Centro de Evaluación y Diagnóstico, Región Sur Maturín Estado Monagas, mediante el cual entre otras consideraciones se señala:”...DIAGNOSTICO INTEGRAL: “La conducta penalizada esta asociada al bajo control de impulso libidinosos y de pulsaciones instintivas, inactividad en la toma de decisiones y poca previsión ante la situación de riesgo presente. Eventos aparentemente aislados de su trayectoria conductual, … “.PRONÓSTICO: “El equipo técnico evaluador emite opinión con pronóstico FAVORABLE, (…) considerando los siguientes criterios; prestancia hacia su grupo familiar con vínculos afectivos, disposición a cumplir con las normas impuestas por el tribunal, disposición laboral, aprendizaje derivado de la vivencia … SUGERENCIAS: “Mantenerse alejado de situaciones de riesgo (Niñas, niños y adolescentes,) mantenerse, activo laboralmente; e igualmente consta en el mencionado informe el grado de clasificación de MINIMA SEGURIDAD.



Así mismo corre inserto al folio 148, certificación de antecedentes penales donde no se
indica otro antecedente diferente a esta condena y al folio 138 cursa constancia de trabajo a favor del penado de autos suscrita por el Consejo Comunal Vista al Sol de Tumeremo estado Bolívar, donde dejan constancia que el penado cumple labores de compra y venta de aceite lubricantes y auto periquitos, Ahora bien, satisfechos como se encuentran las exigencias del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, considera quien decide que esta Instancia debe OTORGAR LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado RAMIRO ANTONIO BRUNAL MARTINEZ, venezolano, Titular de la Cédula Identidad Nº V-15.373.459, natural de Monteria Colombia, donde nació el 02/04/1944, de 70 años de edad, residenciado en Barrio La Caratica Calle Upata, casa sin nro, Tumeremo Estado Bolívar, y conforme a lo establecido en el artículo 483 del Código Orgánico Procesal Penal, SE LE FIJA UN PLAZO DE REGIMEN DE PRUEBA POR UN LAPSO DE UN (01) AÑO, bajo las siguientes condiciones:
1.- Presentarse ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 08, ubicada en San Félix, Estado Bolívar, y cumplir con las condiciones que a bien tenga imponer el Delegado de Prueba, por el lapso de UN (01) AÑO.
2.- Notificar al Tribunal cualquier cambio de residencia.-
3.- Presentar constancia de Trabajo cada seis (06) meses.
4.- No poseer ni portar armas.
5.- Mantenerse alejado de situaciones de riesgo (Niñas, Niños y Adolescentes).
6.- Cumplir una labor Comunitaria a favor de institución oficial de interés social.
7.- Asistir al Equipo Interdisciplinario del Tribunal de Violencia Contra la Mujer para realizar terapias de grupo.
DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar, Extensión Tumeremo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley OTORGA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado: RAMIRO ANTONIO BRUNAL MARTINEZ, venezolano, Titular de la Cédula Identidad Nº V-15.373.459, natural de Monteria Colombia, donde nació el 02/04/1944, de 70 años de edad, residenciado en Barrio La Caratica Calle Upata, casa sin nro, Tumeremo Estado Bolívar, por el lapso de Un (01) Año, conforme a lo establecido en el artículo 482 en concordancia con el artículo 483, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, quien deberá con las obligaciones impuestas por este Tribunal y las que ha bien tenga imponer el Delegado de Prueba.- Regístrese; notifíquese, y ofíciese a la Unidad Técnica Nº 08 de Apoyo al Sistema Penitenciario de San Félix, Estado Bolívar, asi como al Equipo Interdisciplinario del Tribunal de Violencia Contra la Mujer Extensión Tumeremo. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

La Jueza Primera de Ejecución VCM Tumeremo


Abg. Yarleny Salazar Gomez



La Secretaria de Sala

Abg. Betzy Muñoz.