REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Año 206º y 157º
ASUNTO: KP02-L-2015-000398
PARTE DEMANDANTE: XIOMARA FLORES PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.378.866
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: FRANKLIN AMARO, MARIA AMARO y ORANGEL BRICEÑO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 32.784, 143.935 y 138.781
PARTE DEMANDADA: NINOZCA HURTADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.9.543.477
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: CLAUDIA OROPEZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 133.179
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy 08 de agosto de 2016, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar en la presente causa. El Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por la Alguacil del Tribunal, ciudadano KLEINER GUTIERREZ; no compareció la parte demandante ciudadana XIOMARA FLORES PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.378.866 ni por si ni por apoderado judicial alguno, solo hizo acto de presencia la parte demandada la abogada CLAUDIA OROPEZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 133.179 apoderada judicial; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.
Abg. Yesenia Pastora Vásquez Rodríguez
La Juez
El Secretario
El Alguacil
La parte demandada
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