REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, CINCO (05) DE AGOSTO DE 2016
206º Y 157º

ASUNTO: KP02-A-2016-000021

Vista la presente demanda presentada en fecha de 29 de julio del 2016 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) y recibida en este Tribunal en fecha 01 de agosto de 2016, por el ciudadano TEODULO DE JESUS PIRE PEROZO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°: 7.598.817, domiciliado en el Barrio el Chupulum de la Población de Siquisique, Parroquia Siquisique, Municipio Urdaneta del Estado Lara, asistido por el abogado CARLOS EUGENIO PIRE SALERO inscrito en el inpreabogado bajo el N°: 207.852, en contra del ciudadano SANTIAGO EUGENIO PIRE PEROZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 19.827.304.
Ahora bien, de Conformidad con el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, apercibe al demandante que en un lapso de tres (03) días de despacho siguientes al de hoy, adecue la demanda conforme a los principios y exigencias del procedimiento ordinario agrario, igualmente señale el domicilio exacto del demandado de conformidad con lo establecido en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil.

El Juez,

Abg. Alonso E. Barrios A. La Secretaria,


Abg. Maryelis D. Duran R.


AEBA/MDDR/jjq.-