REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
CIUDAD BOLIVAR, 06 DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS
206º Y 157º

Asunto Nº: FP02-V-2015-000793


Visto el desistimiento del procedimiento hecho en diligencia de fecha 05 de diciembre de 2016 (riela en folio 12), por la ciudadana Blanca Nieves Carreño, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. 10.049.697 y de este domicilio, parte actora en el juicio divorcio incoado en contra de Giovanni José Muñoz Aray, venezolano mayor de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 10.998.346 de este domicilio, el Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, dá por consumado el acto y procede, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a HOMOLOGAR como en efecto lo hace, como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Además, se ordena la devolución de originales previa su certificación en autos. En consecuencia, ordena dar por terminado las presentes actuaciones y su remisión al archivo judicial constante de trece (13) folios útiles.
El Juez,

Abg. Manuel Alfredo Cortes.-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.

MAC/SCH/indira.-
Resolución N° PJ0192016000330.-