REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, CUATRO (04) DE AGOSTO DE 2016
206º Y 157º

ASUNTO: KP02-A-2016-000020

Vista la presente demanda de ACCION REINVINDICATORIA Y EL LIBRE DERECHO DE ACCESION, presentada en fecha 21 de julio del 2016 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), por el abogado ENRIQUE RAFAEL FIGUEROA BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 148.805 en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CARMEN ISABEL MARTINEZ DE MARTINEZ, ALEXANDRA ANDREA MARTINEZ MARTINEZ, CHRISTIAN ADRIAN MARTINEZ MARTINEZ, de nacionalidad Uruguaya la primera, Venezolanos los dos últimos, mayores de edad, titular de las cédula de identidad Nros: E-81.279.229, V-15.487.569, V-12.544.403 respectivamente, en contra de las ciudadanas MARIBEL DEL CARMEN RAMOS GARCIA y MAGDIEL COROMOTO PEÑA FERNANDEZ venezolanas, mayores de edad, titular de las cédula de identidad Nros: 7.362.939 y 9.624.266.
Ahora bien, de Conformidad con el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, apercibe al demandante que en un lapso de tres (03) días de despacho siguientes al de hoy, adecue la demanda conforme a los principios y exigencias del procedimiento ordinario agrario, igualmente señale el domicilio exacto de las demandadas de conformidad con lo establecido en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil.

El Juez,
(fdo)
Abg. Alonso E. Barrios A. La Secretaria,
(fdo)
Abg. Maryelis D. Duran R.
AEBA/MDDR/jjq.-