REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2016-005161
SOLICITANTE: JUAN ALFONSO BUSTILLOS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.188.991, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: GILBERTO RAMON RIERA GARCIA, inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 177.276.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 19/09/2016, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de título supletorio, presentada por el ciudadano JUAN ALFONSO BUSTILLOS ROJAS, ya identificado, mediante la cual indica que posee una construcción sobre un TERRENO EJIDO, sobre el cual construyo una bienhechuría con dinero de su propio peculio, ubicado en la calle 21 entre carreras 15 y 16 N° 15-28, Barquisimeto Estado Lara, las cuales constan de una casa de bloque, comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: la señora Mercedes. SUR: Alida Nohemy Querales de Bustillos. ESTE: calle 21 que es el frente. OESTE: Parque Concha Acustica. La misma se admite en Derecho y se exhorta a tomar declaración de testigos que presente la parte interesada. Así mismo se insta a consignar copia de cedula de identidad de la parte interesada.

En fecha 20/09/2016, se admitió en cuanto a derecho folio 05.

En fecha 02/11/2016, se escuchó las declaraciones de los testigos KELVIN ARTURO RIVERO BOZA y JAVIER ANTONIO COLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-24.549.924 y V-19.165.687, folio 06.

En fecha 06/12/2016, Vista la designación de la abogada Rosangela Mercedes Sorondo Gil, como Jueza Titular del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia mediante oficio N° CJ-16-3505, se avoca al conocimiento de la causa, folio 09.

Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:

DECISIÓN.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y especialmente en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en autos quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano JUAN ALFONSO BUSTILLOS ROJAS, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, asistida por el ABOGADO GILBERTO RAMON RIERA GARCIA, inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 177.276. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.,
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los VEINTE (20) DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016. Años: 206° y 157º. (wp)

La Jueza Titular

Abg. Rosángela Mercedes Sorondo Gil

La Secretaria Suplente

Abg. Orlannys Nataly Rodriguez






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2016-005161
SOLICITANTE: JUAN ALFONSO BUSTILLOS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.188.991, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: GILBERTO RAMON RIERA GARCIA, inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 177.276.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 19/09/2016, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de título supletorio, presentada por el ciudadano JUAN ALFONSO BUSTILLOS ROJAS, ya identificado, mediante la cual indica que posee una construcción sobre un TERRENO EJIDO, sobre el cual construyo una bienhechuría con dinero de su propio peculio, ubicado en la calle 21 entre carreras 15 y 16 N° 15-28, Barquisimeto Estado Lara, las cuales constan de una casa de bloque, comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: la señora Mercedes. SUR: Alida Nohemy Querales de Bustillos. ESTE: calle 21 que es el frente. OESTE: Parque Concha Acustica. La misma se admite en Derecho y se exhorta a tomar declaración de testigos que presente la parte interesada. Así mismo se insta a consignar copia de cedula de identidad de la parte interesada.

En fecha 20/09/2016, se admitió en cuanto a derecho folio 05.

En fecha 02/11/2016, se escuchó las declaraciones de los testigos KELVIN ARTURO RIVERO BOZA y JAVIER ANTONIO COLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-24.549.924 y V-19.165.687, folio 06.

En fecha 06/12/2016, Vista la designación de la abogada Rosangela Mercedes Sorondo Gil, como Jueza Titular del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia mediante oficio N° CJ-16-3505, se avoca al conocimiento de la causa, folio 09.

Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:

DECISIÓN.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y especialmente en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en autos quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano JUAN ALFONSO BUSTILLOS ROJAS, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, asistida por el ABOGADO GILBERTO RAMON RIERA GARCIA, inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 177.276. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.,
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los VEINTE (20) DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016. Años: 206° y 157º. (wp)

LA JUEZA TITULAR,
(COPIA FIRMADA EN SU ORIGINAL)
ABG. ROSÁNGELA M. SORONDO GIL LA SECRETARIA SUPLENTE
(COPIA FIRMADA EN SU ORIGINAL)
ABG. ORLANNYS NATALY RODRIGUEZ
La Suscrita, Secretaria del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es exactamente igual al original que se encuentra en el asunto KP02-S-2016-005161, Certificación que se expide por mandato judicial de esta fecha. En Barquisimeto a los veinte (20), días del mes de Diciembre del 2016. Años: 206º y 157º.-
La Secretaria Suplente