REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2016-006325
SOLICITANTE: BERTHA CARMEN OTILIA BELTRAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.456.078, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: MOISES A. COLINA M., inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 205.248.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 03/11/2016, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de título supletorio, presentada por la ciudadana BERTHA CARMEN OTILIA BELTRAN, ya identificada, mediante la cual indica que posee una construcción sobre un TERRENO EJIDO, sobre el cual construyo una bienhechuría con dinero de su propio peculio, ubicada la calle 1 con callejón 2 Barrio Lindo el Jebe, Parroquia Catedral Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales constan de una casa de bloque, comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 15,80 metros con callejón 2 que es su frente. SUR: En línea de 17 metros con casa de Víctor Rodríguez, ESTE: En línea de 12,40 metros, con Club Social. OESTE: En línea de 12,40 metros, con casa de Félix Medina. La misma se admite en Derecho y se exhorta a tomar declaración de testigos que presente la parte interesada. Así mismo se insta a consignar copia de cedula de identidad de la parte interesada.
En fecha 07/12/2016, Vista la designación de la abogada Rosangela Mercedes Sorondo Gil, como Jueza Titular del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia mediante oficio N° CJ-16-3505, se avoca al conocimiento de la causa, asimismo se admitió la presente solicitud folio 04.
En fecha 07/12/2016, este Tribunal procede a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: REBECCA CAROLINA ALDANA ROMERO y ELIZABETH TERESA GARCIA SEQUERA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.378.804 y V-5.255.298, respectivamente, folio 05.
Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:

DECISIÓN.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara,


administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y especialmente en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en autos quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano BERTHA CARMEN OTILIA BELTRAN,antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, asistida por el ABOGADOMOISES A. COLINA M., inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 205.248.Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.,
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los DIECISEIS (16) DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016. Años: 206° y 157º. (wp)

La Jueza Titular

Abg. Rosángela Mercedes Sorondo Gil

La Secretaria Suplente

Abg. OrlannysNatalyRodriguez





















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2016-006325
SOLICITANTE: BERTHA CARMEN OTILIA BELTRAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.456.078, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: MOISES A. COLINA M., inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 205.248.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 03/11/2016, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de título supletorio, presentada por la ciudadana BERTHA CARMEN OTILIA BELTRAN, ya identificada, mediante la cual indica que posee una construcción sobre un TERRENO EJIDO, sobre el cual construyo una bienhechuría con dinero de su propio peculio, ubicada la calle 1 con callejón 2 Barrio Lindo el Jebe, Parroquia Catedral Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales constan de una casa de bloque, comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 15,80 metros con callejón 2 que es su frente. SUR: En línea de 17 metros con casa de Víctor Rodríguez, ESTE: En línea de 12,40 metros, con Club Social. OESTE: En línea de 12,40 metros, con casa de Félix Medina. La misma se admite en Derecho y se exhorta a tomar declaración de testigos que presente la parte interesada. Así mismo se insta a consignar copia de cedula de identidad de la parte interesada.
En fecha 07/12/2016, Vista la designación de la abogada Rosangela Mercedes Sorondo Gil, como Jueza Titular del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia mediante oficio N° CJ-16-3505, se avoca al conocimiento de la causa, asimismo se admitió la presente solicitud folio 04.
En fecha 07/12/2016, este Tribunal procede a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: REBECCA CAROLINA ALDANA ROMERO y ELIZABETH TERESA GARCIA SEQUERA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.378.804 y V-5.255.298, respectivamente, folio 05.
Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:

DECISIÓN.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara,


administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y especialmente en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en autos quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano BERTHA CARMEN OTILIA BELTRAN,antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, asistida por el ABOGADO MOISES A. COLINA M., inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 205.248. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.,
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los DIECISEIS (16) DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016. Años: 206° y 157º. (wp)

LA JUEZA TITULAR,
(COPIA FIRMADA EN SU ORIGINAL)
ABG. ROSÁNGELA M. SORONDO GIL
LA SECRETARIA SUPLENTE
(COPIA FIRMADA EN SU ORIGINAL)
ABG. ORLANNYS NATALY RODRIGUEZ
La Suscrita, Secretaria del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es exactamente igual al original que se encuentra en el asunto KP02-S-2016-006325, Certificación que se expide por mandato judicial de esta fecha. En Barquisimeto a los dieciséis (16), días del mes de Diciembre del 2016. Años: 206º y 157º.-
La Secretaria Suplente