REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 13 de diciembre de 2016
204º y 155º

Vista la diligencia de fecha 07 de diciembre de 2016 suscrita por el ciudadano Víctor Manuel Itriago, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-778.333 y de este domicilio, asistido por la profesional del derecho abogada Dina Zamora, inscrita en el instituto de previsión social del bogado según matricula Nº 119.297 y de este domicilio mediante la cual solicita se suspenda la medida de enajenar y gravar dictada en autos, el Tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa que; en virtud de haberse declarado la Perención de la Instancia en fecha 30 de junio de 2014, la cual quedó definitivamente firme, el Tribunal suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 09 de Diciembre de 1987 y ordena oficiar lo conducente al ciudadano Registrador Inmobiliario del Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar a los fines de dejar sin efecto nuestro oficio Nº 0810-1751 de fecha 09/12/1987 para lo cual se ordena anexar copia del referido oficio. Asimismo En consecuencia, da por terminada las presentes actuaciones y remite el expediente a la Oficina de Archivo Judicial del Estado Bolívar, a los fines de su resguardo. Asi se decide. Líbrese oficio.
El Juez Provisorio,

Abg. José Rafael Urbaneja Trujillo.-
El Secretario,

Abg. Prieto Emilio.-
JRUT/SCM/