REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2016-003764
Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos, OSCAR EZEQUIEL GUERRERO RONDON y ROSA ELENA ROSALES GARCIA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-12.707.381 y V-13.148.810, de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio, CESAR GIMENEZ RUIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°65.951, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante arriba señalado, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno PROPIO, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de los Ciudadanos, OSCAR EZEQUIEL GUERRERO RONDO y ROSA ELENA ROSALES GARCIAS, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
La Juez Temporal


Abg. Belén Beatriz Dan Colmenarez
El Secretario Suplente


Abg. Carlos Espinoza